Versión internet de este boletín:
http://www.oas.org/juridico/newsletter/nl_sp.htm


MECANISMO ANTICORRUPCIÓN DE LA OEA ADOPTA INFORME SOBRE MÉXICO

En el marco de la Cuarta Ronda del Comité de Expertos del MESICIC, durante su Vigésima Reunión realizada entre el 10 y el 14 de septiembre de 2012, y después de un minucioso análisis de la información suministrada por dicho país, y de la recabada directamente en una visita in situ practicada al mismo entre el 21 y el 23 de marzo de este año por un subgrupo de análisis integrado por Canadá y Perú con el apoyo de la Secretaría General de la OEA, en la que se entrevistaron autoridades de México y representantes de organizaciones de la sociedad civil, del sector privado, de asociaciones profesionales, académicos e investigadores, se adoptó por consenso el informe sobre este país, del cual cabe destacar lo siguiente:

En primer término, se le formularon a México, entre otras, las siguientes recomendaciones para su consideración, con respecto a los órganos de control seleccionados por el mismo para ser analizados en la Cuarta Ronda, que se indican a continuación:

Secretaría de la Función Pública (SFP) y Órganos Internos de Control (OIC): fortalecer la coordinación interinstitucional; acordar actividades de cooperación recíproca en las áreas en las que se ha manifestado interés en brindarla y recibirla; superar las dificultades de los OIC relativas al marco jurídico interno de las entidades frente a las que ejercen sus funciones, al seguimiento de las recomendaciones que les formulan a las mismas, y a la falta de una cultura arraigada de respeto y protección del patrimonio y los intereses públicos.

Auditoría Superior de la Federación (ASF): fortalecer la coordinación interinstitucional; agilizar la toma de decisiones en relación con las promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria efectuadas por la ASF; agilizar la culminación, por parte de la autoridad competente, de las averiguaciones previas relativas a las denuncias de hechos formuladas por la ASF; agilizar la culminación de los procedimientos resarcitorios iniciados por la ASF y la recuperación, por parte de la Tesorería de la Federación, de los recursos correspondientes a las responsabilidades por detrimento patrimonial que han sido fincadas por la ASF.

Procuraduría General de la República (PGR): agilizar la reglamentación del Servicio Profesional de Carrera Ministerial, Policial y Pericial; asegurar la aplicación de los protocolos para la integración de averiguación previa, proceso penal y amparo; superar las dificultades para la implementación de la “Estrategia de Administración de Riesgos”; fortalecer las unidades encargadas de la investigación y persecución penal de los actos de corrupción; evitar que los programas de rotación de personal afecten el cabal cumplimiento de esta función; y culminar la implementación del proyecto denominado “Programa Justicia Efectiva para Todos.”

Consejo de la Judicatura Federal (CJF): regular la provisión, a través de concurso de méritos, de los cargos del personal de mandos medios y operativo del CJF que no están cubiertos por el régimen de Carrera Judicial; contar con una plataforma tecnológica que permita analizar la información de las declaraciones patrimoniales presentadas por vía electrónica, de tal manera que arroje indicadores que sirvan para iniciar investigaciones por posibles irregularidades; incrementar la realización de estudios de evolución patrimonial; y culminar la actualización de los manuales de organización y de procedimientos con los que cuenta el CJF.

En segundo término, como resultado del seguimiento de las recomendaciones formuladas a México en la Primera Ronda, el Comité determinó las que quedan vigentes para su consideración, entre las cuales, las que apuntan a los siguientes propósitos: adoptar un sistema de evaluación y seguimiento del cumplimiento por parte de las entidades de la obligación de adoptar un Código de Conducta; garantizar la sostenibilidad de los programas de capacitación y difusión relativos a las disposiciones atinentes a la obligación de denunciar actos de corrupción y adoptar medidas de protección para quienes los denuncien; regular la publicidad de las declaraciones patrimoniales y optimizar su análisis de tal manera que sean útiles para la detección de conflictos de intereses; y asegurar que las entidades den cumplimiento a las obligaciones que regulan el derecho de acceso a la información y que identifiquen, publiquen y difundan información socialmente útil o focalizada.

El informe también refleja los avances en la implementación de tales recomendaciones, entre los que se destacan, la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, en lo atinente a la denuncia anónima y a la confidencialidad de la identidad del denunciante; la Ley Federal de Archivos, en relación con el acceso a la información pública; el fortalecimiento de la verificación del contenido de las declaraciones patrimoniales, a través de las herramientas informáticas inteligentes denominadas Sistema de Alertas y OMEXT y del Procedimiento de Evolución Patrimonial; y el aumento considerable de los Programas de la Administración Pública Federal que cuentan con esquemas de Contraloría Social.

Además de lo anterior, en el informe se reseñan las buenas prácticas sobre las que México suministró información, que se refieren, sintéticamente, a una estrategia de la SFP para detectar en flagrancia a funcionarios corruptos; una estrategia de la SFP para identificar con oportunidad y de forma automatizada posibles incrementos sustanciales injustificados en el patrimonio de los servidores públicos; un sistema para el seguimiento a eventos de contratación en tiempo real, en el OIC PEMEX - PETROQUÍMICA; y un proyecto de la PGR para reducir los espacios de discrecionalidad e interpretación e incrementar los mecanismos de rendición de cuentas y transparencia en las actuaciones del agente del Ministerio Público de la Federación.

En esta Vigésima Reunión del Comité de Expertos del MESICIC también se adoptaron similares informes para Brasil, El Salvador, Bolivia y Paraguay. El informe adoptado para México, al igual que los informes de los países antes mencionados, se puede consultar en:
http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic4_inf.htm


Edición N° 97 - Septiembre 2012

¿Qué es el MESICIC?

El Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) es una herramienta para propiciar el desarrollo de la Convención Interamericana contra la Corrupción, mediante la cooperación entre los Estados Parte de la misma que son miembros de dicho mecanismo.

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