Resoluciones Asamblea General


AG/DEC. 12 (XXVI-O/96)

DECLARACIÓN DE PANAMÁ SOBRE LA CONTRIBUCIÓN INTERAMERICANA AL DESARROLLO
Y CODIFICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL

(Aprobada en la sexta sesión plenaria, celebrada el 5 de junio de 1996)

LA ASAMBLEA GENERAL,

CONSIDERANDO:

Que la Carta de la Organización de los Estados Americanos establece que el derecho internacional es norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas;

Que el orden internacional está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional;

Que la Organización de los Estados Americanos constituye el principal e insustituible foro donde los Estados miembros, en igualdad de condiciones, adoptan normas jurídicas, tanto de derecho internacional público como de derecho internacional privado, para regular sus relaciones a nivel hemisférico;

Que ello ha permitido la constitución de un rico patrimonio jurídico regional, que ha representado una valiosa contribución de la Organización de los Estados Americanos a la consolidación de un orden internacional pacífico, justo e igualitario;

Que el pleno respeto del estado de derecho, tanto a nivel interno como internacional, es fundamental para el ejercicio de la democracia representativa, que es un propósito esencial del sistema interamericano, y que en este sentido se deberían desarrollar instrumentos jurídicos interamericanos adicionales que permitan fortalecer aún más la democracia en el Hemisferio;

Que el aporte del sistema jurídico interamericano a la formación de importantes principios del derecho internacional general ha sido reconocido en el plano universal, mereciendo destacarse de manera especial la elaboración de normas interamericanas en materia de protección de los derechos humanos, aplicación del principio de no intervención, establecimiento de procedimientos para la solución pacífica de las controversias, elaboración de principios de derecho de asilo y de normas sobre derecho del mar, fortalecimiento de la cooperación judicial, codificación y desarrollo del derecho internacional privado y creación de instituciones para el financiamiento y la promoción del desarrollo económico y social;

Que, más recientemente, deben señalarse los importantes aportes jurídicos en materia de solidaridad hemisférica y cooperación interamericana relativos a la protección de los menores, prevención de la violencia contra la mujer, lucha contra la corrupción, combate al terrorismo y cooperación en materia de lucha contra las drogas;

Que la elaboración y el desarrollo del derecho internacional interamericano en el marco de la Organización favorece la colaboración y la mutua comprensión entre sistemas jurídicos nacionales diversos, así como entre los sistemas de derecho civil y "common law" del Hemisferio;

Que el desarrollo jurídico interamericano es una tarea prioritaria que debe ser vigorizada a la luz de lo acordado por los Jefes de Estado y de Gobierno reunidos en Miami (1994) en favor de la paz, la democracia, el desarrollo, la integración económica y la justicia social;

Que ello obligará a la búsqueda de soluciones jurídicas innovadoras para dar respuesta a los nuevos retos y demandas que surgen de la comunidad de intereses, de la creciente circulación de personas, del mayor intercambio de bienes y de la existencia de peligros compartidos por nuestras sociedades y de los problemas relacionados con las poblaciones indígenas y con el medio ambiente;

Que el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos ha presentado un importante documento, titulado "El derecho en un nuevo orden interamericano", que presenta un balance del aporte del sistema interamericano a la regulación de las relaciones internacionales, analiza la temática jurídica de nuestra región y propone medios para lograr mayor eficiencia en el campo jurídico, el cual ha sido recibido con interés por el Consejo Permanente de la Organización y por el Comité Jurídico Interamericano;

Que nos encontramos en el Decenio de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional (1990-1999) en cuyo marco se ha destacado la necesidad del desarrollo progresivo del derecho internacional y de su codificación; y

Que se hace necesario reiterar todo el apoyo de los Estados miembros a la codificación y desarrollo progresivo del derecho internacional, a su difusión en el marco de la Organización de los Estados Americanos y a los medios que permitan la mayor cooperación jurídica interamericana,

DECLARA:

1. Su más firme y renovado compromiso de continuar impulsando el desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional interamericano en el marco de la Organización de los Estados Americanos como medio idóneo para afianzar las relaciones de paz y solidaridad entre los Estados americanos, con pleno respeto a su soberanía y al principio de no intervención.

2. Su seguridad de que el patrimonio jurídico interamericano debe ser preservado y enriquecido con base en la Carta de la Organización de los Estados Americanos y a la luz de los nuevos desafíos y objetivos de nuestra región, procurando que refleje la cooperación que ya existe entre los dos sistemas jurídicos del Hemisferio.

3. Su profunda convicción de que el derecho internacional es norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas y que la Organización de los Estados Americanos es el foro más adecuado para la elaboración, negociación y adopción de las normas jurídicas interamericanas.

4. Su reconocimiento a la labor que cumplen los distintos órganos de la Organización concerniente a las iniciativas y preparación de normas jurídicas interamericanas, destacando la necesaria y constante colaboración y coordinación que debe existir entre el Consejo Permanente, el Comité Jurídico Interamericano y la Secretaría General.

5. Su agradecimiento al Secretario General por la presentación del documento "El derecho en un nuevo orden interamericano", que deberá ser analizado por los órganos competentes de la Organización.

6. Su decisión de apoyar las iniciativas tendientes a reforzar jurídicamente las instituciones de los Estados miembros y a cooperar en su lucha contra los diversos flagelos que azotan a nuestros pueblos.

7. Su convicción de que es necesario profundizar, con miras a la creciente integración de nuestros países, el desarrollo del derecho internacional privado así como los procesos de armonización de legislaciones nacionales de forma que éstas no constituyan una barrera a la libre circulación de personas y bienes sino que faciliten el comercio regional.

8. Su compromiso con el desarrollo jurídico de los propósitos y principios establecidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos.

9. Su voluntad de avanzar en la adopción de instrumentos jurídicos para impulsar la cooperación interamericana encaminada a la conservación y protección del medio ambiente.

10. Su plena seguridad de que los retos y desafíos que se enfrentan en la actualidad requieren no sólo el desarrollo del derecho internacional a través de los tratados internacionales, sino también la adecuación de las legislaciones nacionales a los acuerdos internacionales vigentes para cada Estado.

11. Su convencimiento de que es necesario reforzar los vínculos de coordinación y de cooperación de la Organización de los Estados Americanos con otras organizaciones internacionales en el campo del desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional, en especial con las Naciones Unidas.

12. Su voluntad de que la Organización de los Estados Americanos, a través de cursos, seminarios, estudios y publicaciones en el campo del derecho internacional y de la cooperación jurídica, continúe cumpliendo su importante tarea en la capacitación e información a juristas, diplomáticos, académicos y funcionarios de toda la región.

13. Su interés en promover la más amplia difusión posible del sistema jurídico interamericano y, a este efecto, estudiar el uso de medios innovadores y eficaces en términos de costo para divulgar esta información, a fin de que sea plenamente conocido y aplicado efectivamente en los sistemas jurídicos nacionales.

14. Su beneplácito por la reorganización de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General con el propósito de concentrar en dicha Subsecretaría las tareas que competen a la Secretaría General relativas al desarrollo progresivo y codificación del derecho internacional, su difusión y el apoyo a la cooperación jurídica y judicial entre los Estados.

15. Su solicitud al Comité Jurídico Interamericano para que examine tanto sus modalidades de trabajo como su temario a efectos de tener una más activa participación en los temas jurídicos que le encomiende la Organización, contando para ello con los recursos que sean necesarios para el cumplimiento de sus responsabilidades.

16. Su decisión de que el Consejo Permanente, a través de su Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, promueva los procedimientos que permitan la más eficaz colaboración y coordinación en lo que respecta a los temas jurídicos entre los distintos órganos de la Organización.

17. La presente Declaración se denominará "Declaración de Panamá sobre la Contribución Interamericana al Desarrollo y Codificación del Derecho Internacional".