Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1397 (XXVI-O/96)

PROBIDAD Y ÉTICA CÍVICA

(Resolución aprobada en la octava sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 1996)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el informe del Consejo Permanente sobre probidad y ética cívica (AG/doc.3332/96 rev. 1);

TENIENDO PRESENTE:

Los principios y propósitos consagrados en la Carta de la Organización que en su preámbulo señala que "la democracia representativa es condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región" y que "la organización jurídica es una condición necesaria para la seguridad y la paz, fundadas en el orden moral y en la justicia";

Que los Jefes de Estado y de Gobierno, reunidos en la Cumbre de las Américas, celebrada en Miami en diciembre de 1994, expresaron que "el problema de la corrupción es hoy día un asunto de primordial interés no solamente en este Hemisferio, sino también en todas las regiones del mundo", agregando que "la corrupción en los sectores público y privado debilita la democracia y socava la legitimidad de los gobiernos e instituciones. La modernización del Estado, que incluya la desregulación, la privatización y la simplificación de los procedimientos gubernamentales, reduce las oportunidades de corrupción. En una democracia, todos los aspectos de la administración pública deben ser transparentes y estar abiertos al escrutinio público";

Que en sus documentos "Una nueva visión de la OEA", "Un plan de acción contra la corrupción", "El desarrollo jurídico de la integración" y "El derecho en un nuevo orden interamericano", el Secretario General sugiere actividades que podría desarrollar la Organización de los Estados Americanos a fin de combatir la corrupción;

Que se llevó a cabo el Seminario sobre Probidad y Ética Cívica, en Montevideo, Uruguay, el 6 y 7 de noviembre de 1995, de acuerdo con la resolución AG/RES. 1346 (XXV-O/95);

Que el 22 de enero de 1996, el Presidente del Grupo de Trabajo sobre Probidad y Ética Cívica presentó ante dicho Grupo el documento "Elementos para un eventual programa de cooperación interamericana de lucha contra la corrupción";

Que el 29 de marzo de 1996, una Conferencia Especializada adoptó la Convención Interamericana contra la Corrupción, la cual constituye un instrumento jurídico internacional único y representa un importante avance en las acciones desarrolladas en el seno de la Organización de los Estados Americanos;

REAFIRMANDO lo expresado en el Compromiso de Santiago con la democracia y renovación del sistema interamericano, de 1991, la resolución AG/RES. 1159 (XXII-O/92) y la Declaración de Belém do Pará de 1994;

CONSIDERANDO:

Que la Organización de los Estados Americanos constituye un foro apropiado para analizar los desafíos que enfrentan los países de la región y para evaluar y poner en práctica los mecanismos de cooperación necesarios para que los distintos Estados puedan prevenir y sancionar la corrupción; y

Que la Convención Interamericana contra la Corrupción recoge el compromiso de los Estados de llevar a cabo acciones tanto en el ámbito interno como internacional para combatir la corrupción,

RESUELVE:

1. Tomar conocimiento con satisfacción del informe sobre probidad y ética cívica presentado por el Consejo Permanente.

2. Expresar su satisfacción por el exitoso desarrollo del Seminario sobre Probidad y Ética Cívica realizado en Montevideo, Uruguay, en noviembre de 1995 y transmitir su agradecimiento al Gobierno de ese país por las facilidades brindadas para la ejecución del mismo.

3. Encomendar al Consejo Permanente que, a través del Grupo de Trabajo sobre Probidad y Ética Cívica, tomando en consideración las disposiciones pertinentes de la Convención Interamericana contra la Corrupción, los respectivos ordenamientos jurídicos nacionales, los documentos presentados por el Presidente del Grupo de Trabajo y por el Secretario General y los otros aportes que considere relevantes, elabore un proyecto de programa de cooperación de lucha contra la corrupción y lo someta a la Asamblea General en su próximo período ordinario de sesiones.