Resoluciones Asamblea General

 
AG/
RES. 1963 (XXXIII-O/03
)

LIMITACIÓN DE GASTOS MILITARES 

(Resolución aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 10 de junio de 2003) 

LA ASAMBLEA GENERAL, 

VISTO el Informe Anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc.4156/03 add. 4), en particular la sección que se refiere a la Comisión de Seguridad Hemisférica; 

TENIENDO PRESENTE: 

Que entre los propósitos esenciales de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) se encuentran los de afianzar la paz y la seguridad del Continente, garantizar la soberanía, independencia e integridad territorial de los Estados, erradicar la pobreza crítica que constituye un obstáculo al pleno desarrollo democrático de los pueblos del Hemisferio y alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los Estados Miembros;   

Que en la Declaración de la ciudad de Quebec, los Jefes de Estado y de Gobierno expresaron lo siguiente: “Haremos esfuerzos para limitar los gastos militares manteniendo una capacidad que corresponda a nuestras legítimas necesidades de seguridad y promoveremos una mayor transparencia en la adquisición de armamento”;  

Que en esta misma Declaración, los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometieron a desarrollar soluciones eficaces, prácticas y solidarias para resolver los problemas que enfrentan nuestras sociedades; y 

Que en la Declaración de Santiago de Chile de los Ministros de Defensa de las Américas se hace referencia a la necesidad de promover y desarrollar la transparencia en las políticas de defensa y seguridad pública, puesto que ellas contribuyen a la estabilidad y la seguridad entre los Estados de la región; 

CONSIDERANDO: 

Que las medidas de fomento de la confianza y la seguridad contribuyen a mejorar la seguridad, salvaguardar la paz y consolidar la democracia en las Américas y a fomentar la transparencia, el dialogo y la confianza en el Hemisferio;  

Que el estudio “Metodología Estandarizada Común para la medición de los gastos de defensa”, elaborado por la CEPAL a petición de los Gobiernos de Argentina y Chile, constituye un avance en el área de medidas de fomento de la confianza y la seguridad; y 

Que el Informe Estandarizado sobre Gastos Militares de las Naciones Unidas es una contribución a la transparencia y el fomento de la confianza;  

ENCOMIANDO las contribuciones hacia el desarme, la limitación y el control de armas en el ámbito regional realizadas por los Estados del Hemisferio, especialmente en la Declaración de Ayacucho de 1974, los Acuerdos de Esquipulas de 1987, el Tratado Marco de Seguridad Democrática de Centroamérica de 1995, los Tratados de Reducción de Armas Estratégicas  (START I y II), el Compromiso de Mendoza de septiembre de 1991, el Acuerdo cuadrilateral de salvaguardias firmado entre Brasil, Argentina, la OIEA y la ABACC de diciembre de 1991, las Declaraciones de Guadalajara  de  1991 y de Lima de 2001 de las Cumbres Iberoamericanas, la Declaración Política de MERCOSUR, Bolivia y Chile de la Zona de Paz (Declaración de Ushuaia) de 1999, el estudio Metodología Estandarizada Común para la medición de los gastos de defensa elaborado por la CEPAL a petición de los gobiernos de Argentina y Chile, el Compromiso de Lima: Carta Andina para la Paz y la Seguridad, Limitación y Control de los gastos destinados a la defensa externa de 2002, y el “Consenso de Miami - Declaración de los Expertos sobre Medidas de Fomento de la Confianza y la Seguridad: Recomendaciones para la Conferencia Especial sobre Seguridad dispuesta por la Cumbre”, de 2003, que constituyen ejemplares iniciativas de liderazgo histórico; y 

RECORDANDO sus resoluciones AG/RES. 1887 (XXXII-O/02), “Limitación de Gastos Militares” y AG/RES. 1694 (XXIX-O/99), “Dividendos para la Paz”, 

RESUELVE: 

1.          Promover en el Hemisferio un ambiente propicio para el control de armamentos, la limitación de armas convencionales y la no proliferación de armas de destrucción masiva, que permita dedicar un mayor número de recursos al desarrollo económico y social de los Estados Miembros, lo cual es un propósito esencial de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, teniendo en cuenta el cumplimiento de los compromisos internacionales, así como las legítimas necesidades de seguridad y defensa de los Estados Miembros. 

2.          Instar a los  Estados Miembros a que continúen implementando medidas de fomento de la confianza y  la seguridad que contribuyan a la transparencia con la finalidad de alcanzar los objetivos indicados en el párrafo anterior, las cuales representan un avance  concreto para el fortalecimiento de la paz y la seguridad en el Hemisferio. 

3.          Encomendar al Consejo Permanente que, en el marco de los trabajos de la Comisión de Seguridad Hemisférica y en cumplimiento del mandato contenido en la Declaración de la ciudad de Quebec, continúe considerando el tema de la limitación de los gastos militares y la promoción de mayor transparencia en la adquisición de armamentos, teniendo presentes, entre otros elementos, las legítimas necesidades de seguridad de los Estados y la consideración del tema desde las perspectivas unilateral, bilateral, subregional y hemisférica, y organice una reunión de la Comisión con la participación de expertos en el tema y representantes de organismos subregionales e internacionales relacionados. 

4.          Encomendar al Consejo Permanente que considere incluir en el proyecto de declaración política de la Conferencia Especial sobre Seguridad el tema de la limitación de los gastos militares y la mayor transparencia en la adquisición de armamento, teniendo en cuenta los avances registrados en el ámbito unilateral, bilateral, subregional y hemisférico. 

5.          Encomendar al Consejo Permanente que en el trabajo preparatorio de la Conferencia Especial sobre Seguridad continúe desarrollando los enfoques comunes más apropiados que permitan abordar los temas a que se refiere esta resolución. 

6.          Solicitar a los Estados Miembros que proporcionen al Consejo Permanente sus comentarios sobre el tema “Dividendos para la paz”, de conformidad con la resolución AG/RES. 1694 (XXIX-O/99). 

7.          Encargar a la Secretaria General que, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos, apoye las actividades del Consejo Permanente que puedan requerirse para el cumplimiento de la presente resolución. 

8.          Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General en su trigésimo cuarto período ordinario de sesiones sobre la implementación de la presente resolución.