AG/RES. 1927 (XXXIII-O/03)(Resolución aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 10 de junio de 2003)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTOS el Informe Anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc.4156/03 add. 3) y la resolución AG/RES. 1897 (XXXII-O/02);
TENIENDO EN CUENTA:
Que en el ámbito de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos se han continuado las consultas a los Estados Miembros sobre este tema, y que varios de ellos han respondido al cuestionario elaborado a tal efecto (CP/CAJP-1853/01 rev. 1);
La presentación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos en seguimiento de la resolución AG/RES. 1897 (XXXII-O/02), realizada el día 12 de diciembre de 2002 (CP/CAJP-2007/02); y
Que en la Cuarta Reunión de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de las Américas se escucharon propuestas para elaborar un documento que resguarde los derechos fundamentales de las personas detenidas (REMJA-IV/doc.24/02 rev. 2),
RESUELVE:
1. Encomendar al Consejo Permanente que continúe estudiando el tema relativo a los derechos y la atención de las personas sometidas a cualquier forma de detención y reclusión, en colaboración con los órganos y entidades competentes del sistema interamericano y teniendo en cuenta las conclusiones y recomendaciones de la reunión de autoridades responsables de las políticas penitenciarias y carcelarias según las recomendaciones y conclusiones de la IV Reunión de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de las Américas.
2. Instar a los Estados Miembros que aún no lo han hecho a que den respuesta a la brevedad al cuestionario: “Estudio sobre los derechos y la atención de las personas sometidas a cualquier forma de detención y reclusión” (CP/CAJP-1853/01 rev. 1).
3. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que informe sobre la situación en la que se encuentran las personas sometidas a cualquier forma de detención y reclusión en el Hemisferio, tomando como base los trabajos que realiza sobre el tema.
4. Reiterar al Consejo Permanente que sobre la base de los resultados de los debates y estudios efectuados, considere la conveniencia de elaborar oportunamente una declaración interamericana sobre los derechos y la atención de las personas sometidas a cualquier forma de detención y reclusión.
5. Solicitar al Consejo Permanente que informe sobre el cumplimiento de la presente resolución al trigésimo cuarto período ordinario de sesiones de la Asamblea General.