Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1456 (XXVII-O/97)

PROMOCIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER "CONVENCIÓN DE BELÉM DO PARÁ"

(Resolución aprobada en la sexta sesión plenaria, celebrada el 4 de junio de 1997)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTA la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belém do Pará", adoptada por aclamación el 9 de junio de 1994 en el vigésimo cuarto período ordinario de sesiones, la cual fue la primera convención del mundo sobre la violencia contra la mujer;

CONSIDERANDO:

Que en el Plan de Acción adoptado en la Cumbre de las Américas, celebrada en Miami en 1994, los Jefes de Estado y de Gobierno acordaron fomentar, según fuera el caso, la ratificación y la observancia de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer;

Que la Declaración de Montrouis: Una nueva visión de la OEA reconoció la dignidad de la mujer y su aporte a la sociedad, que exige la adopción de políticas dirigidas a fomentar su participación activa que le permitan disfrutar plenamente de todos sus derechos y desarrollar sus potencialidades, y en este contexto apoyó la labor de la Comisión Interamericana de Mujeres; y

Que la adopción de la Convención de Belém do Pará demuestra que los Estados miembros reconocen la existencia del problema de la violencia contra la mujer y están decididos a lograr avances al respecto,

RESUELVE:

1. Encomendar a la Secretaría Permanente de la Comisión Interamericana de Mujeres que, con objeto de asegurar el seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, presente a la Asamblea General informes bienales sobre los avances logrados en la aplicación de la Convención y sobre las experiencias y resultados obtenidos mediante las iniciativas y programas llevados a cabo en los Estados miembros para combatir la violencia contra la mujer.

2. Alentar a los Estados miembros a tomar las medidas pertinentes para asegurar la incorporación de los principios y objetivos de la Convención de Belém do Pará a sus sistemas jurídicos, a fin de eliminar la discriminación y desigualdad que aún existan en sus leyes nacionales.