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AG/RES. 1543 (XXVIII-O/98)ADOPCIÓN DEL REGLAMENTO MODELO DE LA CICAD PARA EL CONTROL DEL TRÁFICO INTERNACIONAL DE ARMAS DE FUEGO, SUS PARTES Y COMPONENTES Y MUNICIONES
(Resolución aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 2 de junio de 1998)
LA ASAMBLEA GENERAL,
VISTAS las recomendaciones y observaciones del Consejo Permanente a los informes anuales ante él sometidos, de acuerdo con el artículo 91(f) de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (AG/doc. 3698/98), y en particular a aquellos referidos al informe anual de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) (CP/doc. 3008/98);
RECORDANDO las resoluciones de la Asamblea General AG/RES. 1045 (XX-O/90), AG/RES. 1115 (XXI-O/91) y AG/RES. 1197 (XXII-O/92) en las cuales se dispuso que la CICAD llevase a cabo estudios, realizara seminarios-taller y estableciese un Grupo de Expertos que tratara por medio de un Reglamento Modelo el control del comercio transnacional ilegal de armas de fuego y explosivos y su conexión con el tráfico ilícito de armas;
RECONOCIENDO la importancia dada a los esfuerzos realizados por la CICAD en pos de la creación del mencionado Reglamento Modelo tal como fuera reiterado en la resolución de la Asamblea General AG/RES. 1445 (XXVII-O/97);
TOMANDO NOTA de que el mencionado Reglamento Modelo fue creado de acuerdo a como fue adoptado por la CICAD en su vigésimo segundo período ordinario de sesiones realizado en Lima, Perú, en 1997; y
TOMANDO NOTA ADEMÁS que una vez que el Reglamento Modelo fue adoptado por la CICAD, la Asamblea General, mediante la resolución AG/RES. 1 (XXIV-E/97) de su vigésimo cuarto período extraordinario de sesiones realizado en Washington, D.C., el 13 de noviembre de 1997, adoptó la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados;
RESUELVE:
1. Adoptar el Reglamento Modelo para el Control del Tráfico Internacional de Armas de Fuego, sus Partes y Componentes y Municiones, como fuera adoptado en el vigésimo segundo período ordinario de sesiones de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) realizado en noviembre de 1997 en Lima, Perú.
2. Alentar a los Estados miembros a aplicar el Reglamento Modelo como lo consideren apropiado.
3. Elogiar al Grupo de Expertos de la CICAD por el trabajo realizado en la creación del Reglamento Modelo.
4. Solicitar al Grupo de Expertos que celebre otras reuniones en el futuro con el propósito de mejorar la eficacia de este Reglamento Modelo.