Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1492 (XXVII-O/97)

COOPERACIÓN HEMISFÉRICA PARA PREVENIR, COMBATIR Y ELIMINAR EL TERRORISMO

(Resolución aprobada en la séptima sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 1997)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el informe del Consejo Permanente sobre la cooperación hemisférica para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo (AG/doc.3490/97 corr. 2);

RECORDANDO la resolución AG/RES. 1399 (XXVI-O/96), mediante la cual se solicitó al Consejo Permanente que considerara la convocatoria de una reunión de expertos gubernamentales para examinar los medios que permitan mejorar el intercambio de información y otras medidas de cooperación entre los Estados miembros con el fin de prevenir, combatir y eliminar el terrorismo;

TENIENDO EN CUENTA la Declaración y el Plan de Acción sobre Cooperación Hemisférica para Prevenir, Combatir y Eliminar el Terrorismo adoptados en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Terrorismo, celebrada en Lima en 1996;

TENIENDO PRESENTE:

Que mediante su resolución CP/RES. 700 (1108/97), el Consejo Permanente convocó la citada reunión de expertos gubernamentales y aprobó el temario de la misma;

Que la referida reunión de expertos gubernamentales se realizó en Washington, D.C., el 5 y 6 de mayo de 1997; y

CONSIDERANDO que en el Plan de Acción sobre Cooperación Hemisférica para Prevenir, Combatir y Eliminar el Terrorismo se recomienda, entre otras medidas, que en el marco de la OEA se efectúe el seguimiento de los avances del cumplimiento de dicho Plan de Acción, que se promueva "la pronta suscripción, ratificación y/o adhesión de los convenios internacionales relacionados con el terrorismo, de acuerdo con sus respectivas legislaciones internas" y que se inicie "en el marco de la OEA y a la luz de la evaluación de los instrumentos internacionales existentes, el estudio de la necesidad y conveniencia de una nueva convención interamericana sobre terrorismo",

RESUELVE:

1. Reiterar la importancia de la Declaración y el Plan de Acción sobre Cooperación Hemisférica para Prevenir, Combatir y Eliminar el Terrorismo adoptados en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Terrorismo, celebrada en Lima en 1996.

2. Reiterar asimismo que la vigencia del derecho internacional, el pleno respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, el respeto a la soberanía de los Estados, el principio de no intervención y el estricto cumplimiento de los derechos y deberes de los Estados consagrados en la Carta de la OEA constituyen el marco global para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo.

3. Reiterar además su más enérgica condena de todas las formas de terrorismo, cualesquiera sean sus agentes o modalidades, y repudiar estos actos que tienen graves consecuencias y que, como fue señalado en el Plan de Acción de la Cumbre de las Américas, "constituyen una violación sistemática y deliberada de los derechos de los individuos".

4. Tomar nota del informe del Consejo Permanente sobre cooperación hemisférica para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo y expresar, en particular, su satisfacción por los resultados de la Reunión de Expertos Gubernamentales para Examinar los Medios que Permitan Mejorar el Intercambio de Información y Otras Medidas de Cooperación entre los Estados miembros con el Fin de Prevenir, Combatir y Eliminar el Terrorismo.

5. Encomendar al Consejo Permanente que estudie las recomendaciones y propuestas formuladas por la citada Reunión de Expertos Gubernamentales y, en particular, la propuesta sobre el establecimiento de un "directorio de competencias" que tenga como propósito mejorar la cooperación entre los Estados miembros con el fin de prevenir, combatir y eliminar el terrorismo.

6. Encomendar al Consejo Permanente que siga considerando los medios y mecanismos apropiados para el seguimiento de las medidas recomendadas en el Plan de Acción sobre Cooperación Hemisférica para Prevenir, Combatir y Eliminar el Terrorismo y que presente un informe sobre los progresos y resultados obtenidos a la Asamblea General en su vigésimo octavo período ordinario de sesiones.

7. Exhortar a los Estados miembros que aún no lo hubieran hecho a firmar, ratificar y/o adherir, de acuerdo con sus respectivas legislaciones internas, a los convenios internacionales relacionados con el terrorismo citados en la resolución 51/210 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

8. Encomendar al Comité Jurídico Interamericano que continúe el estudio del tema "Cooperación interamericana para enfrentar el terrorismo" a la luz de los documentos adoptados en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Terrorismo.