Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1600 (XXVIII-O/98)

ENSAYOS NUCLEARES DE LA INDIA Y PAKISTÁN

(Resolución aprobada en la quinta sesión plenaria, celebrada el 3 de junio de 1998)

LA ASAMBLEA GENERAL,

GRAVEMENTE PREOCUPADA por las explosiones nucleares con fines de ensayo realizados recientemente por los Gobiernos de la India y de Pakistán;

ENFATIZANDO los pronunciamientos hechos al respecto por los gobiernos de los Estados miembros de la Organización, incluidas las declaraciones del Grupo de Río del 13 de mayo y del 29 de mayo de 1998 y aquellas resoluciones que fueran adoptadas por el Consejo de Organismo para la Proscripción de Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (OPANAL) del 14 y 29 de mayo de 1998;

RECORDANDO la resolución AG/RES. 1499 (XXVII-O/97) de la Asamblea General y las declaraciones CP/DEC. 22 (1042/95) y CP/DEC. 24 (1160/98) del Consejo Permanente;

RECORDANDO el apoyo de los Estados miembros para consolidar en toda la región el régimen de no proliferación nuclear establecido en el Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco), en el marco de la cooperación para la seguridad hemisférica y las contribuciones regionales a la seguridad mundial;

CONVENCIDA de que el Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares, abierto a la firma en las Naciones Unidas el 24 de septiembre de 1996, debería contribuir en gran medida al fortalecimiento del régimen mundial de no proliferación y desarme nuclear;

TOMANDO NOTA de que 149 países han suscrito el Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares, mediante el cual han establecido un principio inviolable contra las explosiones nucleares con fines de ensayo; y

RECORDANDO los Principios y Objetivos para la no Proliferación y Desarme Nuclear de la Conferencia de las Partes encargada del examen del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares de 1995,

RESUELVE:

1. Condenar los ensayos nucleares realizados por los gobiernos de la India y de Pakistán e instar firmemente a esos gobiernos a abstenerse de realizar futuros ensayos nucleares, de emplazar misiles y de colocar armas en vectores, u otras medidas que incrementen las tensiones en la región, y formular un llamado a los gobiernos de la India y Pakistán para que resuelvan pacíficamente sus diferencias y adhieran al Tratado de No Proliferación de las Armas Nucleares; que firmen, sin demora ni condiciones, el Tratado sobre la Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares y que participen con un espíritu positivo en las negociaciones propuestas para elaborar con otros Estados un tratado que prohíba la producción de material fisionable para armas u otros explosivos nucleares.

2. Subrayar que los ensayos nucleares realizados por los gobiernos de la India y Pakistán ponen en riesgo el régimen de no proliferación de armas nucleares cuyo mantenimiento es indispensable para la paz y seguridad internacionales y, por tanto, instar a todos los Estados, en particular del sur de Asia, a ejercer máxima moderación y a abstenerse de realizar nuevos ensayos nucleares.

3. Poner a disposición de la India y de Pakistán la experiencia en materia de acuerdos para garantizar la no proliferación de armas nucleares y su proscripción, así como los mecanismos para implementarlos, en particular, el Tratado de Tlatelolco de 1967 y el de la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares.

4. Reafirmar el compromiso de todos los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos de trabajar para lograr la adhesión universal al Tratado de No Proliferación de las Armas Nucleares y al Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares y su pronta entrada en vigor, por considerarlos elementos esenciales para evitar la proliferación de las armas nucleares y como un medio de fomentar el desarme nuclear.