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OEA/Ser.P
AG/RES. 1740 (XXX-O/00)
5 junio 2000
Original: inglésRESOLUCIÓN
(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2000)
LA ASAMBLEA GENERAL,
RECORDANDO que en su XXIV período ordinario de sesiones, celebrado en Belém do Pará, Brasil, la Asamblea General de la OEA decidió adoptar por aclamación, en su sesión plenaria del 9 de junio de 1994, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer;
VISTA la resolución AG/RES. 1456 (XXVII-0/97) "Promoción de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará" a través de la cual la Asamblea General de la OEA alienta a los Estados Miembros a tomar las medidas pertinentes para asegurar la incorporación de los principios y objetivos de la Convención a sus sistemas jurídicos, a fin de eliminar la discriminación y desigualdad que aún existan en sus leyes nacionales;
CONSIDERANDO que la resolución AG/RES. 1626 (XXIX-0/99) "Primer informe bienal sobre el cumplimiento de la resolución AG/RES. 1456 (XXVII-0/97) Promoción de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará", alienta a los Estados que aún no lo hayan hecho, a ratificarla;
TENIENDO PRESENTE la resolución CIM/MINS/doc.20.rev.1, "Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará" adoptada en la primera "Reunión de Ministras o Autoridades al más Alto Nivel Responsables de las Políticas de la Mujer en los Estados Miembros", celebrada en Washington, D.C., el 27 y 28 de abril de 2000;
DESTACANDO que hasta la fecha son 29 los países que han ratificado la Convención de Belém do Pará, poniendo de manifiesto su absoluto rechazo y preocupación hacia todo acto de violencia contra la mujer;
RECONOCIENDO que si bien en el Hemisferio se están llevando a cabo esfuerzos tendientes a poner en práctica los objetivos de esta Convención, la violencia persiste y tiene una magnitud que hace indispensable continuar con la puesta en práctica de estrategias para que la mujer esté libre de este flagelo;
TENIENDO EN CUENTA las recomendaciones contenidas en el Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la condición de la Mujer en las Américas sometido a la consideración de la Asamblea General de la OEA en su XXVIII período ordinario de sesiones;
CONSIDERANDO que en los Planes de Acción de la Primera y la Segunda Cumbre de las Américas, nuestros Gobiernos se comprometieron a tomar medidas para eliminar toda forma de violencia contra la mujer;
RECORDANDO que la Convención de Belém do Pará afirma que," la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades" ;
RESUELVE:
- Instar a los Gobiernos de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos, que aún no lo hubieren hecho, a que ratifiquen o adhieran a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará.
- Expresar su reconocimiento a los Gobiernos del Hemisferio que han tomado medidas para reforzar y adecuar sus legislaciones a fin de erradicar la violencia contra la mujer.
- Alentar a los Estados Miembros a continuar promoviendo medidas a fin de erradicar la violencia contra la mujer en todas sus formas, en la esfera pública y privada, conforme a los objetivos establecidos en el Plan Estratégico de Acción de la CIM, en los Planes de Acción de la Primera y Segunda Cumbre de las Américas, y del Programa Interamericano sobre la Promoción de los Derechos Humanos de la Mujer y la Equidad e Igualdad de Género.