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OEA/Ser.P
AG/RES. 1824 (XXXI-O/01)
5 junio 2001
Original: españolRESOLUCIÓN
APOYO Y SEGUIMIENTO DEL PROCESO DE CUMBRES DE LAS AMÉRICAS
(Aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2001)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTO el informe anual del Consejo Permanente sobre el informe de la Comisión Especial sobre Gestión de Cumbres Interamericanas 2000-2001 (CP/doc.3485/01), presentado en cumplimiento de la resolución AG/RES. 1752 (XXX-O/00), "Apoyo y seguimiento del proceso de Cumbres de las Américas";
TENIENDO EN CUENTA las iniciativas de las Cumbres emanadas de la Primera Cumbre de las Américas (Miami, 1994), la Cumbre de las Américas sobre Desarrollo Sostenible (Santa Cruz de la Sierra, 1996), la Segunda Cumbre de las Américas (Santiago, 1998) y la Tercera Cumbre de las Américas (Quebec, 2001);
RECORDANDO que, mediante la resolución AG/RES. 1349 (XXV-O/95), la Asamblea General estableció una Comisión Especial del Consejo Permanente sobre Gestión de Cumbres Interamericanas, abierta a la participación de todos los Estados Miembros, con el fin de asegurar un seguimiento eficaz, oportuno y apropiado de las actividades encomendadas a la Organización por la Cumbre de las Américas y coordinar la preparación, participación y seguimiento por parte de la OEA en futuras Cumbres, y que en resoluciones posteriores encomendó a la Comisión Especial que informara, por medio del Consejo Permanente, por escrito, a los períodos ordinarios de sesiones de la Asamblea General sobre sus actividades;
RECONOCIENDO que la Comisión Especial ha servido como el marco para la participación de la sociedad civil en el proceso de la Cumbre de las Américas;
RECORDANDO ASIMISMO:
Que, en el trigésimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General, los Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados Miembros celebraron un diálogo para la preparación de la Tercera Cumbre de las Américas;
Que, en la Tercera Cumbre, los Jefes de Estado y de Gobierno del Hemisferio suscribieron la Declaración de Quebec, el Plan de Acción, la Declaración "Conectando las Américas" y la Declaración de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia";
Los acuerdos establecidos en el Plan de Acción de Quebec en la sección "Seguimiento para el Plan de Acción";
Que la Declaración de Quebec reconoce los resultados significativos de las reuniones ministeriales celebradas en apoyo de los mandatos de las Cumbres de las Américas; y
RECONOCIENDO la importancia del seguimiento coordinado, oportuno y eficaz del Plan de Acción de Quebec y de los Planes de Acción previos, y del apoyo oportuno y eficaz a la labor preparatoria de la Cuarta Cumbre de las Américas,
RESUELVE:
1. Reiterar el mandato al Consejo Permanente de coordinar, por medio de su Comisión Especial sobre Gestión de Cumbres Interamericanas, las actividades encargadas a la Organización de los Estados Americanos por las Cumbres de las Américas
2. Encomendar a los órganos, organismos y entidades de la Organización que continúen otorgando la mayor prioridad a la realización de las iniciativas asignadas a ellos por la Asamblea General de acuerdo con los mandatos de las Cumbres de las Américas y que informen regularmente a la Comisión Especial al respecto.
3. Encomendar a la Secretaría General que, por medio de su Oficina de Seguimiento de Cumbres, actúe como secretaría técnica y memoria institucional del proceso de Cumbres, de conformidad con el Plan de Acción de la Cumbre de Quebec.
4. Encomendar a la Secretaría General que continúe brindando el apoyo necesario a las reuniones ministeriales y sectoriales relacionadas con la implementación de los mandatos de las Cumbres en los temas relevantes para la OEA.
5. Encomendar a la Secretaría General que, por medio de su Oficina de Seguimiento de Cumbres y de conformidad con las Directrices para la participación de las organizaciones de la sociedad civil en las actividades de la OEA, formule sugerencias con respecto a los modos en que las organizaciones de la sociedad civil puedan contribuir al monitoreo e implementación de las iniciativas de las Cumbres, para su recomendación posterior al Grupo de Revisión de Implementación de Cumbres (GRIC).
6. Encomendar a la Secretaría General que, por medio de la Oficina de Seguimiento de Cumbres y en colaboración con otras organizaciones multilaterales pertinentes, (a) coordine la implementación de los mandatos de la Cumbre asignados a la OEA; (b) coordine el monitoreo e intercambio de información acerca de la implementación; y (c) desarrolle mecanismos específicos para evaluar la implementación.
7. Acoger con beneplácito el memorando de entendimiento entre los Presidentes del Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Mundial, así como la carta que firmaron, mediante los cuales se comprometieron al establecimiento de un Grupo de Trabajo Conjunto de las Cumbres, sobre coordinación del apoyo entre otras organizaciones asociadas con el proceso de Cumbres en la implementación del Plan de Acción de Quebec, y solicitar que el Secretario General mantenga un diálogo permanente al respecto con los Presidentes de estas dos instituciones.
8. Solicitar al Secretario General que presente al Consejo Permanente propuestas sobre la necesidad de fortalecer y reformar los mecanismos institucionales y financieros de la Organización para apoyar el proceso de las Cumbres de las Américas y encomendar al Consejo Permanente que tome las decisiones pertinentes al respecto.
9. Encomendar al Consejo Permanente que asigne recursos en el programa-presupuesto de la Organización que permitan la ejecución plena y oportuna de esta resolución, y encomendar al Secretario General que lleve a cabo las actividades mencionadas en esta resolución de acuerdo con estos y otros recursos.
10. Encomendar al Secretario General que establezca, de conformidad con la instrucción de la Tercera Cumbre de las Américas, un fondo específico de contribuciones voluntarias para financiar las actividades de la OEA en apoyo del GRIC.
11. Encomendar a la Comisión Especial que, por medio del Consejo Permanente, informe a los ministros de relaciones exteriores en el trigésimo segundo período ordinario de sesiones de la Asamblea General sobre la ejecución de esta resolución.