El sistema jurídico bahamés
El Commonwealth de las Bahamas es una democracia parlamentaria.
El sistema legal y el Gobierno se basan en el modelo de
Westminster, que prevé un Estado con tres poderes: el
ejecutivo, el parlamentario y el judicial. Las relaciones entre
ellos están gobernadas por el principio de separación
de poderes y el funcionamiento de cada uno está claramente
estipulado en la Constitución escrita del país.
El artículo 38 de la Constitución establece que
"habrá un Parlamento de las Bahamas, compuesto por su
Majestad, un Senado y una Cámara de Diputados". Conforme al
Artículo 52(1) de la Constitución, "el Parlamento
puede establecer leyes para la paz, el orden y el buen gobierno de
las Bahamas". En esta jurisdicción, las leyes aprobadas por
el Parlamento se denominan leyes o estatutos. Las leyes entran en
vigencia en el momento de su publicación en la Gaceta
Oficial o cuando se las publica en un documento oficial, el Aviso
del Día Designado.
La supremacía de la Constitución del Commonwealth
de las Bahamas se declara en el Artículo 2 de la
Constitución, que establece lo siguiente:
"2. Esta Constitución es la ley suprema del Commonwealth
de las Bahamas y, en virtud de las disposiciones de la misma, si
cualquier otra legislación no fuera conforme con esta
Constitución, esta Constitución debe prevalecer y la
otra legislación, en la medida de su no-conformidad, debe
anularse."
El Honorable Juez J.C Gonsalvez-Sabola, presidente del Tribunal
de Apelaciones de las Bahamas, observó en Harbour Lobster
& Fish Co. Ltd. y Jeffrey Butler Sr. y el Procurador General de
las Bahamas (Nº 34/1995):
"En un país con una Constitución escrita
según el modelo de Westminster, como es el caso de las
Bahamas, que dispone expresamente en la misma que dicha
Constitución es la ley suprema del país y que, en
virtud de las disposiciones de la Constitución, la misma
debe prevalecer y la otra legislación, en la medida de su
no-conformidad, debe anularse, otorga necesariamente
jurisdicción a los tribunales para determinar si el
Parlamento se mantiene dentro de su propia jurisdicción y no
legisla en violación de la Constitución."
El significado de la supremacía de la Constitución
y de los principios consagrados en ella es que toda
legislación, acción gubernamental y acción de
la ciudadanía están sujetas a revisión por los
Tribunales, para asegurar que son conformes con la
Constitución.
El más alto Tribunal en el sistema judicial
bahamés es el Consejo Privado, Tribunal de Apelaciones del
Commonwealth de las Bahamas en última instancia. Otros
tribunales en la jerarquía del sistema son el Tribunal de
Apelaciones de las Bahamas, la Corte Suprema y los tribunales de
magistrados remunerados y de circuito. En general, un tribunal
inferior tiene derecho de apelación ante el tribunal
inmediatamente superior en la jerarquía.
|