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AG/RES. 1522 (XXVII-O/97)EL INSTITUTO INTERAMERICANO DEL NIÑO Y LA ACCIÓN CONCERTADA EN FAVOR DE LA NIÑEZ DE LAS AMÉRICAS
(Resolución aprobada en la séptima sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 1997)
LA ASAMBLEA GENERAL,
CONSIDERANDO:
Que la situación social de las Américas presenta un panorama con persistentes signos de inequidad y que la pobreza, fuente de riesgo para la consolidación de la democracia y del desarrollo económico regional, continúa siendo el factor con más incidencia en los desajustes sociales, aunque las perspectivas futuras son algo más alentadoras;
Que la niñez constituye el sector más desprotegido, ameritando la urgente e impostergable intervención del Estado y de la sociedad civil para procurar restablecer el equilibrio que debe existir entre todos los componentes de la sociedad;
Que la pérdida de calidad de vida en las ciudades ha llevado a que las vivencias callejeras sean la principal causa del incremento, en niños de edades cada vez más tempranas, de la delincuencia, el alcoholismo, la explotación sexual, la prostitución, el embarazo precoz y el trabajo infantil, entre otras situaciones de similar impacto negativo;
Que la carencia de políticas educacionales adecuadas a los nuevos tiempos y el bajo nivel de gasto público en el sector son motivo de preocupación, apreciándose con inquietud que la región de América Latina y el Caribe gasta menos por alumno que cualquier otra región del mundo;
Que la Convención sobre los Derechos del Niño constituye un nuevo paradigma de importante contenido normativo que transciende lo estrictamente jurídico y constituye también una exigencia para el desarrollo de políticas sociales que apunten a la integración de todos los niños y jóvenes y a la igualdad de oportunidades entre ellos, así como a la participación del sector privado en el desarrollo de estas políticas tendientes a obtener el bienestar colectivo;
Que dicho convenio internacional ha sido suscrito por todos los gobiernos de la región y ratificado por prácticamente todos los Estados miembros;
Que el Instituto Interamericano del Niño, creado por el Cuarto Congreso Panamericano del Niño en 1924 y fundado en 1927 con sede en Montevideo, es un Organismo Especializado de la Organización de los Estados Americanos, que dirige su actividad a la temática de la niñez y la familia;
Que el Instituto Interamericano del Niño ha desarrollado una significativa labor a lo largo de siete décadas con programas, proyectos y actividades dirigidos a la niñez de las Américas;
Que, en junio de 1963, el Consejo de la Organización aprobó el Estatuto del Instituto Interamericano del Niño, el cual confirma su carácter de Organismo Especializado y ratifica que la Oficina del mismo funciona adscrita a la Secretaría General de la OEA;
Que la vigencia de este organismo y la importancia de su programación se fortalecen con las directrices políticas que inspiran y orientan su acción, entre las que se encuentran fundamentalmente ligar la tarea del Instituto Interamericano del Niño a los procesos de consolidación democrática, colocando especial acento en que el interés superior del niño es también el interés superior del sistema democrático; transitar desde la etapa del reconocimiento y promoción de los derechos de los niños a la de su protección inmediata; e incentivar los mecanismos de cooperación horizontal entre países de la región, todas las cuales fueron acordadas por el Consejo Directivo;
Que otros organismos del sistema interamericano desarrollan actividades que atienden directa o indirectamente los problemas descritos, tanto en lo que tienen que ver con los derechos de la niñez como con los distintos aspectos que inciden en su desarrollo social y económico; y
Que, por otra parte, el tema de la infancia ha adquirido una relevancia cada vez mayor en la agenda de la región y será tratado en la Segunda Cumbre Regional para la Infancia para América del Sur y el Caribe, que tendrá lugar en Cartagena de Indias, Colombia, del 1 al 3 de marzo de 1998,
RESUELVE:
1. Reconocer los importantes logros alcanzados por el Instituto Interamericano del Niño durante sus setenta años de labor.
2. Hacer un llamado a los Estados miembros, a los organismos del sistema interamericano, a la sociedad en su conjunto y a la comunidad internacional, incluidos los sectores público y privado, para realizar un esfuerzo concertado que promueva la vigencia y efectividad de los derechos de las niñas y los niños de las Américas, de modo que sus intereses específicos puedan ser integrados y universalizados, fortaleciendo la visibilidad política de este sector, cuya importancia estratégica se asocia al progreso real y efectivo de la humanidad.
3. Encomendar al Instituto Interamericano del Niño que realice un inventario de todas las actividades de los órganos y organismos del sistema interamericano referidas a la situación de la niñez.
4. Encomendar al Instituto Interamericano del Niño que, sobre la base del inventario mencionado en el punto anterior, eleve a la consideración de esta Asamblea General en su próximo período de sesiones un proyecto de acción concertada para la niñez de las Américas que propugne el mejoramiento de las condiciones de vida de las niñas y los niños de la región, tanto en el plano social como en el económico, el educativo, el científico y el tecnológico, y la plena vigencia de todos sus derechos.
5. Encomendar al Instituto Interamericano del Niño que promueva la más amplia participación en la Segunda Cumbre Regional para la Infancia para América del Sur y el Caribe y que presente un informe acerca de las deliberaciones y recomendaciones adoptadas en esta Cumbre a la Asamblea General en su vigésimo octavo período ordinario de sesiones.
6. Disponer que las actividades a que se refiere la presente resolución se ejecuten de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos.