Resoluciones Asamblea General

UN PROPSITO COMN: LA PROMOCIN DE LA TRANSPARENCIA
(Presentado por la Delegacin de Colombia)

Atendiendo las polticas de transformacin social de Colombia, presentadas por el Gobierno Nacional en el Plan Nacional de Desarrollo, se plantearon importantes iniciativas en el captulo llamado el Buen Gobierno, en cuanto a los temas de gestin pblica y lucha contra la corrupcin, orientadas a "lograr mayor eficacia y eficiencia en la accin del Estado" y "una relacin ms directa y transparente con la sociedad civil".

Al interior del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repblica se generaron dos espacios: uno para manejar el tema del mejoramiento de la gestin, a cargo de la Consejera para el Desarrollo Institucional y otro para "asegurar el recto cumplimiento de los preceptos constitucionales y legales, procurando por todos los medios combatir la corrupcin administrativa" tarea que corresponda a la Consejera para la Administracin Pblica. Con los decretos 1289 del 24 de julio de 1996 y 1165 del 28 de abril de 1997, las tareas de ambos despachos se fusionaron con el propsito de defender un "programa nacional tendiente a fomentar la eficiencia y la aplicacin de principios ticos en las actuaciones de los servidores pblicos".

GESTION PUBLICA ORIENTADA A RESULTADOS

Como integrante del grupo encargado del diseo de la poltica de democratizacin de las instituciones pblicas, esta Consejera coadyuv a la consolidacin del Documento Conpes 2779 del 5 de mayo de 1995 sobre promocin de la participacin de la sociedad civil. Para su desarrollo promovi el proyecto de ley estatutaria de participacin de las organizaciones civiles, logr la recuperacin de las normas relacionadas con los mbitos, instrumentos y espacios con los cuales cuenta la ciudadana en el Manual para Participar en el Desarrollo Institucional y fue miembro fundador del CIP, comit interinstitucional creado para el efecto.

De su trabajo se destaca la materializacin de tres programas presidenciales: Sistema de Informacin Normativa y de Procesos - SINPRO-, Trato Hecho y unidad de Eficiencia, instrumentos de la poltica de gestin orientada a resultados establecida en el Documento Conpes 2790 de 1995.

Documento que igualmente orden la conformacin de un equipo de entidades, Ministerio de Justicia, Consejera para la Administracin Pblica, Consejera para el Desarrollo Institucional y Secretara Jurdica de la Presidencia, encargado de evaluar el alcance jurdico y los lineamientos generales del gobierno para la expedicin de una norma con fuerza de ley que suprimiera o reformara regulaciones, procedimientos y trmites innecesarios existentes en la administracin pblica. Esta labor se concret con la expedicin del Decreto 2150 del 5 de diciembre de 1995.

La Consejera Presidencial para la Administracin Pblica, creada mediante Decreto 2098 de 1994, se ha encargado de disear una estrategia de trabajo integral en tres frentes bsicos: responsabilidad gubernamental, claridad administrativa y lucha contra la corrupcin, conocida como el Plan Transparencia "Para Volver a Creer".

La herramienta fundamental para el desarrollo del trabajo del Plan mencionado ha sido el Estatuto Anticorrupcin, Ley 190 de 1995, que constituye el ms slido e integrado cuerpo normativo de prevencin, control y represin de la corrupcin administrativa.

En desarrollo del artculo 29 de la Ley 190 de 1995, y en concordancia con lo establecido en el Decreto 1681 de 1997, la Consejera Presidencial para la Administracin Pblica ha consolidado la creacin de las oficinas de quejas y reclamos y oficinas de atencin al usuario en la mayora de las entidades del nivel central, preocupndose prioritariamente por evaluar el desempeo de las mismas, en beneficio de un eficiente control de gestin y de la generacin de espacios para los usuarios de servicios del Estado.

De otra parte y gracias a la informacin recogida a travs de las quejas allegadas a la Oficina de Quejas y Reclamos de la Presidencia de la Repblica, se ha iniciado, con la colaboracin de la Procuradura General de la Nacin, investigaciones en 20 entidades sealadas por la ciudadana como susceptible a presentar comportamientos corruptos en su interior.

De acuerdo con las facultades extraordinarias dadas al Presidente de la Repblica en el Estatuto Anticorrupcin y dentro de un esfuerzo colectivo, se expidi el decreto Antitrmites, -Decret0 2150 de 1995 - reglamentario de la Ley 190, que como desarrollo del principio constitucional de presuncin se buena fe, se orienta a eliminar requisitos, trmites y procedimientos administrativos innecesarios, intiles, inoficiosos, aproximadamente 180, que infravaloraban el valor tico de la confianza, subvertan el derecho ciudadano a que los dems crean en su palabra, y eran autnticas fuentes generadoras de actos de corrupcin.

Una buena parte de los esfuerzos de esta Consejera se han dirigido a desarrollar programas preventivos y educativos de los instrumentos normativos antedichos con el fin de lograr la mayor difusin posible de las estrategias existentes para combatir el flagelo de la corrupcin y de los espacios e instrumentos que tiene la ciudadana para participar activamente en la lucha por su erradicacin a travs del control de gestin de los agentes del Estado, el acceso directo a la informacin y la utilizacin del sistema de denuncia.

Para contribuir con el proceso de capacitacin de la lucha contra la corrupcin, la Consejera ha buscado recopilar en diversos documentos las normas relativas a la reglamentacin del Decreto 2150 de 1995 en una publicacin llamada Un Ao del Estatuto Anticorrupcin, as como la Constitucin Poltica de Colombia para nios con Estatuto Anticorrupcin.

otro espacio importante en este propsito ha sido la puesta en funcionamiento de la Comisin Nacional para la Moralizacin que, de acuerdo con las funciones que le otorga el Estatuto Anticorrupcin, realiza un esfuerzo continuo y permanente para comprometer tanto al Gobierno como a la Sociedad Civil, a velar por el establecimiento del principio de la transparencia y el mejoramiento de la gestin de la Administracin Pblica.

Dentro de los presupuestos del Plan Transparencia se orden la creacin del Consejo Nacional Transparente que, como cuerpo mixto al que confluyen el sector pblico y representantes del sector privado, organizaciones no gubernamentales, trabajadores y academias, se encarga de promover la participacin de los empresarios de la sociedad civil en la lucha contra la corrupcin administrativa, conjuntamente con el Gobierno. Actualmente se busca fortalecer su funcionamiento y sobre todo, resaltar su gran poder de convocatoria.

En cuanto a la funcin "elaborar proyectos de ley, decretos, resoluciones, directivas, y en general cualquier por otro instrumento pertinente, para implantar las polticas del Gobierno en materia de tica y eficiencia administrativa, se ha logrado la tipificacin como delito, de conductas claramente asociadas con la corrupcin, tales como el lavado de activos -Ley 190 de 1995 y 375 de 1997-, el soborno transnacional y la extradicin Ley 412 de 1997- y la extincin de los bienes adquiridos ilcitamente de aquellos que provienen de actividades asociadas con actos de corrupcin (Ley 333 de 1997). Estos instrumentos precisan, definen y recuerdan a los servidores pblicos las obligaciones que tienen de luchar, en forma decidida, contra la corrupcin administrativa y en especial la obligacin constitucional y legal que tienen las instituciones pblicas de iniciar acciones de repeticin contra el servidor pblico corrupto y de constituirse como parte civil en los procesos penales por delitos contra la Administracin Pblica.

Fruto de un trabajo conjunto con la Asociacin de Fiduciarias tendientes a identificar los problemas presentados por la utilizacin del contrato de fiducia pblica en entidades estatales, de conformidad con las prescripciones de la Ley 80 de 1993, se produjo la Directiva 04 de 1998, como instrumento contentivo de los parmetros bsicos a considerar cuando se requiera acudir a la celebracin de este tipo de negocios.

La Consejera ha trabajado conjuntamente con el Ministerio de Justicia y del Derecho en el seguimiento a las labores de los comits de defensa judicial y conciliacin, con el propsito central de coordinar estrategias encaminadas a orientar la correspondiente asuncin de responsabilidades por daos imputables a actuaciones de la administracin y a prevenir el dao antijurdico.

Ha sido permanente la preocupacin por reconocer que los esfuerzos en materia de lucha contra la corrupcin deben consolidarse no slo a nivel nacional sino internacional. Fue as como, a instancias del Gobierno Nacional, fue aprobada la Ley 412 de 1997, por medio de la cual se aprueba la "Convencin Interamericana de Lucha contra la Corrupcin" suscrita en Caracas el 29 de marzo de 1996. En este sentido se han adelantado conversaciones orientadas a establecer un contacto directo con la Organizacin de las Naciones Unidas para analizar y evaluar tanto las acciones concretas como la normatividad vigente en el tema de lucha contra la corrupcin.

Para contribuir al desarrollo del mbito y espacios de participacin ciudadana, y teniendo en cuenta el artculo 355 de la Constitucin Poltica, se asumi la tarea de reglamentar los mecanismos de contratacin de las organizaciones civiles con el estado, en un trabajo conjunto con el Ministerio de Trabajo, el Ministerio del Interior, el Departamento Nacional de Planeacin y representantes del sector privado como organizaciones no gubernamentales y Universidades, el cual se encuentra en etapa de revisin final por parte del Ministerio de Hacienda.

Otro frente de accin lo constituye la puesta en marcha del Consejo Asesor de Control Interno, rgano consultivo, que tiene asignada dentro de sus funciones la de proponer mecanismos de lucha contra la corrupcin y que incluye, dentro del Plan Indicativo 1998, acciones encaminadas a lograr altos niveles de eficiencia y transparencia en la gestin pblica, consolidando la cultura del control interno en el pas.

Adems, al interior del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repblica, la Consejera ha cumplido con la funcin de control disciplinario, segn lo establece el artculo 48 de la Ley 200 de 1995, Cdigo Disciplinario Unico, funcin que fue asignada mediante Decreto 152 del 19 de enero de 1996.

Dentro de las iniciativas de trabajo conjunto con otras entidades del Estado, es necesaria la materializacin de acciones concretas de supervisin y sancin en entidades denunciadas por hechos de corrupcin, la promocin de programas de capacitacin tanto a la ciudadana como a los servidores pblicos; el diseo e implementacin de un sistema de informacin con el cual se identifiquen y recopilen las causas y resultados en materia de investigacin de delitos contra la administracin pblica; y el apoyo al desarrollo de la funcin pblica eficiente con la creacin de estrategias y polticas de impulso al recurso humano, al igual que procesos de modernizacin, reestructuracin y fortalecimiento institucional, resumidos de la siguiente manera:

Acuerdo con la Procuradura General de la Nacin, orientado a la realizacin de acciones concretas de supervisin y sancin de entidades que, de acuerdo con informacin sustentada sobre hechos de corrupcin a su interior, ameriten intervencin inmediata, as como, en la utilizacin de la informacin que ambas entidades recogen, con fines de recopilacin estadstica, promocin de programas de capacitacin y divulgacin tanto a la ciudadana como a los servidores pblicos.

Convenio entre la Fiscala General de la Nacin, la Procuradura General de la Nacin y el Departamento Administrativo de la Funcin Pblica, pretende disear e implementar un sistema de informacin que identifique y recopile las causas y resultados en materia de investigacin de delitos contra la administracin pblica; logre el mejoramiento de los procesos y la capacidad tcnica con miras a perseguir y sancionar actos de corrupcin.

Acuerdo entre la Contralora General de la Repblica y el Departamento Administrativo de la Funcin Pblica, suscrito para estudiar la reglamentacin del artculo 43 de la Ley 80 de 1993 sobre la declaratoria de urgencia manifiesta, fortalecer el control interno en la administracin pblica y desarrollar un programa de capacitacin sobre la aplicacin del artculo 36 de la Ley 190 de 1995.

Acuerdo entre el Departamento Administrativo de la Funcin Pblica y la Caja de Previsin Social de Comunicaciones - CAPRECOM, sus objetivos son la implementacin del Programa de la Unidad de Eficiencia, el establecimiento de un adecuado sistema de control interno de gestin y disciplinario, el perfeccionamiento de la oficina de quejas y reclamos y en general la adopcin de aquellos mecanismos que permitan erradicar actos de corrupcin ese ente de previsin social.

Acuerdo entre el Departamento Administrativo de la Funcin Pblica y la Alcalda del Municipio de Cali, encaminado a desarrollar estrategias para poner en ejecucin el contenido de la Directiva Presidencial No. 7 "Declogo de Poltica Transparente de la Administracin Pblica".

Acuerdo entre el Departamento Administrativo de la Funcin Publica, la Gobernacin del Quindo y la Escuela Superior de Administracin Publica. Pretende apoyar el desarrollo de una funcin publica eficiente, el diseo de estrategias y polticas de impulso al recurso humano, al igual que, procesos de modernizacin, reestructuracin y fortalecimiento institucional, con la adecuacin del programa Unidad de Eficiencia y cumplimiento de los presupuestos del Declogo de Transparencia.

Acuerdo entre el Departamento Administrativo de la Funcin Publica, la Gobernacin del Atlntico y la Escuela Superior de Administracin Publica. Adems de desarrollar los puntos del acuerdo con la Gobernacin del Quindo, pretende la adopcin de otros procesos de mejoramiento de la gestin, como el programa Trato hecho, el Banco de Exitos de la Administracin Publica Departamental, la implementacin de la Ley de Carrera Administrativa y el software que recoge las declaraciones de bienes y rentas de los servidores pblicos.

Acuerdo con el Departamento Administrativo de la Funcin Publica y la Imprenta Nacional de Colombia. Busca mejorar y divulgar el software diseado por la Imprenta Nacional en relacin con el Extracto Unico de Publicacin y el Diario Unico de Contratacin, para contribuir al control ciudadano de la gestin as como desarrollar mecanismos que unifiquen la presentacin de informes exigidos por diversas autoridades administrativas.

TRATO HECHO

Este programa busca que las entidades pblicas "asuman con la ciudadana el reto de incrementar la calidad y la cobertura de los servicios que prestan y que a su vez obtengan de los usuarios colaboracin para el control, la vigilancia, y en general la bsqueda permanente de la excelencia en su desempeo".

El Trato Hecho ha trabajado en el mejoramiento de las polticas de servicio al cliente en aproximadamente 12 entidades, tanto de nivel regional como de nivel central, implementando procesos de lucha contra la corrupcin, optimizacin de los servicios que prestan las oficinas de quejas y reclamos y armonizacin en los indicadores de gestionen favor de la transparencia administrativa.

SISTEMA DE INFORMACION NORMATIVA Y DE PROCESOS - SINPRO-

El programa Sistema de informacin Normativa y de Proceso, - SINPRO- enmarcado dentro del documento Conpes 2790 del 21 de junio de 19995 - Gestin Publica Orientada a Resultados- se vincula con el desarrollo del Estatuto anticorrupcin y el articulo 26 del Decreto 2150 de 1995, o Decreto Antitrmites.

El objetivo de Sinpro es convocar a instituciones del Estado para impulsar el desarrollo de servicios de informacin a la comunidad, utilizando la red Internet. En otras palabras Sinpro acerca el Estado al ciudadano.

Sinpro posibilita la realizacin de tramites ante el Estado. A travs de la red. Adems, le brinda a los usuarios el acceso a mecanismos de participacin y la oportunidad de formular quejas, denuncias y derechos de peticin, con lo cual fortalece y moderniza el programa de lucha contra la corrupcin.

Es as como hoy 50 entidades participan activamente en el desarrollo de este servicio. Por ejemplo, instituciones como la Registradura Nacional del Estado civil informa, en el momento oportuno y con precisin, a los ciudadanos sobre la funcin electoral, los candidatos, lugar y sitio de votacin, resultados electorales, entre ortos; El Departamento Administrativo de la Funcin Publica ofrece servicios como informacin sobre los concursos para acceder a cargos pblicos en las instituciones del Servicio Civil; la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogot atiende reclamos por alta facturacin.

El desarrollo regional, tambin ha sido posible gracias a la vinculacin de entidades del orden municipal y departamental. Prueba de ello son los proyectos de la Alcalda de Acacias- Meta, la Asociacin de Municipios del Altiplano del Suroriente Antioqueo - Masora y la Corporacin Autnoma Regional del Quindo.

En el campo de la participacin ciudadana, Sinpro ha venido desarrollando modelos de veeduras comunitarias. Es el caso concreto del Departamento del Quindo, donde se ha organizado un proyecto piloto de la red de controladores y participacin comunitaria en el Rgimen Subsidiado en Salud.

Otro logro importante de este programa ha sido el desarrollo del sitio anticorrupcin de Colombia en Internet, donde los usuarios pueden encontrar desde la definicin de corrupcin, pasando por las normas y herramientas jurdicas para combatir el fenmeno, hasta un buzn de denuncias.

Desde su origen, Sinpro ha prestado asesora profesional y tcnica para el diseo e implementacin de las paginas Internet de las instituciones vinculadas. Adems ha desarrollado un sistema de gestin de tramites ante el Estado.

En conclusin, Sinpro llevo a la practica las polticas gubernamentales en materia antitrmites, y lucha anticorrupcin, mediante la utilizacin de la tecnologa. Lo anterior se puede consultar en la direccin Internet www.sinpro.gov.co

UNIDAD DE EFICIENCIA

En virtud de un convenio de cooperacin con el gobierno de la Gran Bretaa, la misin de este programa es elevar los niveles de desempeo en la prestacin de servicios pblicos, lograr el mejoramiento significativo y permanente en la eficiencia y la efectividad de la gestin de la administracin publica y mejorar el uso de los recursos en la prestacin de los servicios.

Su trabajo en 8 entidades de nivel central ha logrado incrementar su capacidad institucional mediante el asesoramiento para la realizacin de escrutinios de eficiencia de procesos especficos de la organizacin, bien sea misionales o de apoyo, as como la elaboracin de reportes y la formulacin de los planes de accin que se realizan con base en los resultados de los escrutinios de eficiencia. Estas acciones han logrado fomentar celeridad en los procesos internos y ahorros en presupuesto de organismos como ICBF, INPEC, ICEL, DAPRE, SENA, Ministerio del Medio Ambiente, INCORA y la Aeronutica Civil.

PROPUESTAS FUTURAS

La expedicin de importantes leyes y actos tendientes a prevenir y sancionar la corrupcin administrativa, representa gran parte del camino que falta por recorrer. En la ultima etapa de ejecucin de los programas de moralizacin y lucha contra la corrupcin, el gobierno adopto el Declogo de Poltica Transparente de la Administracin Publica colombiana, que enuncia una serie de obligaciones a cargo de las entidades oficiales, que se dirigen entre otros, al logro de las siguientes finalidades:

Concretar el control social sobre la gestin publica, facilitando al ciudadano el acceso a la informacin oficial y exigiendo de las autoridades publicas la rendicin de cuentas a la opinin publica de manera permanente.

Garantizar la transparencia de la contratacin de las entidades del Estado, a travs de un sistema de informacin publica de precios de referencia, que permita el control sobre precios unitarios y totales, cumplimiento de plazos y concentracin de contratos, con fundamento en el extracto nico de publicacin de contratos. Para lo cual ya se ha establecido un acuerdo con la Imprenta Nacional y el Departamento Administrativo de la Funcin Publica.

Velar por la implantacin y seguimiento permanente de la declaracin de bienes y rentas de los servidores pblicos, el cual funciona en cabeza del Departamento Administrativo de la Funcin Publica.

Fortalecer las arreas jurdicas y disciplinarias de las entidades y organismos del Estado, en cuanto al tratamiento adecuado que deben dar a los procesos de investigacin administrativos y disciplinarios que adelanten contra funcionarios que han incurrido en presuntas conductas de corrupcin administrativa, y a cumplir en forma eficaz con instrumentos como la accin de repeticin y constitucin en parte civil de los procesos que se adelanten en las entidades publicas en delitos por corrupcin administrativa.