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La SecretarÃa de Asuntos JurÃdicos (SAJ) cumple la función de depositario de los [tratados multilaterales interamericanos] y de sus instrumentos de ratificación que la Carta de la Organización confiere a la SecretarÃa General (art. 112, f). Asimismo cumple la función de depositaria de los [acuerdos bilaterales] celebrados por los órganos de la OEA con los Estados americanos o con otros organismos interamericanos o entidades nacionales de paÃses miembros u observadores.
En su calidad de depositario, La SecretarÃa de Asuntos JurÃdicos (SAJ) cumple, en general, con las siguientes funciones:
a. Custodiar el texto original de los tratados y los plenos poderes que se le hayan remitido
b. Recibir las firmas de los tratados y recibir y custodiar los instrumentos, notificaciones y comunicaciones relativos a éste
c. Informar a las partes en los tratados y a los Estados facultados para llegar a serlo de los actos, notificaciones y comunicaciones relativos a ellos
d. Informar a los Estados facultados para llegar a ser parte en los tratados de la fecha en que se ha recibido o depositado el número de firmas o de instrumentos de ratificación o adhesión necesario para la entrada en vigor de dichos tratados
e. Registrar el tratado en la SecretarÃa de las Naciones Unidas
f. Extender copias certificadas conformes del texto original de los tratados
g. Mantener y difundir una base documental electrónica de datos sobre los tratados interamericanos.
Además, se rige por normas especÃficas aprobadas mediante resoluciones de la Asamblea General de la OEA en materia de reservas, de procedimientos para la elaboración y adopción de instrumentos jurÃdicos y de procedimientos para la corrección de errores.