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OEA/Ser.P
AG/RES. 1735 (XXX-O/00)
5 junio 2000
Original: español

RESOLUCIÓN

OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES SOBRE LOS INFORMES ANUALES DE LOS ÓRGANOS, ORGANISMOS Y ENTIDADES DE LA ORGANIZACIÓN

(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2000)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTAS las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente sobre los informes anuales presentados por la Organización Panamericana de la Salud (CP/doc.3275/00), Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CP/doc.3269/00), Comisión Interamericana de Mujeres (CP/doc.3276/00), Instituto Interamericano del Niño (CP/doc.3278/00), Instituto Interamericano Indigenista (CP/doc.3281/00), Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CP/doc.3286/00), Comité Interamericano contra el Terrorismo (CP/doc.3268/00), Instituto Panamericano de Geografía e Historia (CP/doc.3279/00), Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (CP/doc.3283/00), Tribunal Administrativo (CP/doc.3280/00 corr.1 y add.1), y del Secretario General (CP/doc.3294/00),

CONSIDERANDO:

Que las observaciones y recomendaciones formuladas por el Consejo Permanente sobre los informes anuales de los órganos, organismos. y entidades mencionados aparecen transcritas en las actas CP/ACTA 1223, 1224/00, 1225/00, 1226/00, 1228/00; y 1232/00;

Que las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente reconocen la exitosa labor de los órganos, organismos y entidades de la Organización en la promoción de los principios y objetivos de la Organización y del sistema interamericano; y

TENIENDO EN CUENTA que estos informes han sido presentados de acuerdo con lo previsto en el artículo 91 (f) de la Carta de la OEA y conforme a los términos señalados en la resolución AG/RES. 1452 (XXVIII-O/97), y que la resolución anexa al informe Anual del Instituto Interamericano del Niño, fue sustituida por otra resolución que ha sido aprobada por el Consejo Permanente y transmitida a esta Asamblea General,

RESUELVE:

  1. Tomar nota de las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente sobre los informes anuales y transmitirlas a los órganos, organismos y entidades de la Organización.
  2. Agradecer a los órganos, organismos y entidades de la Organización que cumplieron con el plazo reglamentario para la presentación de los informes anuales e instar nuevamente a todos los órganos, organismos y entidades a que presenten sus informes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de Reglamento del Consejo Permanente.
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