Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1376 (XXVI-O/96)

EL CANAL DE PANAMÁ EN EL SIGLO XXI

(Resolución aprobada en la séptima sesión plenaria, celebrada el 6 de junio de 1996)

LA ASAMBLEA GENERAL,

REAFIRMANDO la Declaración de Washington suscrita por los Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y representantes de las Repúblicas Americanas el 7 de septiembre de 1977, en que se reconoce "la importancia para el Hemisferio, el comercio y la navegación mundiales, de los entendimientos conducentes a asegurar la accesibilidad y neutralidad continua del Canal de Panamá", consignados en los tratados concluidos en esa fecha por los Gobiernos de la República de Panamá y de los Estados Unidos de América, conocidos como Tratados Torrijos-Carter;

DESTACANDO la extraordinaria trascendencia que tiene el hecho histórico de que al mediodía del 31 de diciembre de 1999, en el umbral del siglo XXI, el Canal con todas sus mejoras pasará al control soberano de la República de Panamá, que en esa fecha asume la plena responsabilidad de su administración, funcionamiento y mantenimiento;

REGISTRANDO CON BENEPLÁCITO que los Gobiernos de los dos países están llevando a cabo un proceso de transición fluido y armónico dirigido a asegurar el continuo y eficiente funcionamiento de la vía interoceánica, con el concurso eficaz de recursos humanos que están integrados por un noventa por ciento de técnicos y obreros panameños;

CONVENCIDA de la necesidad de realizar un gran esfuerzo regional dirigido a preparar y sensibilizar la opinión pública sobre la adopción de decisiones que atañen al funcionamiento de la vía interoceánica en el siglo XXI;

SUBRAYANDO la necesidad de crear condiciones favorables para la cooperación regional, basada en un consenso, sobre la importancia que el canal interoceánico, los océanos, los mares y las zonas costeras y el aprovechamiento de los recursos marinos tiene para los núcleos humanos y para su ordenación y explotación racional;

REITERANDO que el mantenimiento de la neutralidad del Canal de Panamá es importante para el comercio y la seguridad de la República de Panamá, la paz y seguridad del Hemisferio Occidental y los intereses del comercio mundial;

RECORDANDO las resoluciones AG/RES. 324 (VII.O/78) "Depósito en la Secretaría General de la OEA del Tratado Concerniente a la Neutralidad Permanente y al Funcionamiento del Canal de Panamá" y la resolución AG/RES. 427 (IX-O/79) "Llamamiento para la Adhesión al Protocolo del Tratado Concerniente a la Neutralidad Permanente del Canal y al Funcionamiento del Canal de Panamá";

SEÑALANDO la urgencia de que se adopte y ejecute un plan regional para la conservación de la cuenca hidrográfica del Canal y la diversidad biológica, en armonía con la Declaración de Río de Janeiro y el Programa 21, aprobados por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo;

RECONOCIENDO la función decisiva de la vía interoceánica en un sistema multilateral abierto, que demanda que el Canal en el siglo XXI se modernice y adapte sus operaciones a la nueva situación producida por la globalización de la economía y la apertura de los mercados con el consiguiente incremento del comercio internacional; y

ACOGIENDO CON BENEPLÁCITO el proceso armónico de transición en que participan los dos gobiernos a través de sus representaciones diplomáticas, de la Comisión del Canal de Panamá, de la Autoridad de la Región Interoceánica y de la Comisión de Transición,

RESUELVE:

1. Tomar nota con reconocimiento de las acciones positivas de los Gobiernos de los Estados Unidos y de Panamá para la ejecución puntual del Tratado del Canal de Panamá y del Tratado Concerniente a la Neutralidad Permanente y el Funcionamiento del Canal de Panamá de 1977, conocidos como Tratados Torrijos-Carter, que aseguran el ejercicio efectivo de la jurisdicción y de la soberanía de Panamá sobre la totalidad de su territorio y que culminarán con la plena transferencia por los Estados Unidos a Panamá del Canal y sus instalaciones en condiciones de funcionamiento libre de gravámenes y deudas al mediodía del 31 de diciembre de 1999.

2. Reafirmar la importancia que para el Hemisferio, el comercio y la navegación mundial tiene la accesibilidad continua del Canal de Panamá, así como la gestión sostenible del ecosistema de su cuenca hidrográfica.

3. Hacer un llamado a todos los Estados de la región y del mundo que aún no lo hayan hecho para que se adhieran al Protocolo del tratado que declara la neutralidad permanente del Canal de Panamá, a fin de que en todo tiempo éste permanezca seguro y abierto para el tránsito pacífico de las naves de todas las naciones en términos de entera igualdad.

4. Apoyar los esfuerzos del Gobierno panameño y de la Comisión del Canal de Panamá para llevar adelante la modernización del Canal de Panamá a fin de que la vía interoceánica sirva eficientemente a las crecientes necesidades del transporte marítimo y del comercio mundial y de todos los intercambios beneficiosos para la humanidad.

5. Solicitar al Secretario General que facilite, a través de las instituciones y mecanismos de la Organización, la cooperación con los loables esfuerzos de los Gobiernos de Panamá y de los Estados Unidos, durante el proceso de transición que culminará con el control total del Canal por parte de Panamá en diciembre de 1999.

6. Solicitar asimismo al Secretario General que informe a la Asamblea General en su vigésimo séptimo período de sesiones sobre la aplicación de la presente resolución.