Evolución del tema en la OEA

En el año 2005, la Asamblea General, mediante resolución AG/RES. 2126 (XXXV-O/05) “Prevención del racismo y toda forma de discriminación e intolerancia y consideración de la elaboración de un proyecto de convención interamericana”, reafirmó el decidido compromiso de la OEA en favor de la erradicación del racismo y de todas las formas de discriminación e intolerancia, y la convicción de que tales actitudes discriminatorias representan una negación de valores universales como los derechos inalienables e inviolables de la persona humana y de los propósitos, principios y garantías previstos en la Carta de la OEA, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en la Carta Democrática Interamericana y en la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. También manifestó su profunda consternación por el aumento general en diversas partes del mundo de casos de intolerancia y violencia contra miembros de muchas comunidades religiosas, incluidos los motivados por la islamofobia, el antisemitismo y la cristianofobia.

Dicha resolución encomendó al Consejo Permanente que instituya un grupo de trabajo encargado de recibir contribuciones con vistas a la elaboración, por parte del grupo de trabajo, de un proyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia. También solicitó al Consejo Permanente que instruya al grupo de trabajo para que continúe abordando, como asunto prioritario, el tema de prevenir, combatir y erradicar el racismo y todas las formas de discriminación e intolerancia; y, que convoque a una Sesión Especial del grupo de trabajo de reflexión y análisis sobre la naturaleza de una futura convención interamericana contra el racismo y toda forma de discriminación e intolerancia, destinada a incrementar el grado de protección de los seres humanos contra actos de esta naturaleza, con miras a fortalecer los estándares internacionales hoy vigentes y tenga en cuenta las formas y fuentes de racismo, discriminación e intolerancia del Hemisferio, así como aquellas manifestaciones no previstas en instrumentos existentes en la materia.

En atención a este mandato, la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente instaló el Grupo de Trabajo en su reunión del 31 de agosto de 2005, iniciando sus actividades el 23 de septiembre de ese año. El Grupo de Trabajo celebró varias reuniones durante el período 2005-2006 entre las que se destacó la Sesión Especial mencionada en la resolución de la Asamblea General, que se celebró los días 28 y 29 de noviembre y cuyas conclusiones preliminares figuran en el documento CAJP/GT/RDI-16/05, “Informe de la Relatora”. Tanto ésta como las otras reuniones del Grupo de Trabajo tuvieron el propósito de recibir las contribuciones con vistas a la elaboración de un proyecto de Convención de parte de los Estados Miembros, de órganos, organismos y entidades de la OEA, así como de las Naciones Unidas y de organizaciones regionales, representantes de los pueblos indígenas, empresarios y grupos laborales, y de organizaciones de la sociedad civil. Los siguientes Estados realizaron contribuciones preliminares por escrito: México, CAJP/GT/RDI-4/05 add.1, Argentina, CAJP/GT/RDI-4/05 add.2, Brasil, CAJP/GT/RDI-4/05 add.3, Perú, CAJP/GT/RDI-4/05 add.4, Chile, CAJP/GT/RDI-4/05 add.5, Colombia, CAJP/GT/RDI-4/05 add.6, y Canadá, CAJP/GT/RDI-4/05 add.7.

Asimismo, el 18 de abril de 2006 el Presidente del Grupo de Trabajo presentó el “Anteproyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia”, CP/CAJP-2357/06, indicando que se basa en las contribuciones recibidas durante las sesiones del Grupo de Trabajo por los Estados Miembros, representantes de la sociedad civil, especialistas de las Naciones Unidas, de órganos, organismos y entidades de la OEA, así como de otras entidades regionales e internacionales, con el interés de que sirva de base para las negociaciones sobre una futura Convención.

La Asamblea General de la OEA reunida en Santo Domingo, Rp. Dominicana, en junio de 2006, mediante resolución AG/RES. 2168 (XXXVI-O/06) “Lucha contra el racismo y toda forma de discriminación e intolerancia y consideración del proyecto de convención interamericana contra el racismo y toda forma de discriminación e intolerancia”, instruyó al Grupo de Trabajo que inicie las negociaciones sobre el Proyecto de Convención contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia, teniendo en cuenta el Anteproyecto mencionado anteriormente, y le solicitó que en el marco del proceso de negociación del mencionado proyecto, continúe promoviendo reuniones para recibir las contribuciones de los Estados Miembros, de órganos, organismos y entidades de la OEA, así como de las Naciones Unidas y de organizaciones regionales. También le solicitó que continúe recibiendo las contribuciones de representantes de los pueblos indígenas, empresarios y grupos laborales, y de organizaciones de la sociedad civil, teniendo presentes las Directrices para la Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA, especialmente la resolución del Consejo Permanente de la Organización 759 (1217/99) del 15 de diciembre de 1999.

Al siguiente año, la Asamblea General reunida en Panamá en junio de 2007, mediante resolución AG/RES. 2276 (XXXVII-O/07), instruyó al Grupo de Trabajo a que continúe las negociaciones sobre el Proyecto de Convención, tomando en cuenta los avances logrados en el período 2006-2007, de conformidad con el plan de trabajo y la metodología que adoptó el Grupo al inicio de sus actividades. El 6 de diciembre de 2007, la Presidencia del Grupo de Trabajo presentó el documento consolidado CAJP/GT/RDI-57/07 corr.2, para comentarios de las delegaciones, sociedad civil y de los órganos, organismos y entidades de la OEA involucrados en el proceso de negociación. Este documento refleja el análisis elaborado por el Departamento de Derecho Internacional y de la Secretaría de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la versión revisada del documento. Las negociaciones en el marco del Grupo de Trabajo sobre la base de dicho documento consolidado se iniciaron el 12 de febrero de 2008.

Posteriormente, la Asamblea General que tuvo lugar en Medellín, Colombia, en el año 2008, por medio de la resolución AG/RES. 2367 (XXXVIII-O/08), encomendó al Grupo de Trabajo la continuación de las negociaciones sobre dicho proyecto de Convención, tomando en cuenta los avances reflejados en el documento consolidado de conformidad con el plan de trabajo y la metodología que adoptó el Grupo al inicio de sus actividades. Asimismo, encomendó al Grupo de Trabajo la realización de una [sesión] para recibir contribuciones y aportes sobre el proceso de negociación del proyecto de Convención, con el objetivo de adelantar y fortalecer dicho proceso.

La Asamblea General celebrada en San Pedro de Sula, Honduras, el 04 de junio de 2009, mediante resolución AG/RES. 2501 (XXXIX –O/09) encomendó al Grupo de Trabajo continuar con las negociaciones del proyecto de Convención sobre la base de los avances de la última versión del documento consolidado CAJP/GT/RDI-57 rev. 11 y con la promoción de aportes por parte de los actores intervinientes.

Lo propio hizo la última Asamblea General de la OEA, celebrada en Lima, Perú, la cual adoptó la resolución AG/RES. 2606 (XL-O/10) “Proyecto de Convención Interamericana Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia”. En dicho instrumento se resolvió, entre otros, reafirmar la voluntad y el decidido compromiso de los Estados Miembros para continuar realizando esfuerzos para concluir las negociaciones sobre el Proyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia. Asimismo, se encomendó al Grupo de Trabajo que continúe las negociaciones, tomando en cuenta los avances reflejados en el “Documento Consolidado: Proyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia” (CAJP/GT/RDI-57/07 rev. 13). Por último, se solicitó al Grupo de Trabajo que al adoptar su Plan de Trabajo considere los planteamientos metodológicos que contribuyan al proceso de negociación.

Cabe hacer notar que esta resolución fue adoptada con una nota al pie que lee lo siguiente: “Antigua y Barbuda considera que es necesario revisar el mandato que la Asamblea General dio al Consejo Permanente, mediante la resolución AG/RES. 2126 (XXXV-O/05) y otras subsiguientes, para instituir un Grupo de Trabajo que elaborara un proyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia. Desde que fue instalado este Grupo de Trabajo, los Estados Miembros no han podido llegar a un consenso sobre el alcance de este instrumento, y en consecuencia las negociaciones se encuentran en un punto muerto. Aunque sigue estando comprometida con la erradicación del racismo y toda forma de discriminación e intolerancia en las Américas, Antigua y Barbuda ya no considera que un solo instrumento sea práctico. Por lo tanto, Antigua y Barbuda estima ahora que los Estados Miembros deberían elaborar una Convención Interamericana contra el Racismo y uno o más Protocolos Facultativos sobre Todas las Formas de Discriminación e Intolerancia. Con el apoyo de Belize, Canadá y Saint Kitts y Nevis”.

En el 2011, en el 42º periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la OEA, llevado a cabo en San Salvador, El Salvador, se adoptó la resolución AG/RES. 2677 (XLI-O/11) “Proyecto de Convención Interamericana Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia”. Dicha resolución supuso un cambio a la manera en la cual las negociaciones venían llevándose a cabo hasta la fecha. Aparte de reafirmar la voluntad y el más decidido compromiso de los Estados Miembros de continuar realizando esfuerzos para la elaboración y negociación de los instrumentos jurídicamente vinculantes que sean necesarios para hacer frente a los flagelos del racismo, la discriminación racial y toda otra forma de discriminación e intolerancia, la Asamblea General decidió lo siguiente:

“Instruir al Consejo Permanente que prorrogue la tareas del Grupo de Trabajo de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, y encomendarle que elabore proyectos de instrumentos jurídicamente vinculantes, con la debida consideración de una Convención contra el racismo y la discriminación racial, así como un protocolo o protocolos facultativos que adicionalmente atiendan toda otra forma de discriminación e intolerancia, de conformidad con el plan de trabajo y la metodología que se adopte y tomando en cuenta hasta donde sea posible los avances reflejados en el “Documento consolidado: Proyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia” (CAJP/GT/RDI-57/07 rev. 13), y continúe las negociaciones sobre la base de dichos instrumentos…”.

De esta forma, en función a este mandato, el Grupo de Trabajo deberá abocarse a la elaboración de instrumentos jurídicamente vinculantes que atiendan, por un lado, al racismo y a la discriminación racial, y por el otro, a otras formas de discriminación e intolerancia.

Asimismo, la misma resolución encomendó que la elaboración, negociación y aprobación del texto final de los proyectos de dichos instrumentos jurídicos se realice de manera simultánea y concurrente, de tal manera que se garantice un tratamiento integral y congruente de los flagelos del racismo, la discriminación y la intolerancia en el hemisferio.

En el año 2012, la Asamblea General, mediante la resolución AG/RES. 2718 (XLII-O/12) “Proyecto de Instrumentos Interamericanos Jurídicamente Vinculantes contra el Racismo y la Discriminación Racial y contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia”, instruyó al Consejo Permanente que prorrogue las tareas del Grupo de Trabajo de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos, y encomendarle que elabore instrumentos jurídicamente vinculantes, de conformidad con el plan de trabajo y la metodología que se adopte y tomando en cuenta los avances reflejados en los documentos “Proyecto de Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia” (CAJP/GT/RDI-179/11 rev. 7) y “Proyecto de 'Instrumento' Jurídicamente Vinculante contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia” (CAJP/GT/RDI-180/11 rev. 5) y que continúe las negociaciones sobre la base de dichos instrumentos.

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