Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1459 (XXVII-O/97)

COMBATE AL LAVADO DE DINERO

(Resolución aprobada en la sexta sesión plenaria, celebrada el 4 de junio de 1997)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTOS:

El informe del Consejo Permanente acerca de la necesidad de estudiar y convenir una respuesta hemisférica coordinada, que incluya la consideración de una convención interamericana para combatir el lavado de dinero (AG/doc.3541/97); y

La resolución AG/RES. 1396 (XXVI-O/96), "Combate al lavado de dinero", que encomendó al Grupo de Trabajo sobre Lavado de Dinero del Consejo Permanente que continúe la consideración de una convención interamericana para combatir el lavado de dinero;

CONSIDERANDO:

La decisión de los Jefes de Estado y de Gobierno en la Cumbre de las Américas de 1994, respecto a la necesidad de celebrar "una conferencia de trabajo, seguida de una conferencia ministerial, para estudiar y convenir en una respuesta hemisférica coordinada, que incluya la consideración de una convención interamericana para combatir el lavado de dinero";

La recomendación de la Conferencia Ministerial Concerniente al Lavado de Dinero e Instrumentos del Delito, celebrada en Buenos Aires el 2 de diciembre de 1995, mediante la cual, con el propósito de dar pleno cumplimiento al mandato otorgado por los Jefes de Estado y de Gobierno, se encomendó el establecimiento de un grupo de trabajo en el ámbito de la OEA para considerar la propuesta de una convención interamericana para combatir el lavado de dinero e identificar las prioridades para la armonización básica de las leyes nacionales;

REAFIRMANDO que la transferencia, el cambio y la inversión de fondos ilícitos provenientes del tráfico de drogas y de otras actividades ilegales constituyen un delito grave y un desafío al cumplimiento de las leyes y pueden poner en peligro los sistemas financieros y de comercio; y

TENIENDO PRESENTE el trabajo desarrollado por la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) y especialmente su decisión de convocar al Grupo de Expertos que elaboró el Reglamento Modelo sobre Delitos de Lavado Relacionados con el Tráfico Ilícito de Drogas y Delitos Conexos a fin de que continúe la elaboración de un plan de acción de la CICAD para poner en práctica las recomendaciones de la Conferencia Ministerial de diciembre de 1995 en Buenos Aires,

RESUELVE:

1. Recibir con satisfacción el informe del Consejo Permanente sobre la labor que lleva a cabo su Grupo de Trabajo encargado de estudiar y convenir en una respuesta hemisférica coordinada, que incluya la consideración de una convención interamericana para combatir el lavado de dinero y, asimismo, la identificación de las prioridades para la armonización básica de las leyes nacionales con el mismo propósito.

2. Tomar nota del interés expresado por la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) de apoyar a los países en la evaluación que éstos realicen para implementar el Plan de Acción de Buenos Aires, así como de su interés en colaborar, en los temas de su competencia, con el Grupo de Trabajo sobre Lavado de Dinero.

3. Extender el mandato otorgado al Grupo de Trabajo sobre Lavado de Dinero en el sentido de que continúe la consideración de una convención interamericana para combatir el lavado de dinero.

4. Solicitar al Grupo de Expertos de la CICAD que examine, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva y desde su óptica eminentemente técnica, los diversos instrumentos nacionales e internacionales vigentes sobre la materia y presente un informe analítico-técnico que sirva de base para el análisis que haga el Grupo de Trabajo sobre Lavado de Dinero y las decisiones que éste tome.

5. Instar a todos los gobiernos a que, de conformidad con su ordenamiento jurídico interno, adopten a la brevedad posible las medidas necesarias para reforzar sus sistemas legales, judiciales y administrativos y desarrollen los mecanismos necesarios para establecer una estrecha cooperación internacional, que incluya el intercambio de información y pruebas, con el objeto de poner fin al lavado de dinero y al producto e instrumentos utilizados en esa actividad delictiva.

6. Solicitar al Consejo Permanente que presente un informe sobre el cumplimiento de la presente resolución a la Asamblea General en su vigésimo octavo período ordinario de sesiones.