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AG/RES. 1861 (XXXII-O/02)

COMERCIO E INTEGRACIÓN EN LAS AMÉRICAS 

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria celebrada el 4 de junio de 2002) 

            LA ASAMBLEA GENERAL, 

VISTO el informe del Consejo Permanente y la CEPCIDI sobre la aplicación de la resolución AG/RES. 1813 (XXXI-O/01); 

RECORDANDO las resoluciones AG/RES.1813 (XXXI‑O/01), AG/RES. 1720 (XXX-O/00), AG/RES. 1689 (XXIX-O/99), AG/RES. 1581 (XXVIII-O/98), AG/RES. 1516 (XXVII-O/97), AG/RES. 1430 (XXVI-O/96), CIDI/RES. 9 (I-E/01), CIDI/RES. 99 (V-O/00), CIDI/RES. 63 (IV-O/99), y CIDI/RES. 46 (III-O/98), tituladas “Comercio e integración en las Américas”; AG/RES. 1534 (XXVIII-O/98), “Apoyo y seguimiento a las iniciativas de las Cumbres de las Américas”; AG/RES. 1438 (XXVI-O/96), “Relación entre la Comisión Especial de Comercio y el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral”; AG/RES. 1349 (XXV-O/95), “Gestión de Cumbres Interamericanas”; y AG/RES. 1220 (XXIII-O/93), “Establecimiento de la Comisión Especial de Comercio (CEC)”, en las cuales los Estados Miembros señalaron que la Organización de los Estados Americanos (OEA) es un foro hemisférico apropiado para el diálogo sobre asuntos referentes al comercio exterior; 

TENIENDO EN CUENTA: 

La Declaración de Santiago de la Segunda Cumbre de las Américas, en la cual los Jefes de Estado y de Gobierno de los países del Hemisferio encomendaron a sus ministros responsables del comercio exterior que comenzaran negociaciones referentes al Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) y reafirmaron su determinación de culminar la negociación del ALCA a más tardar en el 2005, y de alcanzar progresos concretos antes de finalizar el siglo XX, y en la que expresaron su agradecimiento al Comité Tripartito por su importante aporte;  

La Declaración de la ciudad de Quebec de la Tercera Cumbre de las Américas, en la cual los Jefes de Estado y de Gobierno de los países del Hemisferio instruyeron a los ministros responsables del comercio exterior que “aseguren que las negociaciones del Acuerdo ALCA concluyan, a más tardar, en enero de 2005, para tratar de lograr su entrada en vigencia lo antes posible, y no más allá de diciembre de 2005”;

El Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas, en el cual los Jefes de Estado y de Gobierno de los países del Hemisferio afirmaron la necesidad de “asegurar[án] la plena participación de todos sus países en el ALCA, teniendo en consideración las diferencias en los niveles de desarrollo y el tamaño de las economías del Hemisferio, con el fin de crear oportunidades para la plena participación de las pequeñas economías e incrementar sus niveles de desarrollo”; 

El Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas, en el cual los Jefes de Estado y de Gobierno de los países del Hemisferio instaron “a las instituciones del Comité Tripartito a continuar respondiendo positivamente a las solicitudes de asistencia técnica de las entidades del ALCA”, y solicitaron “a las instituciones, de acuerdo con sus respectivos procedimientos internos, que consideren favorablemente las solicitudes de asistencia técnica relacionadas con asuntos del ALCA de los países miembros, en particular de las pequeñas economías para facilitar su integración en el proceso del ALCA”; 

El Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas, en el cual los Jefes de Estado y de Gobierno de los países del Hemisferio instruyeron “a sus representantes en las instituciones del Comité Tripartito que continúen procurando obtener la asignación de los recursos necesarios para contribuir al apoyo de la labor de la Secretaría Administrativa del ALCA”; 

TOMANDO NOTA DE: 

La Declaración Ministerial de San José, adoptada por los Ministros de Comercio en su Cuarta Reunión Ministerial, celebrada en San José de Costa Rica en marzo de 1998, en la que recomendaron a sus Jefes de Estado y de Gobierno la puesta en marcha de la negociación del ALCA conforme a los objetivos, principios, estructura, sede y otras decisiones estipuladas en su declaración, y reconocieron y expresaron nuevamente su agradecimiento al Comité Tripartito por el respaldo técnico y logístico brindado durante la etapa preparatoria de las negociaciones del ALCA y solicitaron que las instituciones respectivas del Comité Tripartito continuaran proporcionando los recursos apropiados existentes a fin de atender positivamente las solicitudes de respaldo técnico de las entidades del ALCA, inclusive mediante la reasignación de fondos para esos efectos, si fuere necesario; 

La Declaración Ministerial de Toronto, adoptada por los Ministros de Comercio en su Quinta Reunión Ministerial, celebrada en Toronto, Canadá, en noviembre de 1999, en la que los Ministros expresaron que “reconocemos y apreciamos el apoyo analítico, técnico y financiero que continúa siendo ofrecido por las instituciones que comprenden el Comité Tripartito… Este apoyo ha sido esencial para la conducción de las negociaciones hasta la fecha y pedimos a las instituciones del Comité Tripartito que continúen ofreciendo tal asistencia para asuntos relacionados con el ALCA”; 

La Declaración Ministerial de Buenos Aires, adoptada por los Ministros de Comercio en su Sexta Reunión Ministerial, celebrada en Buenos Aires, Argentina, en abril de 2001, en la que los Ministros expresaron que “apreciamos el aporte analítico, técnico y financiero provisto por el Comité Tripartito a las distintas entidades del ALCA. Reconocemos que este apoyo ha sido importante para el avance de las negociaciones hasta la fecha e instamos a estas instituciones a continuar colaborando con el proceso de integración hemisférica”;

CONSIDERANDO: 

Que la diversificación y la integración económicas, la liberalización del comercio y el acceso a los mercados constituyen una de las prioridades establecidas en el Plan Estratégico de Cooperación Solidaria 2002-2005 y que el proceso de creación del ALCA es un elemento fundamental en ese contexto; y  

Que en Doha, en Noviembre de 2001, los países miembro de la OMC aprobaron la Agenda de Desarrollo de Doha que lanzó una nueva ronda de negociaciones comerciales multilaterales con la meta de concluir negociaciones no más allá del 1 de Enero de 2005, la misma fecha meta fijada para concluir las negociaciones del ALCA; 

Que en Doha los países miembros de la OMC reconocieron que la cooperación técnica y la construcción de capacidades relacionadas con el comercio son elementos centrales de la dimensión de desarrollo del sistema multilateral de comercio;  

            Que en la Declaración Ministerial de Doha los Ministros apoyaron la “Nueva Estrategia para la Cooperación Técnica de la OMC: Cooperación Técnica para la Construcción de Capacidades, el Crecimiento y la Integración” (WT/COMTD/W/90, 21 de Setiembre, 2001), y que la OEA es expresamente mencionada como un socio de la OMC en la estrategia para América Latina y el Caribe como sigue: “Prestar asistencia a los países en sus procesos de integración económica. Esto incluye los preparativos y  negociaciones sobre una zona de libre comercio de las Américas, para demostrar a los funcionarios que intervienen en las negociaciones de integración regional la importancia y magnitud de los compromisos multilaterales de sus países y la necesidad de conseguir la coherencia con la OMC en los acuerdos regionales. El principal asociado con la OMC en esta esfera sería la OEA”; 

            Que como parte de los principios de la Declaración Ministerial de San José, los Ministros incluyeron que "el ALCA será consistente con las reglas y disciplinas de la OMC" y reiteraron el compromiso de los países participantes con las reglas y disciplinas multilaterales, en particular con el artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994 y su Entendimiento en la Ronda Uruguay y el Artículo V del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS); y 

REAFIRMANDO el compromiso de la Organización de los Estados Americanos de respaldar el proceso de libre comercio e integración económica en el Hemisferio y reiterando la importancia del aporte de la Secretaría General y, en especial, de la Unidad de Comercio para este proceso,  

RESUELVE:

            1.                   Tomar nota del informe presentado por el Consejo Permanente y la CEPCIDI sobre el cumplimiento de la resolución AG/RES. 1813 (XXXI-0/01), “Comercio e integración en las Américas”. 

2.                   Encomendar a la Secretaría General que: 

a)                   Continúe proporcionando apoyo analítico y asistencia técnica a través de la Unidad de Comercio, y que continúe realizando estudios conexos en el marco del Comité Tripartito, o según lo solicitado por las respectivas entidades establecidas en las Declaraciones Ministeriales de San José, Toronto, y Buenos Aires en el proceso del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA).  

b)                   Continúe proporcionando asistencia técnica a los Estados Miembros, especialmente a las economías más pequeñas, que la soliciten, vinculada con cuestiones referentes al ALCA según lo solicitado por los Ministros de Comercio en la Declaración Ministerial de San José y reiterado en las reuniones ministeriales de Toronto y de Buenos Aires, así como lo solicitado en el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas. 

c)                   Continúe proporcionando asistencia técnica en coordinación con la OMC para apoyar los esfuerzos nacionales de los estados miembro de integrar el comercio en los planes de desarrollo y estrategias de reducción de la pobreza según se contempla  en la “Nueva Estrategia para la Cooperación Técnica de la OMC: Cooperación Técnica para la Creación de Capacidades, el Crecimiento y la Integración“ respaldada por los Ministros de Comercio en Doha. 

d)                   Asista en el desarrollo y fortalecimiento de programas para la creación de capacidades en materia de comercio en los estados pequeños y menos desarrollados de la región, de tal manera que puedan participar efectivamente en las negociaciones comerciales, implementar sus compromisos comerciales, y lograr beneficios en términos de crecimiento económico y reducción de la pobreza. 

e)                   Ponga a consideración y aprobación de la CEPCIDI, a más tardar el 15 de noviembre de 2002, el Plan de Trabajo Anual de 2003 de actividades de la Unidad de Comercio.  

f)                     Continúe suministrando al Consejo Permanente y a la CEPCIDI, para su revisión, informes semestrales por escrito sobre el avance de las actividades de la Unidad de Comercio, inclusive información sobre el nivel de ejecución de su presupuesto.  

g)                   Continúe su labor, a través de la Unidad de Comercio y su Sistema de Información sobre Comercio Exterior (SICE), de proporcionar información sobre comercio y asuntos conexos al Hemisferio por medio de su página en Internet; que prosiga con su labor de apoyo al proceso del ALCA manteniendo, como miembro del Comité Tripartito, el sitio oficial del ALCA; que mantenga, como miembro del Comité Tripartito, en forma permanente, un calendario de los plazos establecidos por los Grupos de Negociación para la presentación de observaciones por parte de las delegaciones; y que administre, como miembro del Comité Tripartito, el Servicio de Distribución de Documentos (SDD), como un sistema de distribución seguro, confidencial, instantáneo y fiable de los documentos del proceso de negociaciones del ALCA. 

3.                   Reiterar su apoyo a las actividades de colaboración sobre comercio e integración de la Unidad de Comercio con el Comité Tripartito y a las actividades de cooperación con otras organizaciones e instituciones especializadas de carácter regional, subregional y multilateral. 

4.                   Encomendar al Consejo Permanente que siga proporcionando los recursos apropiados necesarios para atender positivamente las solicitudes de asistencia técnica de entidades del ALCA, incluso con la reasignación de fondos para esos efectos, si fuere necesario.  

5.                   Tomar nota de los importantes logros del Sistema de Información al Comercio Exterior y, en particular, las medidas adoptadas para ampliar su información sobre comercio y asuntos conexos e incrementar el número de suscriptores, y respaldar la continuidad de sus operaciones. 

6.                   Disponer que los mandatos contenidos en los párrafos precedentes se ejecuten de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos. 

7.                   Solicitar al Consejo Permanente y a la CEPCIDI que informen a la Asamblea General, en su trigésimo tercer período ordinario de sesiones, sobre la ejecución de la presente resolución.

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