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AG/RES. 1336 (XXV-O/95)SITUACIÓN DE LOS REFUGIADOS, REPATRIADOS Y DESPLAZADOS EN EL HEMISFERIO AMERICANO
(Resolución aprobada en la novena sesión plenaria, celebrada el 9 de junio de 1995)
LA ASAMBLEA GENERAL,
CONSIDERANDO:
Que mediante las resoluciones AG/RES. 774 (XV-O/85), AG/RES. 838 (XVI-O/86), AG/RES. 891 (XVII-O/87), AG/RES. 951 (XVIII-O/88), AG/RES. 1021 (XIX-O/89), AG/RES. 1039 (XX-O/90), AG/RES. 1040 (XX-O/90), AG/RES. 1103 (XXI-O/91), AG/RES. 1170 (XXII-O/92), AG/RES. 1214 (XXIII-O/93) y AG/RES. 1273 (XXIV-O/94), la Asamblea General expresó su preocupación por quienes, como refugiados, repatriados y desplazados, requieren de protección y asistencia humanitaria en las Américas;
Que en conmemoración del décimo aniversario de la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984, se celebró el Coloquio Internacional de San José, organizado conjuntamente por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, bajo los auspicios del Gobierno de Costa Rica, coloquio que tuvo como fruto la "Declaración de San José sobre Refugiados y Personas Desplazadas";
Que la mencionada Declaración de San José contiene importantes principios sobre el tratamiento que debe otorgarse a los refugiados, desplazados internos y otras categorías de personas desarraigadas, principios que resultan complementarios a los contenidos en la Declaración de Cartagena de 1984;
Que afortunadamente, y pese a las dificultades económicas y sociales que los afectan, la solidaridad de los Estados americanos ha permitido proveer a las personas afectadas de la protección y asistencia necesarias contando, cuando fue preciso, con la colaboración del ACNUR;
Que los positivos acontecimientos en la República de Haití, mediante la reinstalación del Presidente Jean-Bertrand Aristide, democráticamente elegido, han permitido el retorno a dicho país de miles de ciudadanos que habían huido en busca de seguridad y protección;
Que la manifiesta voluntad política del Gobierno de Guatemala en el proceso de repatriación es señal alentadora del positivo avance de las negociaciones hacia un acuerdo de paz firme y duradera, así como de la eficacia de los mecanismos de verificación internacionales establecidos sobre tal proceso de repatriación;
Que el proceso de consolidación democrática en diversos países del Continente que se vieron afectados en años anteriores por conflictos internos ha continuado desarrollándose de forma positiva, permitiendo la efectiva reinserción de aquellas personas afectadas por el desarraigo, aunque persisten diversas situaciones dramáticas de desplazamiento interno;
Que es necesario incrementar los esfuerzos tendientes a la solución de los problemas sociales, económicos y políticos; y
Que 1995 ha sido declarado por el Secretario General de las Naciones Unidas como el Año Internacional de la Tolerancia,
RESUELVE:
1. Tomar nota de los principios contenidos en las conclusiones y recomendaciones de la "Declaración de San José sobre Refugiados y Personas Desplazadas" de 1994 e instar a los Estados miembros que lo estimen conveniente a que consideren esos principios para incorporarlos en sus respectivas legislaciones.
2. Exhortar, en consecuencia, a los Estados miembros a que consideren la posibilidad de promover un proceso de armonización legal en materia de refugiados, tomando en cuenta los principios contenidos en instrumentos tales como la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración de Cartagena de 1984 y la Declaración de San José de 1994.
3. Hacer un llamado a los países que aún no lo hubieran hecho a que consideren la posibilidad de adherirse a los instrumentos internacionales sobre el estatuto de los refugiados.
4. Destacar la solidaridad y el sentido humanitario demostrados por los países de la región al brindar acogida y asistencia a aquellas personas que lo necesitaron.
5. Alentar a los Estados miembros en la búsqueda de mecanismos regionales adecuados para enfrentar situaciones generadas por flujos masivos de migración, así como para la erradicación de las causas de los mismos. Para tal efecto, enfatizar que dichos mecanismos deben garantizar la identificación de aquellos individuos o grupos de individuos necesitados de protección internacional, así como promover la búsqueda e implementación de soluciones adecuadas, con pleno respeto a las normas internacionales sobre la materia y según sus normas internas.
6. Instar a todos los Estados miembros a dar especial atención a la Declaración de Montrouis en lo relativo a todos los trabajadores migrantes y sus familias y a que reconozcan la importancia de mantener el apoyo a la reintegración de los repatriados a sus países de origen, mediante la promoción de proyectos de desarrollo destinados a la erradicación de la pobreza extrema y la exclusión social.
7. Destacar la urgencia de emprender, con la colaboración de la comunidad internacional cuando sea apropiado y a solicitud de los Estados interesados, programas de asistencia y protección de los derechos de las poblaciones desplazadas en sus propios países, destinados a lograr una solución humanitaria adecuada a su situación.
8. Instar a los Estados miembros a que, dentro del marco del Año Internacional de la Tolerancia, adopten medidas encaminadas a contrarrestar sentimientos xenófobos, sobre todo en contra de aquellas personas que se han visto forzadas a salir de su país de origen.
9. Reiterar la importancia, en el marco del Acuerdo de Cooperación entre la Secretaría de las Naciones Unidas y la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, de reforzar los mecanismos de coordinación y colaboración entre la Secretaría General de la OEA y la Oficina del ACNUR en el área de la promoción del derecho de los refugiados.