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AG/RES. 1387 (XXVI-O/96)PROGRAMAS DE BECAS Y CAPACITACIÓN
(Resolución aprobada en la octava sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 1996)
LA ASAMBLEA GENERAL,
CONSIDERANDO:
Que los programas de becas constituyen una importante contribución a los esfuerzos de desarrollo de los países;
Que la Asamblea General siempre ha asignado alta prioridad a las actividades de formación de recursos humanos que se realizan a través de los programas de becas;
Que mediante la resolución AG/RES. 627 (XII-O/82) resolvió incluir una partida específica destinada a financiar el Programa Especial de Becas del Caribe (SPECAF);
Que el Programa CASP, a cuya terminación se decidió recomendar esta nueva partida, también incluía como beneficiarios a otros países miembros de la Cuenca del Caribe; y
VISTO el punto III.A.4.a de la resolución AG/RES. 1381 (XXVI-O/96),
RESUELVE:
1. Reiterar que los Estados miembros asignan gran importancia a los programas de becas de la Organización.
2. Encomendar al Consejo Permanente que incluya en su informe solicitado en el punto III.A.4.a de la resolución AG/RES. 1381 (XXVI-O/96) la ampliación del programa de pregrado SPECAF con el objeto de extender el beneficio de éste a otros Estados de la Cuenca del Caribe, incluyendo en el programa a Haití, la República Dominicana, los países centroamericanos (Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá) y Bolivia, Ecuador y Paraguay.
3. Ampliar el número de países en los cuales los beneficiarios de estas becas puedan realizar sus estudios, con el fin de incluir centros y universidades de prestigio en cualquiera de los Estados miembros.
4. Los fondos para la implementación de la presente resolución deben provenir de fuentes externas y otros métodos de financiamiento.