Resoluciones Asamblea General


OEA/Ser.P
AG/RES. 1741 (XXX-O/00)
5 junio 2000
Original: inglés

RESOLUCIÓN

INTEGRACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LAS CUMBRES DE LAS AMERICAS

(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2000)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTA la resolución AG/RES. 1625 (XXIX-O/99), "Situación de la mujer en las Américas y fortalecimiento y modernización de la Comisión Interamericana de Mujeres", que convoca una reunión de Ministras o autoridades al más alto nivel responsables de las políticas de las mujeres en los Estados Miembros y solicita a la CIM que, actuando como coordinadora de la mencionada reunión, elabore un proyecto de temario que incluya la aprobación del proyecto de Programa Interamericano sobre la promoción de los derechos de la mujer y la equidad de género, así como la consideración de los compromisos adoptados en las Cumbres de las Américas;

VISTA TAMBIÉN la resolución CIM/MINIS/doc.21/00 rev. 1 "Integración de la perspectiva de género en las Cumbres de las Américas", aprobada en Primera Reunión de Ministras o Autoridades al más Alto Nivel Responsables de las Políticas de la Mujer en los Estados Miembros, celebrada en la sede de la Organización de los Estados Americanos, en Washington, D.C., el 27 y 28 de abril de 2000;

CONSIDERANDO que los países del Hemisferio se han comprometido a combatir todas las formas de discriminación y a promover la igualdad de derecho y oportunidades entre mujeres y hombres, para lo cual se hace necesario aplicar medidas de equidad e igualdad de género;

RECORDANDO que el Plan de Acción de la Segunda Cumbre de las Américas encomienda a nuestros gobiernos que "implementarán y darán seguimiento con el apoyo de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), en colaboración con la sociedad civil, la Comisión Económica de para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas (CEPAL), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco Mundial y otras entidades de cooperación internacional, de los compromisos sobre la situación y condición de las mujeres acordados en la Cumbre de las Américas…",

CONSIDERANDO:

Que las resoluciones AG/RES. 1534 (XXVIII-O/98) y AG/RES. 1659 (XXIX-O/99), "Apoyo y seguimiento de las iniciativas de las Cumbres de las Américas", mediante las cuales la Asamblea General encarga a los órganos, organismos y entidades del sistema interamericano que otorguen prioridad a la realización de las iniciativas asignadas a ellos, de acuerdo con los mandatos de las Cumbres de las Américas, y a que presenten informes periódicos sobre los avances de su implementación; y

Que el Programa Interamericano sobre la promoción de los derechos humanos de la mujer y la equidad e igualdad de género constituye un instrumento político de la mayor relevancia, cuyos objetivos son, entre otros, (1) alcanzar la igualdad jurídica y de oportunidades entre mujeres y hombres y (2) integrar sistemáticamente la perspectiva de género en todos los órganos, organismos y entidades de la Organización de los Estados Americanos,

RESUELVE:

1. Solicitar que los Estados Miembros en el Grupo de Revisión de la Implementación de Cumbres (GRIC) adopten medidas concretas para integrar la perspectiva de género como un tema que abarca diversos ámbitos en el Proyecto de Declaración política y el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas. El texto propuesto y negociado por el GRIC para la Declaración y Plan de Acción propuestos deberá asegurar el seguimiento y la responsabilidad en la implementación de la perspectiva de género en el proyecto de Plan de Acción.

2. Solicitar que además de integrar la perspectiva de género como un tema que abarca diversos ámbitos en el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas, el GRIC considere incluir una sección específica sobre temas de la mujer dentro del área "democracia y derechos humanos".

3. Recomendar la celebración de Reuniones de Ministras o Autoridades al más Alto Nivel, Responsables de las Políticas de las Mujeres en los Estados Miembros, cada cuatro años, con el fin de contribuir a la preparación y a los trabajos de seguimiento de las Cumbres de las Américas. Estas reuniones deberán tomar en cuenta el Programa Interamericano sobre la Promoción de los Derechos Humanos de la Mujer y la Equidad y la Igualdad de Género.

4. Alentar a los gobiernos a considerar las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), en el proceso de preparación de la Declaración Política y del Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas. La CIM deberá preparar recomendaciones y prestar apoyo técnico para este propósito.

5. Encomendar a la Secretaría General y a la CIM que difundan esta resolución a todos los órganos, organismos y entidades del sistema interamericano, a fin de asegurar que éstos la tomen en cuenta en la elaboración y ejecución de sus planes y programas.

6. Encomendar a la Secretaría General de la OEA, que asigne a la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), los recursos necesarios para la ejecución de estos mandatos, teniendo en cuenta el programa – propuesto de la Organización, y otros recursos.