Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1566 (XXVIII-O/98)

FOMENTO DE LA CONFIANZA Y DE LA SEGURIDAD EN LAS AMÉRICAS

(Resolución aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 2 de junio de 1998)

LA ASAMBLEA GENERAL,

TENIENDO PRESENTE que, de conformidad con el artículo 2 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, uno de los propósitos esenciales de la Organización es afianzar la paz y la seguridad del Continente;

RECORDANDO sus resoluciones sobre fortalecimiento de la paz y la seguridad en el Hemisferio, AG/RES. 1121 (XXI-O/91) y AG/RES. 1123 (XXI-O/91) y sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad AG/RES. 1179 (XXII-O/92), AG/RES. 1237 (XXIII-O/93), AG/RES. 1284 (XXIV-O/94), AG/RES. 1288 (XXIV-O/94), AG/RES. 1353 (XXV-O/95), AG/RES. 1409 XXVI-O/96) y AG/RES. 1494 (XXVII-O/97);

RECONOCIENDO que las recomendaciones de la Conferencia Regional de San Salvador sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad en Seguimiento de la Conferencia de Santiago, realizada en San Salvador en febrero de 1998; y de la Conferencia Regional sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad, realizada en Santiago en noviembre de 1995, y la contribución de la Reunión de Expertos sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad, realizada en Buenos Aires en marzo de 1994, así como las resoluciones pertinentes de la Asamblea General de la OEA, identifican experiencias en la aplicación de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad en las Américas y promueven el intercambio de dichas experiencias;

DESTACANDO la importancia de las Declaraciones de San Salvador y de Santiago sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad, en las que se recomienda que las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad se apliquen de la manera que se considere más adecuada;

RECONOCIENDO la consolidación de la democracia en la región, los esfuerzos en favor del desarme, la paz y la seguridad internacionales y la voluntad de los Estados de continuar el proceso de fortalecimiento de la confianza y de la seguridad en el Hemisferio;

TOMANDO NOTA del avance importante logrado en la identificación y aplicación de medidas de fomento de la confianza y la seguridad desde la adopción de la Declaración de Santiago, que ha ayudado a disminuir los factores que generan desconfianza y ha contribuido a promover la transparencia y la confianza mutua, de conformidad con los propósitos y principios de la Carta de la OEA, el respeto al derecho internacional y la promoción de las relaciones de amistad y de cooperación entre los Estados de la región;

REAFIRMANDO:

Que el respeto al derecho internacional, el fiel cumplimiento de los tratados, la solución pacífica de controversias, el respeto a la soberanía de los Estados y al principio de no intervención y la prohibición del uso o de la amenaza del uso de la fuerza, de acuerdo con los términos de las Cartas de la Organización de los Estados Americanos y de las Naciones Unidas, son la base de la convivencia pacífica y de la seguridad en el Hemisferio, y constituyen el marco para el desarrollo de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad;

Que el afianzamiento de los procesos democráticos fortalece la convivencia entre los Estados y la seguridad en el Hemisferio;

Que la creciente aplicación de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad es una manifestación de la voluntad política de los Estados de fortalecer la paz y la seguridad en el Hemisferio y que su aplicación de la manera que se considere más adecuada, adaptada a las circunstancias geográficas, políticas, sociales, culturales y económicas de cada país o región, contribuye a aumentar la seguridad en el Hemisferio; y

Que la aplicación de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad, por medio de acciones prácticas y útiles, facilitará futuros procesos de cooperación de mayor alcance en ámbitos tales como el control de armamentos y la seguridad hemisférica; y

TOMANDO NOTA CON SATISFACCIÓN del informe del Consejo Permanente sobre las actividades de la Comisión de Seguridad Hemisférica (AG/doc. 3718/98),

RESUELVE:

1. Instar a los Estados miembros a que apliquen de la manera que consideren más apropiada las recomendaciones de las Declaraciones de San Salvador y de Santiago sobre Medidas de Fomento de la Confianza y de la Seguridad y de la resolución AG/RES. 1179 (XXII-O/92).

2. Exhortar igualmente a todos los Estados miembros a que continúen proporcionando a la Secretaría General, antes del 15 de abril de cada año, información sobre la aplicación de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad para facilitar, en particular, la preparación del inventario completo y sistemático de dichas medidas, a la luz de lo dispuesto en las Declaraciones de San Salvador y de Santiago y en las resoluciones AG/RES. 1284 (XXIV-O/94) y AG/RES. 1288 (XXIV-O/94).

3. Instar a los Estados miembros a que continúen promoviendo la transparencia en materia de políticas de defensa, entre otros aspectos, en lo que se refiere a la modernización de las Fuerzas Armadas, a la comparación del gasto militar en la región y al perfeccionamiento del Registro de Armas Convencionales de las Naciones Unidas.

4. Reiterar la importancia de que todos los Estados miembros participen plenamente en el Registro de Armas Convencionales de las Naciones Unidas y de que proporcionen la información requerida para la elaboración del Informe Internacional Estandarizado sobre Gastos Militares, de acuerdo con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

5. Renovar su solicitud a los Estados miembros para que proporcionen al Secretario General de la OEA, a más tardar el 15 de junio de cada año, la información a la que se refiere el párrafo precedente.

6. Encomendar al Consejo Permanente que realice una reunión con la participación de expertos de los Estados miembros que hayan participado en el grupo de expertos gubernamentales sobre el Registro de Armas Convencionales de las Naciones Unidas, para que proporcionen información sobre los resultados de la labor del grupo, y que promueva una sesión especial de la Comisión de Seguridad Hemisférica con el fin de intercambiar ideas sobre la mejor manera de aumentar la participación en dicho Registro.

7. Solicitar al Consejo Permanente que, por conducto de la Comisión de Seguridad Hemisférica, y con el apoyo de la Secretaría General, inicie contactos para facilitar la celebración, lo más pronto posible, de la reunión de parlamentarios sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad prevista en la Declaración de San Salvador.

8. Instar nuevamente a los Estados miembros a que continúen con las consultas y el intercambio de ideas dentro del Hemisferio para avanzar en la limitación y el control de armas convencionales en la región, y encomendar al Consejo Permanente que, a través de la Comisión de Seguridad Hemisférica, procure avanzar en el desarrollo del enfoque más apropiado que permita fortalecer, a nivel hemisférico, el diálogo tendiente a abordar las cuestiones relativas al tratamiento de las armas convencionales.

9. Encomendar al Consejo Permanente que, por conducto de la Comisión de Seguridad Hemisférica, procure avanzar en el desarrollo del enfoque más apropiado en el ámbito hemisférico que permita fortalecer el diálogo tendiente a abordar las cuestiones relativas al tratamiento de las armas ligeras y su tráfico ilícito.

10. Encomendar al Consejo Permanente que celebre anualmente una sesión especial de la Comisión de Seguridad Hemisférica, con la participación de expertos, dedicada a analizar e intercambiar información sobre las medidas de fomento de la confianza y de la seguridad identificadas en las Declaraciones de San Salvador y de Santiago y en los mandatos pertinentes de la Asamblea General y destinada a evaluar su progreso e implementación en el Hemisferio.

11. Encargar a la Secretaría General que actualice anualmente, con base en la información presentada por los Estados miembros, el registro de expertos sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad y que lo distribuya a los Estados miembros antes del mes de junio de cada año.

12. Exhortar a los Estados miembros a intercambiar experiencias sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad, con el fin de fortalecer la paz y la seguridad en el ámbito internacional.

13. Estimular el intercambio de experiencias en materia de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad con otras regiones, que incluya, cuando se estime oportuno, la participación en calidad de observador de la Comisión de Seguridad Hemisférica en reuniones de otras organizaciones internacionales que trabajen en la materia, entre ellas la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos.

14. Encomendar al Consejo Permanente que considere, a través de la Comisión de Seguridad Hemisférica, la posibilidad de realizar, en el momento oportuno, otra conferencia regional sobre medidas de fomento de la confianza y de la seguridad, así como otra reunión de alto nivel sobre las preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares y que informe al respecto a la Asamblea General.

15. Encomendar al Consejo Permanente que, a través de la Comisión de Seguridad Hemisférica,

a. Efectúe el seguimiento y profundización de los temas relativos a medidas de fomento de la confianza y seguridad;

b. Realice un análisis sobre el significado, alcance y proyección de los conceptos de seguridad internacional en el Hemisferio, con el propósito de desarrollar los enfoques comunes más apropiados que permitan abordar sus diversos aspectos, incluidos el desarme y el control de armamentos; y

c. Identifique las formas de revitalizar y fortalecer las instituciones del sistema interamericano relacionadas con los distintos aspectos de la seguridad hemisférica.

16. Celebrar, una vez culminada las tareas previstas en el párrafo precedente, la Conferencia Especial sobre Seguridad.

17. Reiterar su invitación a la Junta Interamericana de Defensa para que, en los términos de la resolución AG/RES. 1240 (XXIII-O/93), brinde asesoramiento y preste servicios de carácter consultivo a la Comisión de Seguridad Hemisférica en materia de medidas de fomento de la confianza y de la seguridad de carácter militar y solicitarle que mantenga actualizado el inventario de dichas medidas y que elabore un proyecto de pautas para la presentación estandarizada de la información que los Estados miembros proporcionan en cumplimiento de la resolución AG/RES. 1409 (XXVI-O/96).

18. Encargar al Secretario General que, de acuerdo con los recursos presupuestarios disponibles, brinde apoyo especializado a la Comisión de Seguridad Hemisférica y fortalezca el de carácter técnico-administrativo que ya existe, a fin de que la Comisión pueda cumplir con los mandatos que le ha confiado la Asamblea General y la Segunda Cumbre de la Américas, e informar al Consejo Permanente sobre este mandato antes de la primera reunión de dicha Comisión luego del vigésimo octavo período ordinario de sesiones de la Asamblea General.

19. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General sobre la implementación de la presente resolución.

20. Transmitir la presente resolución al Secretario General de las Naciones Unidas y a otras organizaciones regionales pertinentes.