Resoluciones Asamblea General


AG/RES. 1307 (XXV-O/95)

SEDE Y FECHA DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL

(Resolución aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 6 de junio de 1995)

LA ASAMBLEA GENERAL,

TENIENDO EN CUENTA los artículos 47 y 48 del Reglamento de la Asamblea General relacionados con la celebración de sus períodos ordinarios de sesiones y los ofrecimientos de sede de la Asamblea General hechos por los Estados miembros;

CONSIDERANDO:

Que la Asamblea General, mediante su resolución AG/RES. 939 (XVIII-O/88), recomendó que se fije el primer lunes de junio de cada año como fecha de iniciación de sus períodos ordinarios de sesiones; y

Que el Gobierno del Perú mediante nota No.7-9-B/01, del 12 de mayo de 1995, transmitió su ofrecimiento para ser sede del vigésimo séptimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General en 1997, expresando en su comunicación que decidió hacer este ofrecimiento como una reafirmación de su compromiso con los propósitos y principios de la Carta de la OEA y como evidencia de su decisión de continuar participando activamente en el actual esfuerzo de modernización de la Organización,

RESUELVE:

1. Agradecer y aceptar el generoso ofrecimiento del Gobierno del Perú para que el vigésimo séptimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General se celebre en dicho país.

2. Determinar que el vigésimo séptimo período ordinario de sesiones de la Asamblea General se celebre a partir del primer lunes de junio de 1997.

3. Encomendar al Consejo Permanente que realice los trabajos preparatorios que sean necesarios para la celebración del referido período ordinario de sesiones de la Asamblea General.