Resoluciones Asamblea General

AG/RES. 1661 (XXIX-O/99)

LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS Y LA SOCIEDAD CIVIL

(Aprobada en la primera sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 1999)

La Asamblea General,

Reconociendo la función cada vez más importante que cumplen las organizaciones de la sociedad civil en la vida pública en todos los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos,

Reconociendo también la significativa contribución de las organizaciones de la sociedad civil a las actividades de la Organización de los Estados Americanos, y sus órganos y organismos vinculados a ésta a través del Sistema Interamericano, y en proyectos específicos de cooperación técnica,

Vistos la resolución del Consejo Permanente sobre la condición jurídica en la OEA de las organizaciones no gubernamentales (ONG) [CP/RES. 704 (1129/97)], el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente sobre la condición jurídica de las organizaciones no gubernamentales en la OEA (CP/doc. 2946/97) y las normas sobre relaciones de cooperación entre la Organización de los Estados Americanos y las Naciones Unidas, los organismos especializados vinculados a ésta y otros organismos nacionales e internacionales [AG/RES. 57 (I-O/71],

Recordando que, en el Plan de Acción de la Primera Cumbre de las Américas, celebrada en Miami en 1994, los jefes de Estado y de gobierno declararon que "Una sociedad civil poderosa y diversa, organizada en diferentes modos y sectores, que incluya a los individuos, el sector privado, el sector laboral, los partidos políticos, los académicos y otros actores y organizaciones gubernamentales, infunden profundidad y permanencia a la democracia;

Recordando también que, en el Plan de Acción de la Segunda Cumbre de las Américas, en el cual se señaló que la OEA podría servir como foro para el intercambio de experiencias y de información sobre la formación de organizaciones sin fines de lucro y otras organizaciones de la sociedad civil responsables y transparentes, y encomendó a la Organización que promoviese programas adecuados para fomentar una mayor participación de la sociedad civil en los asuntos públicos,

Reconociendo que mediante la resolución AG/RES. 1539 (XXVIII-0/98) se encomendó al Consejo Permanente que examinase formas de incrementar el grado en que las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de la sociedad civil pertinentes podrían participar más estrechamente en las actividades de la Organización y contribuir a ellas, y cómo implementar las disposiciones relativas a la sociedad civil encomendadas a la OEA en el Plan de Acción de Santiago,

Teniendo presente que el Grupo Especial de Trabajo Conjunto del Consejo Permanente y el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI) sobre el Fortalecimiento y Modernización de la OEA ha sostenido discusiones sustantivas sobre la ejecución de la resolución AG/RES. 1539,

Considerando que la Asamblea General solicitó al Consejo Permanente que informara sobre el progreso de la ejecución de la resolución AG/RES. 1539,

Teniendo en cuenta los avances logrados con relación al proyecto de Lineamientos para la Participación de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA, en particular las referidas a los Capítulos I, II, III, IV y VI, anexas al Informe del Consejo Permanente sobre el progreso de la ejecución de la resolución AG/RES. 1539 (XXVIII-0/98) / elaborado por el Grupo Especial de Trabajo Conjunto del Consejo Permanente y del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral sobre el Fortalecimiento y Modernización de la OEA.

1. Acoge con beneplácito el Informe presentado por el Consejo Permanente sobre el progreso de la ejecución de la resolución AG/RES. 1539 (XXVIII-0/98) /

2. Decide establecer una Comisión del Consejo Permanente sobre la Participación de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA, integrada por todos los Estados Miembros de la Organización.

3. Encomienda al Consejo Permanente que, a través de la citada Comisión, elabore los lineamientos para la participación de la sociedad civil en las actividades de la OEA, teniendo en cuenta el anexo del Informe presentado por el Consejo Permanente, a fin de que puedan ser adoptadas antes del 31 de diciembre de 1999.

4. Agradece al Secretario General el cumplimiento de las solicitudes plasmadas en la resolución CP/RES. 704 (1129/97), en particular la preparación de un registro de ONG con las cuales mantiene relaciones la OEA.

5. Solicita al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General sobre la ejecución de la presente resolución en su trigésimo período ordinario de sesiones.