COMITÉ INTERAMERICANO CONTRA EL TERRORISMO (CICTE)

 

SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES                   OEA/Ser.L/X.2.2
Del 28 al 29 de enero de 2002                                       CICTE/doc.8/02 add. 4

Washington, D.C. 4 febrero 2002                                   Original: español


INFORMES Y EXPOSICIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS SOBRE MEDIDAS ADOPTADAS EN CUMPLIMIENTO DE LAS DECISIONES DE LOS MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES (RC.23/RES. 1/01 rev. 1 corr. 1)

 

(Argentina)


INTERVENCIÓN DEL EMBAJADOR ROGELIO E. PFIRTER,
SUBSECRETARIO DE POLÍTICA EXTERIOR DEL MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
DE LA REPÚBLICA DE ARGENTINA

 

Sr. Presidente del Comité Interamericano contra el Terrorismo
Sr. Secretario General de la OEA
Señoras y señores Delegados y Representantes Permanentes
Señoras y señores

Quisiera expresar, en primer lugar, el firme respaldo del Gobierno de la Argentina al Comité Interamericano contra el Terrorismo y, señalar, que mi país tiene el pleno convencimiento de que juntos podremos encontrar respuestas y formular acciones que nos permitan prevenir y eliminar el terrorismo internacional en el hemisferio.

La República Argentina ha comprometido la más amplia cooperación en el ámbito multilateral, tanto en la Organización de las Naciones Unidas como en la Organización de los Estados Americanos, en esa lucha contra el terrorismo.

Mi país, Señor Presidente, está convencido que resulta indispensable una decidida y firme acción de todas las naciones para cooperar efectivamente en el combate contra estos actos delictivos.  Para ello, se require una cooperación orgánica, sólida y permanente, dentro del marco del derecho internacional. Y de conformidad con los principios consagrados en las Cartas de las Naciones Unidas y de la OEA.

Sr. Presidente.

La Argentina incorporó al derecho interno lo dispuesto por la resolución 1373 (2001) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas mediante el decreto 1235, del 5 de octubre de 2001, que requiere a todos los órganos del poder ejecutivo, reparticiones y organismos del estado nacional, provincias, municipalidades y gobierno autónomo de la ciudad de Buenos Aires, que adopten en sus respectivas jurisdicciones las medidas que fueren necesarias para dar cumplimiento a dicha resolución.

Cabe también tener presente que, previamente, por decreto 253 del 17 de febrero de 2000 se había puesto en vigor en el derecho interno la resolución 1267 (1999) del CSONU, que establece el congelamiento de fondos y activos financieros de los Talibanes. A su vez, el decreto 1035 (2001) puso en aplicación la resolución 1333 (2000) que establece el congelamiento de fondos y activos financieros de Usama Bin Laden y de la organización Al Qaeda y de las personas y entidades asociadas a estos.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Argentina, en cumplimiento de lo dispuesto en el decreto 1035, emitió las resoluciones 2973, 3165, 3291, 3397 y 3711, que dieron a conocer cuales son los fondos y recursos financieros que el Comité de Sanciones establecido por la resolución 1267 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha designado a efectos de que sean objeto de congelamiento.

Con respecto al congelamiento de activos, quiero señalar lo siguiente:

Las autoridades con competencia regulatoria en materia financiera procedieron a dictar las disposiciones para hacer efectivo el congelamiento de los fondos y activos implicados: el Banco Central, la Superintendencia de Seguros, la Comisión Nacional de Valores, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), luego de cumplidas dichas disposiciones, informaron no haber registrado fondos o activos a nombre de las personas o entidades señaladas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Con relación a la tipificación penal, cabe destacar lo siguiente:

El orden jurídico argentino no tipifica el delito de terrorismo ni los actos de terrorismo como una figura penal autónoma ni les asigna penas a conductas de este tipo. Para analizar y evaluar la adaptación de la legislación penal argentina a las convenciones internacionales en materia de terrorismo y elaborar los proyectos legislativos que correspondan, se ha dispuesto la constitución de una comisión interministerial conformada por expertos de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Interior, Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio Público Fiscal y expertos independientes, que debería tipificar las conductas penales.

Señor presidente,

En cuanto a la adhesión a convenios y protocolos internacionales,  quiero destacar que la Argentina ha firmado las doce convenciones internacionales en materia de terrorismo y es parte de nueve de ellas. De las tres restantes, el Convenio Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas Cometidos con Bombas está siendo considerado para su aprobación por el Congreso de la Nación. En lo que hace al Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de las Plataformas Fijas Emplazadas en la Plataforma Continental y a la Convención para la Represión de la Financiación del Terrorismo, ambas se encuentran en proceso de Refrendo Ministerial los respectivos proyectos de leyes para su remisión al Congreso Nacional.

Con respecto a la prevención, el instrumento operacional y de inteligencia es el “Esfuerzo Nacional de Policía (ENP)”, constituido por la Policía Federal Argentina (PFA), la Gendarmería Nacional (GNA), la Prefectura Naval Argentina (PNA), la Policía Aeronáutica (PAN) y las Policías Provinciales de los 23 distritos del territorio nacional.

La Secretaría de Seguridad Interior es el organismo que coordina el funcionamiento del ENP. Actualmente se lleva a cabo una intensa actividad de inteligencia y operacional preventiva con la finalidad de detectar y/o neutralizar la actividad de grupos o entidades vinculados a organizaciones terroristas, así como a evitar la posible comercialización ilegal de armas. El esfuerzo principal se realiza en los grandes centros poblados y en los sectores fronterizos (terrestres, fluviales, marítimos y el espacio aéreo vinculante). Con respecto al eventual tráfico de armas, se efectúan controles camineros sobre las rutas del país.

Con respecto a los controles fronterizos, cabe señalar que mi país efectúa permanentemente controles en:

- Aeropuertos Nacionales e Internacionales (PAN);

- Puertos y resto de la frontera fluvial, lacustre y marítima (PNA), que actúa con despliegue fijo y móvil constituido por hombres y medios de patrulla terrestres, modo aéreo -helicópteros y aeronaves-, fluviales (embarcaciones menores y guardacostas) y marítimos (guardacostas mayores), además de mantener estrecha asistencia recíproca con sus similares de los países vecinos;

- La frontera terrestre, donde la GNA cubre permanentemente los lugares habilitados (pasos) e inhabilitados. En todos los aspectos de la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada transnacional la PFA coopera con INTERPOL y la Justicia Federal.

- Terminales portuarias y de pasajeros: se han instaurado procesos de control más sensibles, como interrogatorio de seguridad, vigilancia permanente de sus movimientos, registro manual o instrumental de todo el equipaje de mano, inspección manual o instrumental de un porcentaje de equipajes facturados (mínimo 30% y máximo 70 %) y guardia directa del equipaje hasta su embarque a bordo.

- Migrantes: la Dirección Nacional de Migraciones ha extremado al máximo el control de ingreso de personas, prestando especial atención a ciudadanos de una serie de países de especial consideración.

- Triple Frontera: con respecto a la intensificación de controles de las zonas limítrofes, la llamada triple frontera entre Argentina, Paraguay y Brasil constituye el área de mayor cuidado y seguimiento en el esfuerzo prevencional. En 1996, se creó el "Comando Tripartito de la Triple Frontera" integrado por las Fuerzas de Seguridad Interior de los tres países, con la finalidad primaria de intensificar la cooperación en la lucha contra el terrorismo, el narcotráfico, el lavado de dinero, el contrabando de armas, municiones y explosivos y otros delitos comprendidos dentro de la delincuencia organizada transnacional. Actualmente participa también Uruguay, previéndose próximamente la incorporación de Chile y Bolivia, en su carácter de estados asociados del MERCOSUR.

En 1998 fue acordado el Plan de Seguridad de la Triple Frontera, que en el ámbito migratorio consiste en el intercambio de información relativa a visas denegadas a nacionales de una serie especial de países entre las oficinas consulares de los tres países instaladas en la misma ciudad sede. La información es transmitida a las respectivas cancillerías, que la retransmiten a todas sus oficinas consulares en cada país.

Durante los días 18, 19 y 20 de diciembre de 2001 tuvo lugar en Asunción, Paraguay, un Seminario sobre la triple frontera, que contó con la participación de los países del MERCOSUR político y los EEUU.

Con relación a la cooperación en el ámbito interamericano:

En el ámbito regional es bien conocida la activa participación de la Argentina que impulsó, en el marco de la OEA, a través de la Segunda Conferencia Interamericana contra el Terrorismo (Mar del Plata, 1998), la creación del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE), cuyo propósito es desarrollar la cooperación a fin de prevenir, combatir y eliminar los actos y actividades terroristas.

La República Argentina va a realizar en el curso del presente año una contribución para dar apoyo a las labores del CICTE.

La República Argentina, en el marco de lo dispuesto por la resolución RC.23/RES.1/01 rev.1 que encomendó al Consejo Permanente la elaboración de un Proyecto de Convención Interamericana contra el Terrorismo, mi país ha presentado, como contribución a las labores correspondientes, un anteproyecto integral de convención. Se destaca entre otras propuestas la referida al CICTE como mecanismo de seguimiento para su aplicación.

Al tener en consideración que este comité  es el órgano del sistema interamericano que tiene asignado labores destinadas a prevenir, combatir y eliminar los actos y actividades terroristas y, a fin de lograr una máxima utilización de los recursos del sistema, el Gobierno argentino considera que el órgano sobre el cual deberá necesariamente recaer la responsabilidad del seguimiento de la aplicación de la Convención Interamericana contra el Terrorismo es el CICTE. 

Para ello y de conformidad con su estatuto, este Comité podría establecer un subcomité conformado por todos los estados partes de la convención, con el propósito de lograr el pleno alcance de sus objetivos y seguir su aplicación.

En el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, se ha decidido crear el cargo de “Representante Especial para el Terrorismo y otras Amenazas a la Paz y la Seguridad Internacional”, y su responsabilidad principal será coordinar las acciones, medidas y políticas vinculadas con la aplicación de la resolución 1373/2001 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

 

Sr. Presidente:

Por último, desearía poner en conocimiento de todos los representantes que asisten a esta reunión que la delegación Argentina, en su carácter de Presidente Pro-Témpore del MERCOSUR y en nombre de los estados parte que lo conforman, hará circular en sala un documento que resume la posición y las acciones tomadas en la lucha contra el terrorismo.

Muchas gracias.

 

 

          ANEXO

 

 SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES DEL CICTE
POSICIÓN Y ACCIONES DEL MERCOSUR EN LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO
 

·       Los países del MERCOSUR, Bolivia y Chile emitieron el 8 de octubre de 2001 un comunicado conjunto condenando los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001, ratificando su respaldo a las resoluciones de la asamblea general y del consejo de seguridad de las naciones unidas y, en el plano regional, a las adoptadas por XXIII reunión de consulta cancilleres de la OEA y XXIV reunión de consulta cancilleres dentro del marco del TIAR.
 

·       Los ministros del interior del MERCOSUR emitieron el 28 de septiembre de 2001 una declaración en la que “repudian vehementemente los actos criminales terroristas ejecutados contra los estados unidos de América...”, se comprometen a la “mas amplia cooperación entre si y con otros países para el logro de informaciones, estudios y acciones contra actividades terroristas” e invitan a los gobiernos de Bolivia y de Chile a participar de los trabajos.
 

·       En cumplimiento propósitos contenidos en declaración de ministros del interior, se conformo en ese ámbito un foro especializado para el intercambio y análisis de información sobre terrorismo, con reuniones regulares entre funcionarios de niveles político y técnico de organismos especializados y/o de inteligencia de cada uno de los estados parte, convocadas por la presidencia pro-tempore.
 

·       Dicho foro especializado estará constituido en principio por el grupo de trabajo permanente sobre terrorismo (GTP), que dependerá directamente de reunión de ministros del interior y tendrá como principal objetivo la implementación de acciones operativas y de coordinación previstas en el capitulo VII "ámbito terrorismo'  del plan general de cooperación y coordinación reciproca para la seguridad regional entre estados parte del MERCOSUR.
 

·       Del GTP dependerán todos los grupos operacionales constituidos en el ámbito de la reunión de ministros del interior del MERCOSUR ya existentes, como el comando de la triple frontera y las unidades de coordinación conjunta, como así también los que se creen en el futuro.
 

·       El mismo acuerdo crea grupo de trabajo especializado (GTE), para asistir al grupo de trabajo permanente (GTP) en actividades de inteligencia y operaciones combinadas, así como realizar análisis y evaluación de las acciones de articulación previstas en los acuerdos vigentes o a suscribirse en materia de terrorismo.
 

·       El reglamento orgánico de ambos grupos (GTP-GTE) ha sido incorporado ala normativa MERCOSUR.
 

·       La agenda de trabajo de la reunión de comisión técnica de la reunión de ministros del interior del MERCOSUR, Bolivia y Chile para primer semestre ano 2002 contempla iniciar tratamiento del anteproyecto de acuerdo sobre lucha contra vuelos ilegales, entre cuyos fundamentos se destaca que “en estos momentos, estas actividades ilícitas podrían ser aprovechadas por organizaciones terroristas...”.
 

·       Dicha agenda de trabajo prevé asimismo comenzar con el tratamiento del anteproyecto de acuerdo sobre seguridad del turista, entre las fuerzas de seguridad de los estados partes del MERCOSUR, Bolivia y Chile.  

 

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