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AG/RES. 1559 (XXVIII-O/98)DESARROLLO JURÍDICO DE LA INTEGRACIÓN
(Resolución aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 2 de junio de 1998)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTO el informe del Consejo Permanente sobre Desarrollo Jurídico de la Integración;
TENIENDO EN CUENTA que la Asamblea General en su vigésimo séptimo período ordinario de sesiones, mediante la resolución AG/RES. 1493 (XXVII-0/97) "Desarrollo Jurídico de la Integración", en su párrafo dispositivo 2 recomendó al Consejo Permanente que "elabore un plan de trabajo en esta área con base en las recomendaciones hechas en la Reunión de Expertos del Grupo de Trabajo sobre Desarrollo Jurídico de la Integración"; y
TENIENDO EN CUENTA ADEMÁS la Declaración de la Segunda Cumbre de las Américas realizada en Santiago de Chile, en abril de 1998, en la cual se reafirma la constitución de un área de libre comercio hemisférica para el año 2005,
RESUELVE:
1. Solicitar a la Secretaría General de la OEA que, a través de sus dependencias y en coordinación con otras instituciones, elabore o recopile, según sea el caso, la documentación necesaria que permita seguir profundizando y efectúe recomendaciones en los siguientes temas:
a. Un análisis comparativo de las normas legales relevantes de los Estados miembros y la incidencia jurídica de las mismas en la constitución de un área de libre comercio hemisférica;
b. Un análisis sobre los mecanismos e instrumentos jurídicos que podrían ser necesarios para permitir la coexistencia de los acuerdos bilaterales y subregionales con la conformación de un área de libre comercio hemisférica;
c. Una lista de los derechos y obligaciones que derivan de los acuerdos bilaterales y subregionales y un listado de los instrumentos jurídicos necesarios para el establecimiento de un área de libre comercio hemisférica;
2. Solicitar a la Secretaría General que presente los estudios y recomendaciones arriba mencionados a la consideración del Consejo Permanente antes del 1 de junio de 1999.
3. Encomendar al Consejo Permanente que para el segundo semestre del año 1999 elabore, teniendo en cuenta entre otros aspectos las recomendaciones que se desprendan de dichos estudios, el temario para una reunión de autoridades gubernamentales y otros expertos, de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos, la que deberá ser convocada en el primer trimestre del año 2000, en seguimiento de la realizada en el mes de marzo de 1997 en la ciudad de Montevideo, Uruguay.
4. Encomendar al Consejo Permanente que informe oportunamente a la Asamblea General sobre el cumplimiento de la presente resolución.