Resoluciones Asamblea General

 

AG/RES. 1876 (XXXII-O/02)

APOYO INTERAMERICANO AL TRATADO DE PROHIBICIÓN OMPLETA DE LOS ENSAYOS NUCLEARES [1] 

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria celebrada el 4 de junio de 2002) 

            LA ASAMBLEA GENERAL, 

            VISTO el informe anual del Consejo Permanente (AG/doc.4059/02), en particular la sección que se refiere a la Comisión de Seguridad Hemisférica; 

            RECORDANDO las resoluciones AG/RES. 1747 (XXX-O/00) y AG/RES. 1791 (XXXI-O/01) “Apoyo interamericano al Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares”; 

            RECONOCIENDO que el establecimiento de zonas libres de armas nucleares constituye un mecanismo efectivo y concreto que contribuye a garantizar el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional; 

            TENIENDO PRESENTE que, hasta la fecha, el Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco) está ahora en vigor para 32 Estados Miembros de la OEA; 

            TENIENDO EN CUENTA que el párrafo resolutivo 4 de la resolución AG/RES. 1798 (XXXI-O/01) reafirma el compromiso de continuar promoviendo la búsqueda de un régimen universal, genuino y no discriminatorio de no proliferación en todos sus aspectos;  

REAFIRMANDO: 

            La necesidad de alcanzar la universalidad del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (CTBT), negociado en el marco de las Naciones Unidas; y

            La importancia que tiene el CTBT para contribuir al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales; 

            TOMANDO NOTA de que, hasta la fecha, el CTBT ha sido firmado por 27 Estados Miembros de la OEA y ratificado por 18 de ellos, y, en particular, que 6 de los 8 Estados de la región cuya ratificación es necesaria para la entrada en vigor del Tratado ya lo han hecho;  

            RECORDANDO la Declaración Final de la Conferencia sobre Medidas para Facilitar la Entrada en Vigor del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares, celebrada en Nueva York del 11 al 13 de noviembre de 2001, donde participaron 109 Estados, que han depositado o no sus instrumentos de ratificación al CTBT, 

RESUELVE:

            1.         Instar a los Estados de la región que aún no lo hayan hecho, en especial a aquellos Estados incluidos en el Anexo 2 del Tratado, a que firmen o ratifiquen, según el caso, el Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares a fin de permitir su entrada en vigor en el plazo más breve.

2.         Encomienda al Consejo Permanente que, por medio de su Comisión de Seguridad Hemisférica, celebre una sesión especial sobre la prohibición completa de los ensayos nucleares en el mundo, con el apoyo del OPANAL y la participación de las  Naciones Unidas, la Secretaría Técnica Provisional de la Comisión Preparatoria de la Organización del CTBT y otras instituciones internacionales competentes en la materia. 

3.         Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General en su trigésimo tercer periodo ordinario de sesiones sobre la implementación de la presente resolución. 

            4.         Solicitar al Secretario General que transmita la presente resolución al Secretario General de las Naciones Unidas, así como al Secretario Ejecutivo de la Secretaría Técnica Provisional de la Comisión Preparatoria de la Organización del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares.


                [1].             La Delegación de los Estados Unidos declaró que no apoya este proyecto de resolución.