Resoluciones Asamblea General

 
AG/
RES. 1940 (XXXIII-O/03)

CONFERENCIA ESPECIAL SOBRE SEGURIDAD 

(Resolución aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 10 de junio de 2003) 

LA ASAMBLEA GENERAL, 

VISTO el Informe Anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc.4156/03 add. 4), en particular la sección que se refiere a la Comisión de Seguridad Hemisférica, y en especial lo relativo a los trabajos preparatorios para la Conferencia Especial sobre Seguridad; 

RECORDANDO: 

Que los Jefes de Estado y de Gobierno, reunidos en la Segunda Cumbre de las Américas, celebrada en Santiago de Chile en 1998, encomendaron a la Comisión de Seguridad Hemisférica realizar, entre otros, un análisis sobre el significado, alcance y proyección de los conceptos de seguridad internacional en el Hemisferio, con el propósito de desarrollar los enfoques comunes más apropiados que permitan abordar sus diversos aspectos, incluidos el desarme y el control de armamentos e “identificar las formas de revitalizar y fortalecer las instituciones del sistema interamericano relacionadas con los distintos aspectos de la seguridad hemisférica”, con miras a celebrar una Conferencia Especial sobre Seguridad en el marco de la OEA;  

Que en la Tercera Cumbre de las Américas, celebrada en la ciudad de Quebec en abril de 2001, los Jefes de Estado y de Gobierno decidieron celebrar dicha Conferencia Especial sobre Seguridad en el año 2004, para lo cual la Comisión de Seguridad Hemisférica de la OEA deberá concluir la revisión de todos los temas que se refieren a los enfoques sobre la seguridad internacional en el Hemisferio, tal como fue establecido en la Cumbre de Santiago; 

Que la Vigésima Tercera Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores,  a través de la resolución RC.23/RES. 1/01 rev. 1 corr. 1, “Fortalecimiento de la cooperación hemisférica para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo”, encomendó a la Comisión de Seguridad Hemisférica que acelere sus labores con miras a la Conferencia Especial sobre Seguridad”; y 

Las resoluciones AG/RES. 1643 (XXIX-O/99), “Programa de trabajo de la Comisión de Seguridad Hemisférica con miras a la preparación de la Conferencia Especial sobre Seguridad”, y AG/RES. 1795 (XXXI-O/01), “Preparativos para la Conferencia Especial sobre Seguridad dispuesta por la Cumbre”, y en especial, la resolución AG/RES. 1908 (XXXII-O/02), “Conferencia Especial sobre Seguridad” mediante la cual la Asamblea General convocó dicha Conferencia en México en la primera quincena del mes de mayo de 2003; 

RECORDANDO TAMBIÉN los mandatos relativos a la Conferencia Especial sobre Seguridad contenidos en la declaración AG/DEC. 27 (XXXII-O/02), “Declaración de Bridgetown: Enfoque multidimensional de la seguridad hemisférica”; y en las resoluciones AG/RES. 1848 (XXXII-O/02), “El proceso de reestructuración y modernización de la OEA”; AG/RES. 1874 (XXXII-O/02), “Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados”; AG/RES. 1877 (XXXII-O/02), “Apoyo al Trabajo del Comité Interamericano Contra el Terrorismo”; AG/RES. 1879 (XXXII-O/02), “Fomento de la Confianza y la Seguridad en las Américas”; AG/RES. 1880 (XXXII-O/02), “Reunión de Expertos sobre Medidas de Fomento de la Confianza  y la Seguridad en la Región, dispuesta por la Cumbre”; AG/RES. 1882 (XXXII-O/02), “Informe Anual de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas y Mecanismo de Evaluación Multilateral”; AG/RES. 1885 (XXXII-O/02), “Reducción de los Desastres Naturales”; AG/RES. 1886 (XXXII-O/02), “Preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares”; AG/RES. 1887 (XXXII-O/02), “Limitación de los Gastos Militares”; AG/RES. 1889 (XXXII-O/02), “El Hemisferio Occidental: Zona libre de minas terrestres antipersonal”; y AG/RES. 1903 (XXXII-O/02), “Consolidación del Régimen establecido en el Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco)”;  

RECONOCIENDO los logros realizados en cuanto a la preparación de la Conferencia Especial, en particular la adopción del Temario y el Reglamento por el Consejo Permanente (CP/SA.1362/03), y los avances en la elaboración del proyecto de declaración política de la Conferencia por la Comisión de Seguridad Hemisférica en su calidad de órgano preparatorio de esta Conferencia; 

AGRADECIENDO: 

Las recomendaciones a la Conferencia Especial sobre Seguridad, formuladas en cumplimiento de las resoluciones antes mencionadas por la Segunda Reunión de Alto Nivel sobre Preocupaciones Especiales de Seguridad de los Pequeños Estados Insulares (Kingstown, enero de 2003), la Reunión de Expertos en Medidas de Fomento de la Confianza y la Seguridad (Miami, febrero de 2003) y por diferentes entidades de la organización, incluyendo el Comité Interamericano contra el Terrorismo, el Comité Interamericano para la Reducción de los Desastres Naturales, la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas y el Comité Consultivo de CIFTA; así como las contribuciones formuladas por los Estados Miembros en aspectos bilaterales y subregionales, las cuales fueron presentadas a la Comisión de Seguridad Hemisférica en su calidad de órgano preparatorio de la Conferencia; y 

Las contribuciones de organismos internacionales, organizaciones no gubernamentales, académicos y expertos independientes a la Conferencia presentadas a la Comisión de Seguridad Hemisférica en su calidad de órgano preparatorio de la Conferencia; 

TOMANDO NOTA de los documentos aprobados en el marco de la  Quinta Conferencia de Ministros de Defensa de las Américas, así como del informe sobre los resultados de dicha Conferencia presentado por la Ministra de Defensa Nacional de Chile a la Comisión de Seguridad Hemisférica como contribución a los trabajos preparatorios de la Conferencia Especial sobre Seguridad; y 

TENIENDO PRESENTE la resolución del Consejo Permanente de la Organización CP/RES. 843 (1365/03) “Ampliación del plazo para la celebración de la Conferencia Especial sobre Seguridad”, la cual recomienda a la Asamblea que la Conferencia Especial sobre Seguridad se celebre en México en el último trimestre de 2003, teniendo en cuenta la fecha en que se celebrará la Cumbre Extraordinaria de las Américas, 

RESUELVE: 

1.                     Que la Conferencia Especial sobre Seguridad se celebre en la Ciudad de México, México, el 27 y 28 de octubre de 2003.  

2.                     Solicitar al Consejo Permanente que, a través de la Comisión de Seguridad Hemisférica, en su calidad de órgano preparatorio de la Conferencia Especial sobre Seguridad: 

a)                continúe y finalice las labores pendientes de preparación de la Conferencia, especialmente la negociación de los documentos finales de la misma; 

b)                finalice el estudio sobre los problemas y riesgos para la paz y la seguridad en el Hemisferio y sobre la prevención y solución de conflictos en el Hemisferio a que se refiere el párrafo dispositivo 8, inciso (a) de la resolución AG/RES. 1908 (XXXII-O/02); y 

c)        finalice el estudio y recomendaciones sobre la modernización y los cambios que se necesitan para proporcionar a la Organización de los Estados Americanos la pericia técnica, consultiva y educativa en materia de defensa y seguridad para prestar apoyo al examen continuo de las instituciones del sistema interamericano relacionadas con la seguridad hemisférica a que se refiere el párrafo dispositivo 9 de la resolución AG/RES. 1908 (XXXII-O/02). 

3.                     Encomendar al Consejo Permanente que desarrolle las actividades mencionadas en la presente resolución de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos. 

4.          Instruir a la Secretaría General que continúe aportando los recursos técnicos y de secretaría necesarios para la preparación y celebración de la Conferencia, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos. 

5.          Solicitar a la Conferencia Especial sobre Seguridad que, por conducto del Consejo Permanente, informe a la Asamblea General en su trigésimo cuarto período ordinario de sesiones sobre la realización de la propia Conferencia y sus conclusiones y recomendaciones. 

6.          Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General en su trigésimo cuarto período ordinario de sesiones sobre el cumplimiento de esta resolución, y que presente las recomendaciones que estime del caso.