Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1582 (XXVIII-O/98)

PROGRAMAS DE BECAS Y CAPACITACIÓN

(Resolución aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 2 de junio de 1998)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el informe del Consejo Permanente sobre los programas de becas y capacitación (AG/doc. 3718/98);

TENIENDO PRESENTES las resoluciones AG/RES. 1277 (XXIV-O/94), AG/RES. 1317 (XXV-O/95), AG/RES. 1381 (XXVI-O/96) y AG/RES. 1460 (XXVII-O/97);

REAFIRMANDO que los Estados miembros asignan una alta prioridad a las actividades de capacitación de los recursos humanos que se realizan a través de los Programas de Becas y Capacitación de la OEA;

CONSIDERANDO:

Que el objetivo de los Programas de Becas y Capacitación es apoyar el desarrollo de los recursos humanos de los Estados miembros;

Que, en consecuencia, deben estar orientados por los objetivos y prioridades de desarrollo de la Organización, así como por las necesidades de desarrollo de cada Estado miembro;

Que el Consejo Permanente, por medio de su Grupo de Trabajo, procura continuar la labor que le ha encomendado la Asamblea General; y

TENIENDO EN CUENTA las recomendaciones de la Reunión del Grupo de Trabajo Encargado de Estudiar los Programas de Becas y Capacitación con Autoridades Competentes en Capacitación y Becas, celebrada el 28 y 29 de abril de 1997 (GT/BECAP-28/97 rev. 2),

RESUELVE:

1. Tomar nota del informe del Consejo Permanente sobre los Programas de Becas y Capacitación.

2. Reiterar la importancia de concluir la elaboración de un manual de procedimientos claros y transparentes que rijan los Programas de Becas y Capacitación de la OEA y, a este respecto, extender hasta el 30 de octubre de 1998 el mandato otorgado al Consejo Permanente mediante el párrafo resolutivo 3 de la resolución AG/RES. 1460 (XXVII-O/97).

3. Solicitar al Consejo Permanente que, por medio de su Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios, finalice el examen del establecimiento y financiamiento de un Fondo de Capital como uno de los mecanismos para financiar los Programas de Becas y Capacitación de la Organización.

4. Solicitar:

a. Que el Secretario General invite a los Estados miembros y a los Observadores Permanentes a efectuar contribuciones voluntarias al Fondo de Capital.

b. Que el Secretario General, dentro de los recursos asignados que se aprobaran en el programa-presupuesto y otros recursos, busque y promueva la obtención de donaciones del sector privado al Fondo de Capital.

c. Que el Secretario General presente al Consejo Permanente un informe anual detallado sobre el resultado de sus esfuerzos.

5. Solicitar al Consejo Permanente que presente un informe sobre el cumplimiento de esta resolución a la Asamblea General en su vigésimo noveno período ordinario de sesiones.