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OEA/Ser.P
AG/RES. 1727 (XXX-O/00)
5 junio 2000
Original: españolRESOLUCIÓN
(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 2000)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTAS:
La resolución AG/RES. 3 (XXVI-E/99) "Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo (AICD)"
La resolución AG/RES. 1628 (XXIX-O/99) "Programas de Becas y Capacitación";
La resolución AG/RES. 1653 (XXIX-O/99) "Plan de Trabajo de la Secretaría General para la Extensión del Programa Especial de Becas para el Caribe y otros Estados";
La resolución CIDI/RES.91 (V-O/00) "Transferencia de responsabilidades emanadas de las resoluciones AG/RES. 1628 (XXIX-O/99) y AG/RES. 1653 (XXIX-O/99) a la Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo (AICD";
CONSIDERANDO:
Que la resolución AG/RES. 1628 (XXIX-O/99) solicita al Consejo Permanente que: i) estudie y apruebe el Estatuto del Fondo de Capital para Becas de la OEA antes del 1 de octubre de 1999; ii) considere la conveniencia de celebrar, y de ser el caso convocar, una reunión extraordinaria de autoridades competentes en capacitación y becas de los Estados Miembros, en el segundo semestre de 2000; iii) presente un informe sobre el cumplimiento de esta resolución a la Asamblea General en su trigésimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General;
Que la resolución AG/RES. 1653 (XXIX-O/99) encomienda a la Secretaría General: i) que presente al Consejo Permanente, a más tardar el 31 de octubre de 1999, un plan de acción detallado para identificar recursos externos a fin de extender el Programa Especial de Becas para el Caribe a otros Estados Miembros, de acuerdo con la resolución AG/RES. 1387 (XXVI-O/96); ii) que, a partir de abril del año 2000, presente al Consejo Permanente informes de avance del plan de acción mencionado en el punto resolutivo anterior que incluyan el detalle de los recursos externos obtenidos y de las acciones emprendidas para implementar la resolución AG/RES. 1387 (XXVI-O/96) y iii) que presente un informe sobre el cumplimiento de esta resolución a la Asamblea General en su trigésimo período ordinario de sesiones;
TENIENDO EN CUENTA:
Que el Estatuto de la AICD establece que, por medio de la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral, la AICD administrará el programa de Becas y de Capacitación, en el marco de las normas que rigen el programa y de conformidad con las políticas y prioridades aprobadas por la CEPCIDI y con la normativa pertinente, e informará sobre ello a la CEPCIDI; y
Que algunos mandatos contenidos en las resoluciones AG/RES. 1628 (XXIX-O/99) y AG/RES. 1653 (XXIX-O/99) fijan plazos específicos de cumplimiento que ya no son apropiados,
RESUELVE:
- Transferir a la Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo la responsabilidad de la implementación de los siguientes mandatos:
- formular recomendaciones sobre el Estatuto del Fondo de Capital para Becas y programas de capacitación y otros instrumentos para movilizar recursos para los programas de becas y de capacitación y someterlos a la aprobación de la CEPCIDI a más tardar el 1 de octubre de 2000;
- preparar antes del 1 de octubre de 2000 un plan de acción para identificar recursos externos a fin de extender el Programa Especial de Becas para el Caribe a otros Estados Miembros; y
- implementar, a más tardar en noviembre del 2000, el mandato establecido en el punto resolutivo 5 de la resolución AG/RES. 1628 (XXIX-O/99) relacionado con las actividades de recaudación de fondos.
- Solicitar a la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CEPCIDI) que considere la conveniencia de celebrar, y de ser el caso convocar, una reunión extraordinaria de autoridades competentes en capacitación y becas de los Estados Miembros, en el año 2001, con miras a proponer un plan de acción para el uso más eficaz de los recursos de los programas de becas y capacitación de la OEA e incrementar su impacto en la formación de recursos humanos en la región para el siglo XXI, teniendo en cuenta el Plan Estratégico de Cooperación Solidaria y los Programas.
- Solicitar a la Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo y a la CEPCIDI que presenten un informe sobre el cumplimiento de esta resolución a la Asamblea General en su próxima sesión.