Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1501 (XXVII-O/97)

SOLIDARIDAD GLOBAL EN ASUNTOS HEMISFÉRICOS

(Resolución aprobada en la séptima sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 1997)

LA ASAMBLEA GENERAL,

TENIENDO PRESENTE:

Que, en el artículo 1 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, los Estados americanos consagran "la organización internacional que han desarrollado para lograr un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración y defender su soberanía, su integridad territorial y su independencia"; y que en su artículo 2 establece como propósitos esenciales de la Organización de los Estados Americanos, entre otros, "afianzar la paz y la seguridad del Continente, promover y consolidar la democracia representativa dentro del respeto al principio de no intervención y promover, por medio de la acción cooperativa, su desarrollo económico, social y cultural";

Que la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre establece "que los pueblos americanos han dignificado la persona humana y que sus constituciones nacionales reconocen que las instituciones jurídicas y políticas, rectoras de la vida en sociedad, tienen como fin principal la protección de los derechos esenciales del hombre y la creación de circunstancias que le permitan progresar espiritual y materialmente y alcanzar la felicidad";

Que la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece en su artículo 1 que "los Estados partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social";

CONSIDERANDO:

Que, en el Compromiso de Santiago con la Democracia y la Renovación del Sistema Interamericano, los Ministros de Relaciones Exteriores y Jefes de Delegación al vigésimo primer período ordinario de sesiones de la Asamblea General declararon "su compromiso indeclinable con la defensa y promoción de la democracia representativa y de los derechos humanos en la región, dentro del respeto a los principios de libre determinación y no intervención";

Que, en la Declaración de Nassau, los Ministros de Relaciones Exteriores y Jefes de Delegación al vigésimo segundo período ordinario de sesiones de la Asamblea General declararon "su compromiso renovado e indeclinable con el fortalecimiento, la defensa y la promoción de la democracia representativa y los derechos humanos en el Hemisferio, y el imperio de la ley dentro del marco de los principios de autodeterminación, no intervención y solidaridad, consagrados en la Carta de la OEA", así como "su decisión de continuar el proceso de consultas sobre cooperación para la seguridad hemisférica, con un compromiso renovado hacia la solidaridad democrática";

Que, en la Declaración de Managua para la Promoción de la Democracia y el Desarrollo, los Ministros de Relaciones Exteriores y Jefes de Delegación al vigésimo tercer período ordinario de sesiones de la Asamblea General declararon "la necesidad de consolidar, en el contexto de la identidad cultural de cada una de las nacionales del Hemisferio, estructuras y sistemas democráticos que alienten la libertad y la justicia social, salvaguarden los derechos humanos y favorezcan el progreso", así como "su compromiso de continuar y profundizar el diálogo sobre seguridad hemisférica entre los Estados miembros, desde una perspectiva integral y actualizada que tenga en cuenta la nueva situación internacional con la finalidad de consolidar la tradición pacífica de nuestro Hemisferio y contribuir activamente a la seguridad internacional y a la paz mundial";

Que, en la Declaración de Belém do Pará, los Ministros de Relaciones Exteriores y Jefes de Delegación al vigésimo cuarto período ordinario de sesiones de la Asamblea General declararon "su firme compromiso de fortalecer la OEA como principal foro hemisférico de concertación política, de modo que pueda apoyar la realización de las aspiraciones de los Estados miembros de promoción y consolidación de la paz, la democracia, la justicia social y el desarrollo";

Que, en la Declaración de Montrouis: Una nueva visión de la OEA, los Ministros de Relaciones Exteriores y Jefes de Delegación al vigésimo quinto período ordinario de sesiones de la Asamblea General declararon "su compromiso con la preservación de la paz y la seguridad, y con la promoción de la democracia, los derechos humanos, la justicia social y el desarrollo, reiterando su voluntad de fortalecer la Organización de los Estados Americanos, principal foro político del Hemisferio, para que pueda brindar a los Estados miembros la cooperación necesaria que les permita alcanzar estos fines"; y

Que, en la Declaración de Principios de la Cumbre de las Américas, "los Jefes de Estado y de Gobierno elegidos de las Américas asumieron el compromiso de fomentar la prosperidad, los valores y las instituciones democráticas y la seguridad de nuestro Hemisferio" y reiteraron su "firme adhesión a los principios del derecho internacional y a los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y en la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA), incluidos los de la igualdad soberana de los Estados, la no intervención, la autodeterminación de los pueblos y la solución pacífica de controversias",

RESUELVE:

1. Exhortar a los Estados miembros a que mantengan una cooperación recíproca, con miras al fomento de la paz y la seguridad en el Continente, fundamentada entre otros en los siguientes elementos:

a. respeto a la soberanía y a la no intervención en los asuntos internos de los Estados;

b. respeto al principio de la igualdad jurídica de los Estados;

c. fortalecimiento y desarrollo de las instituciones democráticas;

d. promoción del desarrollo integral y del desarrollo sostenible, sobre bases justas y solidarias;

e. respeto a los derechos humanos con especial atención a los derechos sociales, políticos y económicos; y

f. atención especial a las necesidades de las poblaciones y regiones menos favorecidas.

2. Reafirmar la convicción de que la seguridad y el bienestar de los pueblos requiere medidas de carácter socioeconómico que favorezcan el mejoramiento de las condiciones de vida de las poblaciones y eliminen las desigualdades sociales y regionales.

3. Instar a los Estados miembros a que, con el propósito de consolidar las conquistas en los campos de la democracia, los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como para estimular la solidaridad entre los pueblos de las Américas incluyan, cuando aún no lo hayan hecho, en los programas de formación, capacitación y perfeccionamiento de las respectivas fuerzas armadas, policíacas y de seguridad, disciplinas relativas a los elementos enunciados en el párrafo 1.

4. Exhortar a los Estados miembros a mantenerse recíprocamente informados de las medidas adoptadas con miras a la implementación de esta resolución, y a informar al Consejo Permanente al respecto.

5. Solicitar al Consejo Permanente que transmita a la Asamblea General los comentarios y observaciones que consideren necesarios con relación a la implementación de esta resolución.