Resoluciones Asamblea General


AG/DEC. 14 (XXVII-O/97)

DECLARACIÓN PARA AFIRMAR EL RESPETO POR LA PERSONALIDAD, LA SOBERANÍA Y LA INDEPENDENCIA DE LOS ESTADOS

(Aprobada en la segunda sesión plenaria, celebrada el 2 de junio de 1997)

LA ASAMBLEA GENERAL,

RECORDANDO los principios enunciados en la Carta de la Organización de los Estados Americanos;

REAFIRMANDO, en los términos de la Carta, que el derecho internacional es norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas y que el orden internacional está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, la soberanía y la independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional;

RECONOCIENDO que las controversias de carácter internacional que surjan entre los Estados americanos deben ser resueltas mediante procedimientos pacíficos, sin recurrir a coerción o sanciones, y que los problemas hemisféricos de carácter multilateral deben ser resueltos mediante esfuerzos multilaterales y no mediante la acción unilateral de los Estados;

RECONOCIENDO ADEMÁS que los Estados americanos enfrentan un enemigo común en la forma del tráfico ilícito de drogas, el cual trasciende las fronteras nacionales y cuya erradicación requiere la voluntad de cooperación y colaboración de todos los Estados;

CONVENCIDA de que una mayor cooperación entre los Estados americanos en materia de medidas de interdicción del tráfico de drogas eliminará de la región la amenaza del narcotráfico y el lavado de dinero y contribuirá al bienestar común y a la prosperidad de los pueblos del Hemisferio;

RECORDANDO la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 24 de octubre de 1970;

RECORDANDO TAMBIÉN la Declaración sobre la Prohibición de la Coacción Militar, Política o Económica en la Celebración de Tratados, aprobada por la Conferencia de Viena sobre el Derecho de los Tratados, de 1968-69;

RECORDANDO ADEMÁS el Consenso de Panamá (AG/DEC. 10 (XXVI-O/96)), aprobado en su vigésimo sexto período ordinario de sesiones;

RECORDANDO que la Estrategia Antidrogas en el Hemisferio fue suscrita por los países miembros en la reunión celebrada en Montevideo, en diciembre de 1996; y

CONVENCIDA de que la reafirmación de los propósitos y principios de la Carta afianzará aún más los lazos de amistad y solidaridad entre los Estados americanos y fortalecerá la paz y la seguridad en el Hemisferio,

REAFIRMA el compromiso de los Estados miembros con los propósitos y principios de la Carta y afirma que, en el espíritu de la Cumbre de las Américas, se deben emprender esfuerzos multilaterales para resolver los problemas comunes.

EXHORTA a todos los Estados miembros a respetar la personalidad, soberanía e independencia de los Estados y a abstenerse de adoptar acciones unilaterales que no concuerden con los propósitos y principios de la Carta y que puedan perjudicar sus relaciones de amistad.

INSTA a los Estados miembros a cooperar y colaborar entre sí para desarrollar un esfuerzo concertado contra las drogas ilícitas de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, de 1988, y a apoyar las labores conducentes a la adecuada preparación del período extraordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas dedicado al combate contra la producción, la venta, la demanda, el tráfico y la distribución ilícitos de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y actividades relacionadas en 1998, y exhorta a los Estados miembros que aún no lo hayan hecho a que se hagan parte de esta Convención.

DECLARA que todas las disputas o controversias de carácter internacional que surjan entre los Estados americanos deben ser resueltas por procedimientos y medios pacíficos y no coercitivos, de conformidad con la letra y el espíritu de la Carta de la OEA.