La Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados (CIFTA) es la principal herramienta de la región para abordar el tráfico y proliferación ilícita de armas de fuego desde una perspectiva coordinada y transnacional.

La CIFTA es un acuerdo multilateral vinculante para fomentar el establecimiento de controles y regulaciones a la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego. Adoptada en 1997, es la primera herramienta regional de esa naturaleza y fue ratificada por 31 de los 34 Estados Miembros de la OEA.

La CIFTA establece una serie de obligaciones de carácter vinculante a los Estados Parte, incluyendo:

  • Criminalización de conductas asociadas a la fabricación y tráfico ilícitos de armas de fuego
  • Marcaje mandatorio de armas de fuego
  • Sistema de licencias de exportación, importación, y tránsito
  • Fortalecimiento de los controles en puntos de exportación
  • Cooperación regional e intercambio de experiencias

La estructura de la CIFTA se divide en:

Conferencia de los Estados Parte:

La Conferencia de los Estados Parte es el órgano máximo de la Convención y reúne las altas autoridades de los países, que examinan el funcionamiento y la aplicación de la Convención.

Comité Consultivo:

El Comité Consultivo está integrado por las entidades nacionales de los Estados Parte y se reúne anualmente para intercambiar información, promover la cooperación regional, y analizar los avances realizados en la implementación de la Convención y del Curso de Acción vigente.

Secretaría Técnica:

La Secretaría Técnica es ejercida por la Secretaría General de la OEA a través del Departamento contra la Delincuencia Organizada Trasnacional (DDOT) y

Departamento de Seguridad Pública (DSP), que implementan programas operativos para apoyar a los Estados Parte en el cumplimiento de las obligaciones de la CIFTA y brindan asistencia a la Secretaría Pro-Tempore y la Presidencia de la Conferencia de Estados Parte para organizar las reuniones de la CIFTA.

Secretaría Pro-Témpore:

La Secretaría Pro-Témpore es ejercida por un Estado Parte, electo anualmente por los otros países, responsable por organizar y presidir las reuniones del Comité Consultivo. Actualmente, es ocupada por México.


Objetivos
  • Impedir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos, y otros materiales relacionados
  • Promover y facilitar la cooperación y el intercambio de información y buenas prácticas entre los Estados Parte


Actividades

Secretaría Pro-Témpore:

Convocar y organizar las Reuniones Anuales del Comité Consultivo.

Secretaría Técnica:

Apoyar la Secretaría pro Témpore en la organización de las reuniones.

Fortalecer las capacidades de los Estados Parte en cumplir con las obligaciones de la CIFTA, particularmente en lo relativo a:

  • Marcaje y rastreo.
  • Sistema de licencias de importación, exportación y tránsito.
  • Manejo y destrucción de arsenales.
  • Adecuación de las legislaciones nacionales al marco normativo de la CIFTA.
  • Investigación de delitos vinculados al tráfico y proliferación ilícitas de armas de fuego.

Países Beneficiarios
Antigua y Barbuda
Antigua y Barbuda
Argentina
Argentina
Barbados
Barbados
Belize
Belize
Bolivia
Bolivia
Brasil
Brasil
Canadá
Canadá
Chile
Chile
Colombia
Colombia
Costa Rica
Costa Rica
Dominica
Dominica
Ecuador
Ecuador
El Salvador
El Salvador
Estados Unidos de América
Estados Unidos de América
Grenada
Grenada
Guatemala
Guatemala
Guyana
Guyana
Haití
Haití
Honduras
Honduras
Jamaica
Jamaica
Las Bahamas
Las Bahamas
México
México
Nicaragua
Nicaragua
Panamá
Panamá
Paraguay
Paraguay
Perú
Perú
República Dominicana
República Dominicana
Saint Kitts y Nevis
Saint Kitts y Nevis
San Vicente y las Granadinas
San Vicente y las Granadinas
Santa Lucía
Santa Lucía
Suriname
Suriname
Trinidad y Tobago
Trinidad y Tobago
Uruguay
Uruguay
Venezuela
Venezuela