AG/RES. 1920 (XXXIII-O/03)(Resolución aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 10 de junio de 2003)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTOS el Informe Anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc.4156/03 add. 3) en lo que se refiere a este tema y la resolución AG/RES. 1842 (XXXII-O/02), “Defensores de Derechos Humanos en las Américas”;
PREOCUPADA porque en las Américas persisten situaciones que, directa o indirectamente, impiden o dificultan las tareas de las personas, grupos u organizaciones que trabajan en la protección y promoción de los derechos fundamentales;
CONSIDERANDO que los Estados Miembros apoyan la labor desarrollada por los Defensores de los Derechos Humanos y reconocen la valiosa contribución de los mismos en la promoción, respeto y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales en las Américas, así como en la representación y defensa de individuos, minorías y otros grupos de personas cuyos derechos se ven amenazados o violados; y
TENIENDO EN CUENTA los trabajos realizados por la Unidad sobre Defensores de Derechos Humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y las respuestas presentadas por los Estados Miembros al cuestionario elaborado por la citada Unidad tendiente a la preparación de un informe integral sobre la materia,
RESUELVE:
1. Reiterar su respaldo a la tarea que desarrollan, en el plano nacional y regional, los defensores de los derechos humanos y reconocer su valiosa contribución en la promoción, respeto y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales en el Hemisferio.
2. Condenar los actos que directa o indirectamente impiden o dificultan las tareas que desarrollan los defensores de derechos humanos en las Américas.
3. Exhortar a los Estados Miembros a que continúen intensificando los esfuerzos para adoptar las medidas necesarias para garantizar la vida, la libertad y la integridad personal de los defensores de derechos humanos, y a que en todos los casos de violaciones contra los defensores de derechos humanos se realicen investigaciones completas e imparciales garantizando la transparencia y la publicidad de sus resultados finales.
4. Invitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a que concluya su informe integral sobre la situación de los Defensores de los Derechos Humanos en las Américas en cumplimiento de la resolución AG/RES. 1842 (XXXII-O/02) para su presentación al Consejo Permanente y su consideración, de ser posible, en el 2003.
5. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que siga prestando la adecuada atención a esta materia por medio de la instancia que considere pertinente, y continúe intensificando el diálogo y cooperación con la Representante Especial del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas sobre Defensores de Derechos Humanos, e informe al Consejo Permanente en su oportunidad.
6. Invitar a los Estados Miembros a que promuevan la difusión y aplicación de los instrumentos del sistema interamericano y las decisiones de sus órganos en esta materia, así como de la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos.
7. Exhortar a los Estados Miembros que aún no lo han hecho a que respondan al cuestionario elaborado por la Unidad sobre Defensores de Derechos Humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.