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AG/RES. 1586 (XXVIII-O/98)OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES SOBRE LOS INFORMES ANUALES DE ÓRGANOS, ORGANISMOS Y ENTIDADES DE LA ORGANIZACIÓN
(Resolución aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 2 de junio de 1998)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTAS las observaciones y recomendaciones formuladas por el Consejo Permanente (AG/doc. 3698/98), sobre los informes anuales presentados por el Instituto Interamericano del Niño (CP/doc.3015/98), la Organización Panamericana de la Salud (CP/doc.3030/98), la Comisión Interamericana de Mujeres (CP/doc.3012/98), la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CP/doc.3024/98), la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CP/doc.3008/98), el Tribunal Administrativo (CP/doc.3010/98), el Instituto Panamericano de Geografía e Historia (CP/doc.3016/98), el Instituto Indigenista Interamericano (CP/doc.3018/98), el Instituto Interamericano para la Cooperación en la Agricultura (CP/doc.3023/98), el Secretario General (CP/doc.3040/98) y el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CP/doc.3042/98);
TENIENDO EN CUENTA:
Que estos informes son presentados de conformidad con la Carta de la Organización;
Que los artículos de dicha Carta han sido renumerados en el tiempo transcurrido desde el último período ordinario de sesiones de la Asamblea General, tras lo cual, el artículo que rige la presentación y el estudio de estos informes es ahora el artículo 91(f); y
Que se entendió que las disposiciones de la resolución AG/RES. 1452 (XXVII-O/97), "Preparación de los informes anuales de los órganos, organismos y entidades de la Organización", regían sólo para aquellos informes presentados en virtud del artículo 90.f de la Carta y remitidos por el Consejo Permanente a la Comisión de Reuniones y Organismos para su estudio;
CONSIDERANDO:
Que los mencionados informes cumplen con las disposiciones de la resolución AG/RES. 1452 (XXVII-O/97) y que en la mayoría de los casos se ha hecho todo lo posible por dar cumplimiento a los criterios revisados para la preparación de dichos informes contenidos en la resolución mencionada;
Que, en la mayoría de los casos, los informes fueron presentados debidamente, de conformidad con las disposiciones del párrafo 1 del artículo 35 del Reglamento del Consejo Permanente y que, en los casos en que dichos informes fueron presentados después de vencido el plazo estatutario, los mismos fueron considerados al amparo de las disposiciones del párrafo 3 del mencionado artículo 35;
Que, de conformidad con el párrafo 4 del artículo 35 de dicho Reglamento, los informes fueron presentados, con dos excepciones, por los respectivos secretarios ejecutivos, presidentes y directores o sus representantes;
Que los informes fueron debidamente considerados por la Comisión de Reuniones y Organismos, en conformidad con el artículo 21 del mencionado Reglamento;
RECONOCIENDO:
Que las labores emprendidas por los diversos órganos, organismos y entidades son de carácter altamente técnico;
Que los Estados miembros han expresado su deseo de incrementar y mejorar la colaboración entre esos órganos y la propia Organización, en particular, con el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI);
Que la mayoría de estos órganos, organismos y entidades están administrados por sus respectivos órganos directivos o ejecutivos y tienen autoridad para adoptar decisiones obligatorias que rigen su funcionamiento cotidiano; y
El éxito de varios de estos órganos, organismos y entidades en el establecimiento de relaciones de cooperación con los Estados miembros, los Observadores Permanentes y otros Estados e instituciones, lo cual ha dado lugar a sustanciales contribuciones financieras externas a sus respectivos programas y actividades; y
TENIENDO EN CUENTA las recomendaciones y observaciones del Consejo Permanente sobre el contenido de estos informes y sobre el actual proceso de revisión de los mismos,
RESUELVE:
1. Que las disposiciones de la presente resolución y de la resolución "Preparación de los informes anuales de los órganos, organismos y entidades de la Organización" (AG/RES. 1452 (XXVII-O/97)) se aplicarán a los informes del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), de la Secretaría General, de los organismos y conferencias especializadas y de otros órganos y organismos, que se presenten a la consideración del Consejo Permanente en virtud del artículo 91(f) de la Carta de la Organización de los Estados Americanos.
2. Solicitar que el Consejo Permanente considere la posibilidad de examinar los mencionados informes con la asistencia de las áreas técnicas de la Secretaría General para garantizar una revisión más beneficiosa y satisfactoria de la labor técnica que llevan adelante los diversos órganos, organismos y entidades, así como para fomentar el diálogo y estimular la cooperación entre dichos órganos y la Secretaría General.
3. Solicitar que los mencionados órganos, organismos y entidades sigan presentando sus informes en forma puntual y dando estricto cumplimiento a los criterios establecidos en la resolución AG/RES. 1452 (XXVII-O/97) y las disposiciones de la presente resolución.
4. Tomar nota de que, pese a los reducidos presupuestos, dichos órganos, organismos y entidades siguen demostrando un nivel de excelencia en la ejecución de temarios sustanciales, beneficiosos y productivos; siguen promoviendo a sus respectivas instituciones y elevando el perfil de las mismas dentro del Hemisferio y fuera de él; siguen intensificando y mejorando la cooperación con países de fuera de la región, con la Organización de los Estados Americanos y con otros órganos internacionales y obteniendo recursos financieros externos.
5. Instar a los Estados miembros a que se incorporen o reincorporen nuevamente, según sea el caso, a los diversos órganos, organismos y entidades del sistema interamericano, a fin de impulsar sus objetivos, ampliar su radio de acción y, con ello, mejorar la calidad de vida de los pueblos del Hemisferio.
6. Encomendar a la Secretaría General que haga todo lo posible por mejorar, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos, la situación financiera de los órganos, organismos y entidades y, en particular, de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), a fin de que puedan estar mejor capacitados para dar cumplimiento a sus actividades esenciales.
7. Encomiar una vez más a los mencionados órganos, organismos y entidades por las diversas y notables tareas que realizan y logros alcanzados en el cumplimiento de sus respectivos mandatos, así como en el avance del sistema interamericano, e instarlos a que incrementen su cooperación entre sí en materias de interés mutuo, incluidos los temas vinculados a la mujer y el niño.
8. Tomar nota de las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente sobre los mencionados informes y remitirlas a los órganos, organismos y entidades de la Organización.