Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1410 (XXVI-O/96)

PROMOCIÓN DE LA SEGURIDAD EN LOS PEQUEÑOS ESTADOS INSULARES

(Resolución aprobada en la octava sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 1996)

LA ASAMBLEA GENERAL,

CONSCIENTE de que la dimensión de los pequeños Estados insulares representa una situación especial de vulnerabilidad ante todas las formas de agresión;

TENIENDO PRESENTE el papel que le corresponde a la Organización de los Estados Americanos, conforme al artículo 1 de su Carta, para lograr un orden de paz y de justicia, defender la soberanía, la integridad territorial y la independencia de los Estados miembros;

RECORDANDO que el artículo 3 de la Carta de la OEA establece en su párrafo (b) que "el orden internacional está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional";

RECORDANDO TAMBIÉN la Declaración de Santiago sobre Medidas de Fomento de la Confianza y la Seguridad y, especialmente, sus recomendaciones de realizar seminarios, estudios y celebrar una reunión de alto nivel sobre las preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares;

TENIENDO PRESENTE el Programa de Acción formulado en la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, celebrada en Barbados en abril de 1994;

TOMANDO EN CUENTA que los pequeños Estados del Caribe consideran que los problemas de seguridad no se limitan únicamente a los aspectos militares sino que también incluyen el ámbito económico, social y natural; y

TOMANDO NOTA del informe del Relator sobre problemas especiales de los pequeños Estados del Hemisferio (CE/SH-39/94) y el informe titulado "Seguridad hemisférica: La seguridad de los Estados pequeños. Informe del Grupo del Commonwealth" (AG/doc.2838/92 add. 2),

RESUELVE:

1. Convocar a una sesión especial de la Comisión de Seguridad Hemisférica sobre las preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares, con la participación de expertos gubernamentales de los Estados miembros de la Organización, a celebrarse en Washington, D.C., del 7 al 8 de octubre de 1996.

2. Recomendar a la Secretaría General que provea los recursos adecuados de acuerdo a la disponibilidad existente para la celebración de la mencionada sesión especial.

3. Poner el informe final de la sesión especial a disposición de otras instituciones multilaterales interesadas tales como la Asociación de los Estados del Caribe, la CARICOM, el Sistema de la Integración Centroamericana, las Naciones Unidas, el Commonwealth y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa.

4. Continuar las consultas relativas a la celebración de una reunión de alto nivel sobre las preocupaciones especiales de seguridad de los pequeños Estados insulares, tomando en cuenta los resultados de la sesión especial de la Comisión de Seguridad Hemisférica sobre este tema.

5. Solicitar al Consejo Permanente que, a través de su Comisión de Seguridad Hemisférica, continúe la consideración del tema e informe a la Asamblea General en su vigésimo séptimo período ordinario de sesiones.