Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1567 (XXVIII-O/98)

PREOCUPACIONES ESPECIALES DE SEGURIDAD DE LOS PEQUEÑOS ESTADOS INSULARES

(Resolución aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 2 de junio de 1998)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el informe del Consejo Permanente sobre las preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares (AG/doc. 3718/98);

TENIENDO EN CUENTA las conclusiones y recomendaciones de la Reunión de Alto Nivel sobre las Preocupaciones Especiales de Seguridad de los Pequeños Estados Insulares (SEPEIN/doc.7/98 rev. 1) y la Declaración de San Salvador sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad (COSEGRE.II/doc.7/98 rev. 3);

RECONOCIENDO:

Que los pequeños Estados insulares han concluido que para ellos la seguridad tiene carácter multidimensional en cuanto a su ámbito y aplicación, lo que incluye, entre otros aspectos, los político-militares tradicionalmente relacionados con la seguridad de los Estados; los referidos a la protección y preservación de la soberanía e integridad territorial de los Estados; el estar libres de ataques y coacción militar; el estar exentos de injerencias externas en sus asuntos políticos internos por parte de actores estatales o no estatales; la protección contra las condiciones ambientales adversas y los desastres ecológicos que podrían poner en peligro su viabilidad; el vínculo entre el comercio, el desarrollo económico y la seguridad; y la capacidad para mantener y proteger sus instituciones democráticas, las cuales aseguran su tranquilidad interna;

Que la seguridad de los pequeños Estados insulares puede ser afianzada mediante la colaboración entre los pequeños Estados insulares, y otros Estados del Hemisferio;

Que la seguridad para los pequeños Estados insulares puede mejorar mediante la aplicación de las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad previstas en las Declaraciones de Santiago y de San Salvador sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad; y

Que la Reunión de alto nivel sobre las preocupaciones especiales de los pequeños Estados insulares concluyó que su seguridad puede fortalecerse si se declara al Caribe Zona de Paz;

TENIENDO PRESENTE la recomendación de la Conferencia Regional de San Salvador sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad en Seguimiento de la Conferencia de Santiago, según la cual la Asamblea General debe considerar en el momento oportuno la celebración de otra reunión de alto nivel sobre las preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares;

RECORDANDO:

Que los Estados miembros, conforme al artículo 1 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, se han comprometido a "lograr un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración y defender su soberanía, su integridad territorial y su independencia" y que el artículo 2 (a) establece que uno de los propósitos esenciales de la Organización es "afianzar la paz y la seguridad del Continente"; y

Que el artículo 3 (b) de la Carta establece que "el orden internacional está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional"; y

RECONOCIENDO la importante labor emprendida por la Secretaría General de la OEA y por los órganos, organismos y entidades del sistema interamericano con la finalidad de ayudar a los pequeños Estados insulares a atender las preocupaciones especiales de seguridad de estos Estados,

RESUELVE:

1. Tomar nota del informe de la Reunión de Alto Nivel sobre Preocupaciones Especiales de Seguridad de los Pequeños Estados Insulares, celebrada el 25 de febrero de 1998 en San Salvador, El Salvador, y expresar su agradecimiento al Gobierno de El Salvador por la generosa hospitalidad brindada.

2. Encomendar al Consejo Permanente que, por medio de la Comisión de Seguridad Hemisférica, en colaboración con la Secretaría General, estudie formas de generar una mayor conciencia y comprensión sobre las preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares e identifique y promueva la aplicación de medidas adicionales de cooperación para atender dichas preocupaciones.

3. Alentar a los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos a que intercambien y compartan información que pueda fortalecer la capacidad de los pequeños Estados insulares en materia de seguridad y defensa.

4. Instar a los Estados miembros a que respalden los esfuerzos de los pequeños Estados insulares para atender sus preocupaciones especiales de seguridad, en particular las de naturaleza económica y financiera, teniendo en cuenta su vulnerabilidad y nivel de desarrollo.

5. Encomendar a la Secretaría General que fortalezca los programas de cooperación en los pequeños Estados insulares para prevenir y mitigar los efectos de desastres naturales, con base en la solicitud y autorización de los Estados interesados.

6. Llevar a cabo discusiones que tengan la finalidad de elaborar un programa de cooperación, tomando en cuenta las declaraciones de Santiago y San Salvador sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad, que contemple el transporte aéreo y marítimo de desechos nucleares y otros desechos peligrosos, en especial a través del Caribe y, cuando proceda, colaborar con las organizaciones internacionales pertinentes para fortalecer o desarrollar normas que rijan el traslado de dichos materiales y su seguridad.

7. Adoptar políticas para preservar el medio natural del Caribe, incluyendo las políticas sobre los movimientos de desechos peligrosos de conformidad con la Convención de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.

8. Instar a los Estados miembros a que cooperen con los pequeños Estados insulares en la erradicación de las actividades delictivas internacionales que amenazan la estabilidad y seguridad de dichos pequeños Estados insulares y encomendar al Consejo Permanente y a las comisiones y grupos de trabajo pertinentes que, en colaboración con la Secretaría General, identifiquen formas de combatir las actividades delictivas que afectan a los pequeños Estados insulares y apoyen su empeño por erradicarlas.

9. Encomendar a la Secretaría General que coopere, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos, con los pequeños Estados Insulares a través de la Universidad de las Indias Occidentales (UWI) para fomentar el examen de las preocupaciones especiales de seguridad de estos Estados miembros.

10. Solicitar al Consejo Permanente que estudie la propuesta de que la seguridad de los pequeños Estados insulares se puede fortalecer si se declara al Caribe Zona de Paz e informar al respecto a la Asamblea General en su vigésimo noveno período ordinario de sesiones.

11. Solicitar al Consejo Permanente que continúe la consideración de las preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares con miras a convocar, cuando sea oportuno, otra reunión de alto nivel sobre el tema y que realice la labor preparatoria necesaria para la celebración de esa reunión.

12. Encomendar a la Secretaría General que continúe desarrollando una acción apropiada para atender las preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares, incluidas las identificadas en la Reunión de Alto Nivel sobre las Preocupaciones Especiales de Seguridad de los Pequeños Estados Insulares, celebrada en San Salvador en febrero de 1998, y en la Sesión Especial de la Comisión de Seguridad Hemisférica celebrada en octubre de 1996.

13. Encomendar a la Secretaría General que, por medio de la Comisión de Seguridad Hemisférica, informe al Consejo Permanente, antes del vigésimo noveno período ordinario de sesiones, sobre el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

14. Encomendar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General en su vigésimo noveno período ordinario de sesiones sobre la ejecución de la presente resolución.

15. Solicitar al Secretario General de la OEA que transmita esta resolución, junto con el informe final de la Reunión de Alto Nivel sobre las Preocupaciones Especiales de Seguridad de los Pequeños Estados Insulares y la Declaración de San Salvador sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad, al Secretario General de las Naciones Unidas y a otras organizaciones internacionales pertinentes.