Resoluciones Asamblea General

 
AG/
RES. 1919 (XXXIII-O/03)

DECLARACIÓN AMERICANA SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS 

(Resolución aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 10 de junio de 2003) 

LA ASAMBLEA GENERAL,  

RECORDANDO sus resoluciones AG/RES. 1022 (XIX-O/89), AG/RES. 1479 (XXVII-O/97), AG/RES. 1549 (XXIX-O/99), AG/RES. 1708 (XXX-O/00); AG/RES. 1780 (XXXI-O/01) y AG/RES. 1851 (XXXII-O/02); 

TENIENDO PRESENTE los compromisos asumidos por los Jefes de Estado y de Gobierno en la Declaración y el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas celebrada en la ciudad de Quebec, que apoyaron una pronta y exitosa conclusión de las negociaciones del Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; 

RECONOCIENDO los importantes aportes del Fondo Específico para Apoyar la Elaboración de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, así como la eficiente labor de los miembros de la Junta de Selección en el proceso de selección de los representantes de los pueblos indígenas que fueron financiados por este Fondo Específico; y 

TENIENDO EN CUENTA el Informe del Presidente del Grupo de Trabajo en relación con las actividades del Grupo  durante el último año, en el cual se señalan los importantes avances registrados en el análisis del Proyecto de Declaración, con amplia participación de representantes de los pueblos indígenas, durante las sesiones del Grupo de Trabajo Encargado de Elaborar el Proyecto de Declaración, y en particular, durante su última Sesión Especial celebrada del 24 al 27 de febrero de 2003, en la sede de la Organización de los Estados Americanos en cumplimiento de la resolución AG/RES. 1851 (XXXII-O/02), 

RESUELVE: 

1.                     Reafirmar como prioridad de la Organización de los Estados Americanos la adopción de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, subrayando la importancia de la participación de los pueblos indígenas en el proceso de elaboración del Proyecto de Declaración. 

2.                     Encomiar el progreso alcanzado por el Grupo de Trabajo, en particular durante su Sesión Especial de febrero de 2003, en la cual se completó la etapa de análisis del Proyecto de Declaración presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 

3.          Renovar el mandato del Grupo de Trabajo con el objeto de iniciar la etapa final de negociaciones del Proyecto de Declaración a partir del texto consolidado del Proyecto de Declaración preparado por la Presidencia del Grupo de Trabajo, y considerando el Proyecto de Declaración presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos así como las propuestas de los Estados Miembros, los representantes de los pueblos indígenas, organismos especializados y otras entidades. 

4.          Solicitar al Consejo Permanente que: 

a.                 instruya al Grupo de Trabajo para que inicie la etapa final de negociaciones en una primera ronda en octubre de 2003 y establezca las fechas y modalidades para las otras sesiones, según sea necesario, para el cumplimiento de este objetivo; 

b.                instruya al Grupo de Trabajo para que tome las medidas convenientes para asegurar la continuidad en la transparencia y la participación efectiva de  representantes de los pueblos indígenas, durante las negociaciones que se realizarán exclusivamente entre los Estados Miembros; 

c.                convoque, por lo menos, a una Sesión Especial del Grupo de Trabajo antes del 28 de febrero de 2004, con una amplia participación de representantes de los pueblos indígenas, con vistas a revisar el avance del proceso y evaluar el nivel de consenso sobre el Proyecto de Declaración; 

d.                decida, cuando corresponda, los pasos a seguir para la adopción de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en caso que se avance de manera sustantiva en la etapa de negociaciones.  

5.          Agradecer a los Estados Miembros, Observadores Permanentes e instituciones por las valiosas contribuciones al Fondo Específico e invitar a todos los Estados e instituciones a que sigan apoyando con sus aportes los objetivos del Fondo. 

6.          Invitar a los gobiernos de los Estados Miembros a llevar a cabo consultas nacionales con los pueblos indígenas respectivos, en relación con el Proyecto de Declaración, y fomentar el intercambio de información entre los países sobre dichas consultas. 

7.          Solicitar al Secretario General que refuerce la coordinación, difusión y promoción entre los distintos órganos y dependencias pertinentes de la Organización de las actividades relacionadas con la temática indígena y que promueva el intercambio de información y coordinación con las organizaciones multilaterales, bancos de desarrollo y agencias especializadas multilaterales del Hemisferio sobre estas actividades. 

8.          Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a su Relatoría Especial sobre Pueblos Indígenas que sigan prestando su valioso apoyo al proceso de elaboración de la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y agradecerles su  permanente contribución al mismo. Asimismo, agradecer la labor del Asesor Especial del Secretario General sobre Pueblos Indígenas. 

9.          Invitar a las organizaciones multilaterales, bancos de desarrollo y agencias especializadas multilaterales del Hemisferio a contribuir en la esfera de sus competencias al establecimiento de un proceso de diálogo y consulta con los pueblos indígenas y a facilitar el intercambio de información y coordinación con otras entidades del sistema interamericano sobre actividades relacionadas con los pueblos indígenas. 

10.         Solicitar al Consejo Permanente hacer seguimiento a esta resolución, la cual será ejecutada de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos, y que presente un informe sobre su cumplimiento a la Asamblea General en su trigésimo cuarto período ordinario de sesiones.