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Información y Derechos Humanos
La
Corte Interamericana de Derechos Humanos, reconoció en Claude Reyes v.
Chile, que el acceso a la información es un derecho universal y
expresamente estableció el derecho de “buscar y recibir información” del
gobierno.
El Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
establece que el derecho a la libertad de expresión comprende la
libertad de buscar, recibir y difundir información.
El Artículo IV Declaración Americana de los Derechos y Deberes del
Hombre reconoce que cada persona tiene el derecho a la libertad de
investigación, de opinión, y de expresión y difusión del pensamiento por
cualquier medio.
El Artículo 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos
también protege el derecho y la libertad de buscar, recibir, y difundir
informaciones e ideas de toda índole. Finalmente, la Declaración de
Principios sobre Libertad de Expresión de 2000 de la Comisión
Interamericana de Derecho Humanos hace eco de este derecho de acceder a
información pública y una vez más resalta que el acceso a la información
en poder del Estado es un derecho fundamental de todo individuo.