Resoluciones Asamblea General


OEA/Ser.P
AG/RES. 1744 (XXX-O/00)
5 junio 2000
Original: inglés

RESOLUCIÓN

COOPERACIÓN PARA LA SEGURIDAD EN EL HEMISFERIO

(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2000)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el informe anual del Consejo Permanente (AG/doc.3848/00), y en particular la sección que se refiere al informe del Presidente de la Comisión de Seguridad Hemisférica (la Comisión) (CP/CSH-307/00);

RECORDANDO sus resoluciones "Convención Interamericana sobre Transparencia en las Adquisiciones de Armas Convencionales" [AG/RES. 1607 (XXIX-O/99)], "Programa de Educación para la Paz en el Hemisferio" [AG/RES. 1620 (XXIX-O/99)], "Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados" [AG/RES. 1621 (XXIX-O/99)], "Consolidación del Régimen Establecido en el Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco)" [AG/RES. 1622 (XXIX-O/99)], "Fomento de la Confianza y de la Seguridad en las Américas" [AG/RES. 1623 (XXIX-O/99)], "Apoyo Interamericano a la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción" [AG/RES. 1624 (XXIX-O/99)], "Preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares" [AG/RES. 1640 (XXIX-O/99)], "Apoyo al Programa de Desminado en Centroamérica" [AG/RES. 1641 (XXIX-O/99)], "Proliferación y Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Armas Ligeras" [AG/RES. 1642 (XXIX-O/99)], "Programa de Trabajo de la Comisión de Seguridad Hemisférica con miras a la preparación de la Conferencia Especial sobre Seguridad" [AG/RES. 1643 (XXIX-O/99)], "El Hemisferio Occidental: Zona libre de minas terrestres antipersonal" [AG/RES. 1644 (XXIX-O/99)], y "Apoyo a la Comisión de Seguridad Hemisférica" [AG/RES. 1645 (XXIX-O/99)];

REAFIRMANDO que los programas, actividades y tareas establecidos en las resoluciones mencionadas son necesarias para el cumplimiento del propósito esencial de la Organización, consagrado en la Carta, de afianzar la paz y la seguridad en el Hemisferio, y que la cooperación entre los Estados Miembros es fundamental para el cumplimiento de esa meta;

RECORDANDO ASIMISMO:

Que los Jefes de Estado y de Gobierno reunidos en la Segunda Cumbre de las Américas encomendaron a la Comisión de Seguridad Hemisférica "efectuar el seguimiento y profundización de los temas relativos a medidas de fomento de la confianza y seguridad"; "realizar un análisis sobre el significado, alcance y proyección de los conceptos de seguridad internacional en el Hemisferio, con el propósito de desarrollar enfoques comunes más apropiados que permitan abordar sus diversos aspectos, incluidos el desarme y el control de armamento;" e "identificar las formas de revitalizar y fortalecer las instituciones del sistema interamericano relacionadas con los distintos aspectos de la seguridad hemisférica", con miras a la celebración, una vez concluidas estas tareas, de "una Conferencia Especial sobre Seguridad, en el marco de la OEA a realizarse, a más tardar, a comienzos de la próxima década;"

La importancia de las Declaraciones de Santiago y de San Salvador sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad, en las que se recomienda que las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad se apliquen de la manera que se considere más adecuada; y

La relevancia de las Conclusiones y Recomendaciones de la Reunión de Alto Nivel sobre las Preocupaciones Especiales de Seguridad de los Pequeños Estados Insulares, celebrada en San Salvador en 1998; y

RECONOCIENDO:

La aplicación por parte de los Estados Miembros de las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad contenidas en las Declaraciones de Santiago y San Salvador arriba mencionadas; y

La adopción por el Consejo Permanente, mediante su resolución CP/RES. 769 (1234/00) del Programa de Educación para la Paz en el Hemisferio, en cumplimiento de la resolución AG/RES. 1620 (XXIX-O/99) arriba mencionada,

RESUELVE:

1. Exhortar a los Estados Miembros a que continúen contribuyendo en el cumplimiento de los objetivos establecidos en las resoluciones citadas a través de la firma y/o ratificación de, o adhesión a, según sea el caso, las convenciones interamericanas e internacionales, el desarrollo y ejecución de actividades, la presentación de informes, el intercambio de información, de la adopción de medidas y políticas, la cooperación, apoyo y asistencia mutua, tal y como se menciona en las resoluciones citadas, específicamente:

  1. Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados, AG/RES. 1621 (XXIX-O/99), párrafo dispositivo 1;
  2. Fomento de la Confianza y de la Seguridad en las Américas, AG/RES. 1623 (XXIX-O/99), párrafos dispositivos 1, 2, 4, 6 y 8;
  3. Apoyo Interamericano a la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción, AG/RES. 1624 (XXIX-O/99), párrafo dispositivo 3;
  4. Preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares, AG/RES. 1640 (XXIX-O/99), párrafos dispositivos 3, 4, 6, 7 y 8;
  5. Apoyo al Programa de Desminado en Centroamérica, AG/RES. 1641 (XXIX-O/99), párrafo dispositivo 3;
  6. Proliferación y Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Armas Ligeras, AG/RES. 1642 (XXIX-O/99), párrafos dispositivos 1 y 2;
  7. Programa de Trabajo de la Comisión de Seguridad Hemisférica con miras a la preparación de la Conferencia Especial sobre Seguridad, AG/RES. 1643 (XXIX-O/99), párrafos dispositivos 3, 4 y 5; y
  8. El Hemisferio Occidental: Zona libre de minas terrestres antipersonal, AG/RES. 1644 (XXIX-O/99), párrafos dispositivos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 12 y 13.

2. Reiterar sus mandatos al Consejo Permanente y a la Secretaría General contenidos en las siguientes resoluciones:

  1. Fomento de la Confianza y de la Seguridad en las Américas, AG/RES. 1623 (XXIX-O/99), párrafos dispositivos 5, 9, 10, 11, 12 y 15;
  2. Preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares, AG/RES. 1640 (XXIX-O/99), párrafos dispositivos 2, 5, 12, 13 y 15;
  3. Proliferación y Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Armas Ligeras, AG/RES. 1642 (XXIX-O/99), párrafo dispositivo 4.a;
  4. Programa de Trabajo de la Comisión de Seguridad Hemisférica con miras a la preparación de la Conferencia Especial sobre Seguridad, AG/RES. 1643 (XXIX-O/99), párrafos dispositivos 6 y 7;
  5. El Hemisferio Occidental: Zona libre de minas terrestres antipersonal, AG/RES. 1644 (XXIX-O/99), párrafos dispositivos 7, 9, 10, 11, 12, 16, 17 y 18; y
  6. Apoyo a la Comisión de Seguridad Hemisférica, AG/RES. 1645 (XXIX-O/99), párrafo dispositivo 4.

3. Solicitar al Consejo Permanente que, por medio de la Comisión de Seguridad Hemisférica (la Comisión), celebre una reunión especial con la participación de expertos de los Estados Miembros para continuar desarrollando los enfoques comunes más apropiados que permitan abordar los diversos aspectos de la seguridad internacional en el Hemisferio.

4. Reiterar la importancia de la colaboración entre los Estados Miembros para mejorar la seguridad de los pequeños Estados insulares, y con este propósito, encomienda al Consejo Permanente que convoque para el año 2001, y prepare a través de la Comisión, la segunda reunión de alto nivel sobre las preocupaciones especiales de los pequeños Estados insulares, teniendo en cuenta las conclusiones y recomendaciones de la Comisión en su reunión celebrada el 29 de febrero del 2000.

5. Considerar todos los aspectos relacionados con la proliferación y tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras, y con ese propósito,

  1. Instruye al Consejo Permanente a discutir, a través de la Comisión con el apoyo de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas, la conveniencia de emprender un estudio sobre la intermediación y el tránsito de armas pequeñas y armas ligeras; y
  2. Instruye al Consejo Permanente a celebrar, a través de la Comisión, una reunión informativa sobre la Conferencia, programada para el año 2001, de las Naciones Unidas sobre Comercio Ilícito de Armas Pequeñas y Armas Ligeras en todos sus aspectos.

6. Alentar a los Estados Miembros a que desarrollen programas de educación para la paz de acuerdo a sus necesidades con base en el Programa aprobado por el Consejo Permanente, e instarles a que se adhieran al Programa de Acción sobre una Cultura de Paz y la Celebración del Decenio Internacional para una Cultura de Paz y de No Violencia para la Niñez de las Naciones Unidas.

7. Exhortar a los Estados Miembros que son parte de la Convención de Ottawa sobre la Prohibición del Empleo, el Almacenamiento, la Producción y la Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción a suministrar al Secretario General, como parte de su información sometida anualmente para el Registro de Minas Terrestres Antipersonal de la OEA, una copia de sus informes correspondientes al Artículo 7 de dicha Convención.

8. Instruir a la Secretaría General que:

  1. continúe proporcionando a la Comisión el apoyo administrativo y técnico necesario para cumplir con los mandatos que se le han encomendado;
  2. coordine con la Junta Interamericana de Defensa la elaboración de un inventario completo y actualizado de las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad basado en los informes presentados por los Estados Miembros de conformidad con la Resolución mencionada AG/RES. 1623 (XXIX-O/99); y
  3. Continuar su trabajo mediante una red de comunicación cooperativa para intercambiar información sobre las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad.

9. Instruir al Consejo Permanente para que la Comisión continúe participando, realizando consultas e intercambiando experiencias e información con las Conferencias de Ministros de Defensa de las Américas, así como otros foros regionales e internacionales, tal y como se menciona en la resolución AG/RES. 1623 (XXIX-O/99), entre ellos, las Naciones Unidas y sus organismos pertinentes, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, el Foro Regional de la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental, y la Organización para la Unidad Africana.

10. Solicitar que el Consejo Permanente, por medio de la Comisión, celebre en la sede de la OSCE la próxima ronda de intercambio de experiencias OEA-OSCE.

11. Instruir la Secretaría General que se lleven a cabo las actividades mencionadas en la presente resolución de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos.

12. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General en su trigésimo primer período ordinario de sesiones sobre el cumplimiento de esta resolución.

13. Instruir a la Secretaría General que presente a la Asamblea General en su trigésimo primer periodo ordinario de sesiones un informe sobre la implementación de esta resolución.