Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1445 (XXVII-O/97)

CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA PRODUCCIÓN Y EL TRÁFICO ILÍCITOS DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES RELACIONADOS

(Resolución aprobada en la tercera sesión plenaria, celebrada el 2 de junio de 1997)

LA ASAMBLEA GENERAL,

PROFUNDAMENTE PREOCUPADA por el incremento en la región de la producción y el tráfico ilícitos de armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados y por su clara vinculación con el narcotráfico, el terrorismo y el crimen organizado;

CONSTERNADA por el impacto negativo que la producción y el tráfico ilícitos de armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados tienen en nuestra región en la seguridad de las personas y la integridad de nuestras instituciones;

CONSCIENTE de la necesidad urgente de impedir, combatir y erradicar la producción y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados;

RECORDANDO que entre los propósitos de la Organización de los Estados Americanos se encuentra alcanzar una efectiva limitación de armamentos convencionales que permita dedicar el mayor número de recursos al desarrollo económico y social;

CONSIDERANDO la decisión de los Jefes de Estado y de Gobierno, reunidos en la Cumbre de las Américas en Miami en 1994, de fortalecer los esfuerzos para controlar las armas de fuego, las municiones y los explosivos, a fin de evitar que caigan en manos de los traficantes de drogas y de las organizaciones criminales;

TOMANDO EN CUENTA el comunicado de la Décima Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Mecanismo de Consulta y Concertación Política (Grupo de Río) emitido en la ciudad de Cochabamba, Bolivia, el 4 de septiembre de 1996, donde consideraron la conveniencia de elaborar un proyecto de convención que impida la producción y el tráfico ilícito de armas en la región;

ACOGIENDO CON BENEPLÁCITO las recientes declaraciones de Jefes de Estado o de Gobierno del Hemisferio sobre este problema y, en particular, la Declaración de Principios de Bridgetown, firmada el 10 de mayo de 1997 por los mandatarios del Caribe y de los Estados Unidos, en la que reconocieron que la conclusión de un instrumento internacional que establezca derechos y obligaciones será una de las herramientas efectivas para luchar contra el tráfico ilícito de armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados y que, para este fin, decidieron trabajar hacia la pronta adopción de un acuerdo internacional sobre la materia;

AGRADECIENDO a los países miembros del Mecanismo de Consulta y Concertación Política (Grupo de Río) que hayan presentado un proyecto de convención interamericana contra la producción y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados;

RECORDANDO que el Consejo Permanente constituyó un Grupo de Trabajo para estudiar y considerar un proyecto de convención interamericana contra la producción y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados y otras acciones apropiadas;

RECONOCIENDO los esfuerzos de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas para formular reglamentos modelo en áreas relacionadas con este proyecto de Convención; y

APRECIANDO que el interés por lograr esta Convención haya originado la presentación de numerosas propuestas en la última reunión del Grupo de Trabajo,

RESUELVE:

1. Tomar nota con satisfacción del informe del Consejo Permanente sobre el desarrollo de las labores del Grupo de Trabajo, que celebró varias reuniones en que se consideraron numerosas propuestas.

2. Encomendar al Consejo Permanente que, a través de su Grupo de Trabajo y con la participación de expertos gubernamentales, intensifique las labores para concluir una Convención Interamericana contra la Producción y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados, con miras a someterla a la consideración de los Estados miembros en el otoño de 1997.

3. Solicitar al Consejo Permanente que, una vez concluido el texto de la Convención, convoque un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General con el objeto de aprobar y abrir a la firma dicho instrumento en 1997.

4. Expresar su agradecimiento a la Secretaría General por la cooperación prestada en el desarrollo de estos trabajos y solicitarle que continúe apoyándolos.