COMITÉ
INTERAMERICANO CONTRA EL TERRORISMO (CICTE)
SEGUNDO
PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES
OEA/Ser.L/X.2.2
Del 28 al 29 de enero de 2002
CICTE/doc.8/02 add. 4
Washington,
D.C. 4 febrero 2002
Original: español
INFORMES Y EXPOSICIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS SOBRE
MEDIDAS ADOPTADAS EN CUMPLIMIENTO DE LAS DECISIONES DE LOS
MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES (RC.23/RES. 1/01 rev. 1
corr. 1)
(Argentina)
INTERVENCIÓN
DEL EMBAJADOR ROGELIO E. PFIRTER,
SUBSECRETARIO DE POLÍTICA EXTERIOR DEL MINISTERIO DE
RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
DE LA REPÚBLICA DE ARGENTINA
Sr.
Presidente del Comité Interamericano contra el Terrorismo
Sr. Secretario General de la OEA
Señoras y señores Delegados y Representantes Permanentes
Señoras y señores
Quisiera
expresar, en primer lugar, el firme respaldo del Gobierno
de la Argentina al Comité Interamericano contra el
Terrorismo y, señalar, que mi país tiene el pleno
convencimiento de que juntos podremos encontrar respuestas
y formular acciones que nos permitan prevenir y eliminar
el terrorismo internacional en el hemisferio.
La República Argentina ha comprometido la más amplia
cooperación en el ámbito multilateral, tanto en la
Organización de las Naciones Unidas como en la Organización
de los Estados Americanos, en esa lucha contra el
terrorismo.
Mi país, Señor Presidente, está convencido que resulta
indispensable una decidida y firme acción de todas las
naciones para cooperar efectivamente en el combate contra
estos actos delictivos.
Para ello, se require una cooperación orgánica, sólida
y permanente, dentro del marco del derecho internacional.
Y de conformidad con los principios consagrados en las
Cartas de las Naciones Unidas y de la OEA.
Sr. Presidente.
La Argentina incorporó al derecho interno lo dispuesto
por la resolución 1373 (2001) del Consejo de Seguridad de
las Naciones Unidas mediante el decreto 1235, del 5 de
octubre de 2001, que requiere a todos los órganos del
poder ejecutivo, reparticiones y organismos del estado
nacional, provincias, municipalidades y gobierno autónomo
de la ciudad de Buenos Aires, que adopten en sus
respectivas jurisdicciones las medidas que fueren
necesarias para dar cumplimiento a dicha resolución.
Cabe también tener presente que, previamente, por decreto
253 del 17 de febrero de 2000 se había puesto en vigor en
el derecho interno la resolución 1267 (1999) del CSONU,
que establece el congelamiento de fondos y activos
financieros de los Talibanes. A su vez, el decreto 1035
(2001) puso en aplicación la resolución 1333 (2000) que
establece el congelamiento de fondos y activos financieros
de Usama Bin Laden y de la organización Al Qaeda y de las
personas y entidades asociadas a estos.
El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto de la Argentina, en cumplimiento de
lo dispuesto en el decreto 1035, emitió las resoluciones
2973, 3165, 3291, 3397 y 3711, que dieron a conocer cuales
son los fondos y recursos financieros que el Comité de
Sanciones establecido por la resolución 1267 (1999) del
Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha designado a
efectos de que sean objeto de congelamiento.
Con respecto al congelamiento de activos, quiero señalar
lo siguiente:
Las autoridades con competencia regulatoria en materia
financiera procedieron a dictar las disposiciones para
hacer efectivo el congelamiento de los fondos y activos
implicados: el Banco Central, la Superintendencia de
Seguros, la Comisión Nacional de Valores, la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP), luego de cumplidas
dichas disposiciones, informaron no haber registrado
fondos o activos a nombre de las personas o entidades señaladas
por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Con relación a la tipificación penal, cabe destacar lo
siguiente:
El orden jurídico argentino no tipifica el delito de
terrorismo ni los actos de terrorismo como una figura
penal autónoma ni les asigna penas a conductas de este
tipo. Para analizar y evaluar la adaptación de la
legislación penal argentina a las convenciones
internacionales en materia de terrorismo y elaborar los
proyectos legislativos que correspondan, se ha dispuesto
la constitución de una comisión interministerial
conformada por expertos de los Ministerios de Relaciones
Exteriores, Interior, Justicia y Derechos Humanos, el
Ministerio Público Fiscal y expertos independientes, que
debería tipificar las conductas penales.
Señor presidente,
En cuanto a la adhesión a convenios y protocolos
internacionales, quiero
destacar que la Argentina ha firmado las doce convenciones
internacionales en materia de terrorismo y es parte de
nueve de ellas. De las tres restantes, el Convenio
Internacional para la Represión de los Atentados
Terroristas Cometidos con Bombas está siendo considerado
para su aprobación por el Congreso de la Nación. En lo
que hace al Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos
contra la Seguridad de las Plataformas Fijas Emplazadas en
la Plataforma Continental y a la Convención para la
Represión de la Financiación del Terrorismo, ambas se
encuentran en proceso de Refrendo Ministerial los
respectivos proyectos de leyes para su remisión al
Congreso Nacional.
Con respecto a la prevención, el instrumento operacional
y de inteligencia es el “Esfuerzo Nacional de Policía (ENP)”,
constituido por la Policía Federal Argentina (PFA), la
Gendarmería Nacional (GNA), la Prefectura Naval Argentina
(PNA), la Policía Aeronáutica (PAN) y las Policías
Provinciales de los 23 distritos del territorio nacional.
La Secretaría de Seguridad Interior es el organismo que
coordina el funcionamiento del ENP. Actualmente se lleva a
cabo una intensa actividad de inteligencia y operacional
preventiva con la finalidad de detectar y/o neutralizar la
actividad de grupos o entidades vinculados a
organizaciones terroristas, así como a evitar la posible
comercialización ilegal de armas. El esfuerzo principal
se realiza en los grandes centros poblados y en los
sectores fronterizos (terrestres, fluviales, marítimos y
el espacio aéreo vinculante). Con respecto al eventual tráfico
de armas, se efectúan controles camineros sobre las rutas
del país.
Con respecto a los controles fronterizos, cabe señalar
que mi país efectúa permanentemente controles en:
- Aeropuertos Nacionales e Internacionales (PAN);
- Puertos y resto de la frontera fluvial, lacustre y marítima
(PNA), que actúa con despliegue fijo y móvil constituido
por hombres y medios de patrulla terrestres, modo aéreo -helicópteros
y aeronaves-, fluviales (embarcaciones menores y
guardacostas) y marítimos (guardacostas mayores), además
de mantener estrecha asistencia recíproca con sus
similares de los países vecinos;
- La frontera terrestre, donde la GNA cubre
permanentemente los lugares habilitados (pasos) e
inhabilitados. En todos los aspectos de la lucha contra el
terrorismo y la delincuencia organizada transnacional la
PFA coopera con INTERPOL y la Justicia Federal.
- Terminales portuarias y de pasajeros: se han instaurado
procesos de control más sensibles, como interrogatorio de
seguridad, vigilancia permanente de sus movimientos,
registro manual o instrumental de todo el equipaje de mano,
inspección manual o instrumental de un porcentaje de
equipajes facturados (mínimo 30% y máximo 70 %) y
guardia directa del equipaje hasta su embarque a bordo.
- Migrantes: la Dirección Nacional de Migraciones ha
extremado al máximo el control de ingreso de personas,
prestando especial atención a ciudadanos de una serie de
países de especial consideración.
- Triple Frontera: con respecto a la intensificación de
controles de las zonas limítrofes, la llamada triple
frontera entre Argentina, Paraguay y Brasil constituye el
área de mayor cuidado y seguimiento en el esfuerzo
prevencional. En 1996, se creó el "Comando
Tripartito de la Triple Frontera" integrado por las
Fuerzas de Seguridad Interior de los tres países, con la
finalidad primaria de intensificar la cooperación en la
lucha contra el terrorismo, el narcotráfico, el lavado de
dinero, el contrabando de armas, municiones y explosivos y
otros delitos comprendidos dentro de la delincuencia
organizada transnacional. Actualmente participa también
Uruguay, previéndose próximamente la incorporación de
Chile y Bolivia, en su carácter de estados asociados del
MERCOSUR.
En 1998 fue acordado el Plan de Seguridad de la Triple
Frontera, que en el ámbito migratorio consiste en el
intercambio de información relativa a visas denegadas a
nacionales de una serie especial de países entre las
oficinas consulares de los tres países instaladas en la
misma ciudad sede. La información es transmitida a las
respectivas cancillerías, que la retransmiten a todas sus
oficinas consulares en cada país.
Durante los días 18, 19 y 20 de diciembre de 2001 tuvo
lugar en Asunción, Paraguay, un Seminario sobre la triple
frontera, que contó con la participación de los países
del MERCOSUR político y los EEUU.
Con relación a la cooperación en el ámbito
interamericano:
En el ámbito regional es bien conocida la activa
participación de la Argentina que impulsó, en el marco
de la OEA, a través de la Segunda Conferencia
Interamericana contra el Terrorismo (Mar del Plata, 1998),
la creación del Comité Interamericano contra el
Terrorismo (CICTE), cuyo propósito es desarrollar la
cooperación a fin de prevenir, combatir y eliminar los
actos y actividades terroristas.
La
República Argentina va a realizar en el curso del
presente año una contribución para dar apoyo a las
labores del CICTE.
La República Argentina, en el marco de lo dispuesto por
la resolución RC.23/RES.1/01 rev.1 que encomendó al
Consejo Permanente la elaboración de un Proyecto de
Convención Interamericana contra el Terrorismo, mi país
ha presentado, como contribución a las labores
correspondientes, un anteproyecto integral de convención.
Se destaca entre otras propuestas la referida al CICTE
como mecanismo de seguimiento para su aplicación.
Al tener en consideración que este comité
es el órgano del sistema interamericano que tiene
asignado labores destinadas a prevenir, combatir y
eliminar los actos y actividades terroristas y, a fin de
lograr una máxima utilización de los recursos del
sistema, el Gobierno argentino considera que el órgano
sobre el cual deberá necesariamente recaer la
responsabilidad del seguimiento de la aplicación de la
Convención Interamericana contra el Terrorismo es el
CICTE.
Para ello y de conformidad con su estatuto, este Comité
podría establecer un subcomité conformado por todos los
estados partes de la convención, con el propósito de
lograr el pleno alcance de sus objetivos y seguir su
aplicación.
En el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores,
Comercio Internacional y Culto, se ha decidido crear el
cargo de “Representante Especial para el Terrorismo y
otras Amenazas a la Paz y la Seguridad Internacional”, y
su responsabilidad principal será coordinar las acciones,
medidas y políticas vinculadas con la aplicación de la
resolución 1373/2001 del Consejo de Seguridad de las
Naciones Unidas.
Sr.
Presidente:
Por último, desearía poner en conocimiento de todos los
representantes que asisten a esta reunión que la delegación
Argentina, en su carácter de Presidente Pro-Témpore del
MERCOSUR y en nombre de los estados parte que lo conforman,
hará circular en sala un documento que resume la posición
y las acciones tomadas en la lucha contra el terrorismo.
Muchas gracias.
ANEXO
SEGUNDO
PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DEL CICTE
POSICIÓN
Y ACCIONES DEL MERCOSUR EN LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO
·
Los países del MERCOSUR, Bolivia y Chile emitieron
el 8 de octubre de 2001 un comunicado conjunto condenando
los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001,
ratificando su respaldo a las resoluciones de la asamblea
general y del consejo de seguridad de las naciones unidas y,
en el plano regional, a las adoptadas por XXIII reunión de
consulta cancilleres de la OEA y XXIV reunión de consulta
cancilleres dentro del marco del TIAR.
·
Los ministros del interior del MERCOSUR emitieron el
28 de septiembre de 2001 una declaración en la que
“repudian vehementemente los actos criminales terroristas
ejecutados contra los estados unidos de América...”, se
comprometen a la “mas amplia cooperación entre si y con
otros países para el logro de informaciones, estudios y
acciones contra actividades terroristas” e invitan a los
gobiernos de Bolivia y de Chile a participar de los trabajos.
·
En cumplimiento propósitos contenidos en declaración
de ministros del interior, se conformo en ese ámbito un
foro especializado para el intercambio y análisis de
información sobre terrorismo, con reuniones regulares entre
funcionarios de niveles político y técnico de organismos
especializados y/o de inteligencia de cada uno de los
estados parte, convocadas por la presidencia pro-tempore.
·
Dicho foro especializado estará constituido en
principio por el grupo de trabajo permanente sobre
terrorismo (GTP), que dependerá directamente de reunión de
ministros del interior y tendrá como principal objetivo la
implementación de acciones operativas y de coordinación
previstas en el capitulo VII "ámbito terrorismo'
del plan general de cooperación y coordinación
reciproca para la seguridad regional entre estados parte del
MERCOSUR.
·
Del GTP dependerán todos los grupos operacionales
constituidos en el ámbito de la reunión de ministros del
interior del MERCOSUR ya existentes, como el comando de la
triple frontera y las unidades de coordinación conjunta,
como así también los que se creen en el futuro.
·
El mismo acuerdo crea grupo de trabajo especializado
(GTE), para asistir al grupo de trabajo permanente (GTP) en
actividades de inteligencia y operaciones combinadas, así
como realizar análisis y evaluación de las acciones de
articulación previstas en los acuerdos vigentes o a
suscribirse en materia de terrorismo.
·
El reglamento orgánico de ambos grupos (GTP-GTE) ha
sido incorporado ala normativa MERCOSUR.
·
La agenda de trabajo de la reunión de comisión técnica
de la reunión de ministros del interior del MERCOSUR,
Bolivia y Chile para primer semestre ano 2002 contempla
iniciar tratamiento del anteproyecto de acuerdo sobre lucha
contra vuelos ilegales, entre cuyos fundamentos se destaca
que “en estos momentos, estas actividades ilícitas podrían
ser aprovechadas por organizaciones terroristas...”.
·
Dicha agenda de trabajo prevé asimismo comenzar con
el tratamiento del anteproyecto de acuerdo sobre seguridad
del turista, entre las fuerzas de seguridad de los estados
partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile.
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