Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1324 (XXV-O/95)

DESARROLLO JURÍDICO DE LA INTEGRACIÓN

(Resolución aprobada en la novena sesión plenaria celebrada el 9 de junio de 1995)

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el informe del Consejo Permanente sobre desarrollo jurídico de la integración (AG/doc.3179/95); y

CONSIDERANDO:

Que la integración de los países del Hemisferio es uno de los objetivos del sistema interamericano, para cuyo efecto la Carta de la OEA señala que los Estados miembros orientarán sus esfuerzos y tomarán las medidas necesarias para acelerar el proceso de integración;

Que tanto la Declaración de Asunción como el Compromiso de Santiago con la Democracia y la Renovación del Sistema Interamericano, aprobados por la Asamblea General durante su vigésimo y vigésimo primer períodos ordinarios de sesiones, respectivamente, reafirman dicho objetivo y le conceden especial prioridad;

Que tal como se expresa en la resolución AG/RES. 1209 (XXIII-O/93), aprobada por la Asamblea General en Managua, en junio de 1993, la integración es un instrumento creador de nuevas realidades económicas y sociales, apto para contribuir a la disminución de la pobreza extrema que aqueja a amplios sectores de la población regional y al fortalecimiento de la democracia en el Hemisferio; y

Que la Organización de los Estados Americanos está impulsando una mayor cooperación y coordinación con los mecanismos y organizaciones subregionales y regionales de integración, así como con otras instituciones vinculadas al desarrollo de las naciones del Hemisferio, para lo cual viene efectuando determinados estudios jurídicos tendientes a coadyuvar los importantes esfuerzos que realizan los mencionados mecanismos, organizaciones e instituciones,

RESUELVE:

1. Tomar nota con satisfacción del informe del Consejo Permanente sobre desarrollo jurídico de la integración.

2. Recomendar al Consejo Permanente que, a través de su Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, continúe con los trabajos que le fueron encomendados en virtud de las resoluciones AG/RES. 1104 (XXI-O/91), AG/RES. 1163 (XXII-O/92), AG/RES. 1209 (XXIII-O/93) y AG/RES. 1267 (XXIV-O/94) y que, en el contexto de dichas resoluciones, identifique las áreas jurídicas que puedan ser materia de estudios y análisis concretos para desarrollar en cooperación con las entidades regionales y subregionales de integración o con otras instituciones del Hemisferio vinculadas con dicho objetivo interamericano.

3. Solicitar al Consejo Permanente que informe a la Asamblea General una vez que haya cumplido con lo encomendado en la presente resolución.