1. ¿Cuáles son mis obligaciones con el Fondo una vez recibido el
préstamo y
mientras
estoy en el período de gracia?
Hay
tres obligaciones principales que
los
beneficiarios
del Fondo Rowe deben tener en
cuenta una vez el préstamo es aprobado y mientras se encuentran estudiando:
a.
Utilizar el dinero del
préstamo sólo para los propósitos de educación especificados en el contrato
para el cual el préstamo fue otorgado.
b.
Al final de cada periodo
académico/semestre se deben someter las calificaciones o reportes mostrando
el progreso académico del estudiante.
c.
Informar en forma
oportuna a la Comisión cada vez que haya un cambio en la fecha de
graduación, planes inmediatos de trabajo, nueva dirección, número de
teléfono, número facsímile, y/o correo electrónico (Actualice su información
de contacto
aquí!).
2. ¿Dónde actualizo mi información?
Como
beneficiario del Fondo Rowe, los prestatarios deben informar
de forma oportuna a la Comisión del Fondo Rowe cuando haya un cambio
en de dirección del prestatario o del garante, o cambio en el número de
teléfono, número facsímile (si hubiera), y/o
correo electrónico.
La manera más efectiva para actualizar su información
es llenando el
formulario de actualización de información
“Update
Information Form” y
enviando anexo en
un correo electrónico a la siguiente dirección:
rowefund@oas.org (incluyendo en el
asunto su nombre y número completo de préstamo). Usted puede actualizar
también su información enviando el
Update Information Form”o Formulario de
Actualización de Información
por fax al
1 (202) 458-3897 o por
correo a:
Organization of American States
Leo S. Rowe Pan American Fund
Washington, DC 20006
3. ¿Qué
sucede si no hago el primer pago en la fecha prevista y estipulada por el
contrato del préstamo?
Según lo especificado en el contrato de préstamo, la fecha de inicio de pago
es tres meses después de la fecha de graduación esperada de los estudios
para los cuales el préstamo fue otorgado. Si usted no paga la primera cuota
del préstamo en su momento, estará sujeto a una multa
por retraso en su primer
pago.
4. ¿Puedo solicitar una extensión en la fecha de inicio de pago que se
estableció en el contrato del préstamo?
La
fecha de inicio de pago está establecida en el contrato del préstamo, la
cual se basa en la fecha esperada de graduación en el momento en que el
préstamo es otorgado. El no cumplir con la fecha esperada de graduación, no
es motivo para modificar la fecha de inicio de pago. Los beneficiarios sólo
pueden solicitar una postergación de la fecha de inicio de pago si ellos
pueden demostrar plenamente que tienen una razón valedera que justifique su
retraso en la fecha esperada de graduación. Para solicitar una extensión,
los beneficiarios deben solicitar dicha extensión por lo menos con tres
meses de anticipación a la fecha de inicio de pagos enviando una carta
dirigida a la Comisión del Fondo Leo S. Rowe justificando las razones para
la extensión, documentos adicionales que apoyen la petición, y
calificaciones más recientes (e incluir copia del diploma si está
disponible). Los beneficiarios
deben indicar claramente el número de meses que ellos solicitan para aplazar
la fecha de inicio de pago y explicar y demostrar las razones para tal
pedido.
5. ¿Puedo comenzar los pagos antes de la fecha de inicio de pago indicada en
el contrato del préstamo?
Sí.
En realidad recomendamos a nuestros beneficiarios a hacer los pagos antes de
la fecha indicada en el contrato del préstamo, considerando que al regresar
a sus países, no puedan argumentar dificultades para obtener la cantidad
necesaria en dólares de Estados Unidos como una excusa para demorar o
suspender sus pagos. Se sugiere que si durante el período de gracia, los
beneficiarios trabajan medio tiempo y pueden hacer pagos parciales del
préstamo antes de la fecha de inicio de pago indicada en el contrato del
préstamo, que lo hagan. En general, nuestros beneficiarios pueden saldar el
préstamo antes de las fechas indicadas en el contrato del préstamo, ya sea a
través de pagos adelantados, realizando pagos más grandes que los acordados,
y/o a realizando un pago por la cantidad total del préstamo.
6. ¿Cuáles son mis obligaciones una vez que empiezo el período de repago
estipulado en el contrato del préstamo?
a.
Enviar copia del Diploma y las calificaciones finales.
b.
Continuar actualizando la información suya y de su Garante hasta que el
préstamo sea cancelado en su totalidad. Una vez cancelado el préstamo, el
Fondo agradece seguir recibiendo actualización de dirección y avances en su
carrera, porque periódicamente se realizan encuestas a los
beneficiarios para mejorar el alcance y la utilidad del programa de
préstamos para estudiantes Latinoamericanos y del Caribe.
c.
Utilizar el dinero del préstamo sólo para los propósitos de educación
especificados en el contrato para el cual el préstamo fue otorgado.
d.
Pagar el préstamo dentro del tiempo y en cantidades no menores a las
estipuladas en el contrato del préstamo.
e.
Los pagos mensuales deben ser recibidos el primer día de cada mes.
f.
Los beneficiarios no pueden argumentar dificultades para obtener la
divisa de los Estados Unidos como excusa para demorar o suspender sus pagos.
g.
Los beneficiarios deben estar comprometidos a volver a su país de origen
doce meses después de la fecha esperada de graduación.
Para más información, lea los
términos y condiciones a cumplir una vez que se aprueba un préstamo.
7. ¿Qué opciones de pago tengo, mientras estoy dentro de los
Estados Unidos y una vez que regreso a mi país?
Usted puede realizar sus pagos al Fondo Rowe mediante cheques, transferencia
bancaria, o en línea a través de una tarjeta de crédito. También, puede
enviar un formulario de solicitud de autorización para tarjeta de crédito
para autorizar realizar las deducciones automáticas.
Este servicio no tiene costo para el usuario! o realizar el pago
directamente en las
oficinas de la OEA en los Estados miembros.
Para mayor información sobre opciones de pago, presione
aquí.
8. ¿Qué sucede si me atraso en los pagos?
El Fondo no
cargará intereses a los préstamos mientras el Prestatario cumpla con los
compromisos relacionados con el préstamo. Así mismo, los prestatarios que
incumplan con el pago de la primera cuota del plan de pagos estipulada en el
contrato de préstamo, estará sujeto a una multa por retraso.
En caso de atraso de tres o más pagos mensuales, sin una apelación
aprobada por la Comisión del Fondo, éste puede tomar una o más de las
siguientes acciones y notificar a ambos el Prestatario y el Garante:
h.
En caso de atraso de tres o más pagos mensuales, aplicar el interés por
penalidad establecido en el respectivo contrato de préstamo hasta que el
préstamo sea cancelado en su totalidad;
i.
Si la mora es equivalente a tres meses de pago atrasados se mantiene, la
Secretaría del Fondo puede, recalcular o incrementar el pago mínimo mensual
requerido al prestatario para cancelar completamente el préstamo a la fecha
de maduración estipulado en el contrato;
j.
Si la mora excede el equivalente a seis veces el monto de pago mensual
y/o no se han recibido pagos en los últimos seis meses, el total adeudado,
incluyendo los intereses acumulados sobre el saldo se hace efectivo y debe
cancelarse inmediatamente.
También al Garante se le
requerirá cancelar el saldo total de la deuda;
k.
Si después que haberse enviado la notificación pertinente, el préstamo no
se ha pagado totalmente ni se ha recibido un pago en muestra de buena fe, se
aumenta la cantidad total de la deuda en un porcentaje asignado por la
Comisión de acuerdo con el contrato de préstamo. Adicionalmente, se envía la
cuenta a una agencia de cobranza. El Fondo se reserva el derecho de
contactar al Prestatario y Garante en cualquier momento durante el repago
del préstamo.
9. ¿Qué
puede pasar si yo decido quedarme más del tiempo permitido en los Estados
Unidos?
Se cargará un interés anual a su cuenta según lo establecido en el contrato
firmado con el Fondo Rowe.
10. ¿En el peor de los casos, qué sucedería si me atraso en los pagos y me
quedo en los Estados Unidos?
Se
multará con una penalidad combinada (por haberse quedado en los Estados
Unidos y por tener
atrasos en los pagos). El Fondo puede también
tomar acciones adicionales para asegurar que los préstamos son pagados en su
totalidad y dentro del período de tiempo acordado en el contrato del
préstamo; las cuales puede incluir pero no está limitado a: reportar el
incumplimiento de pago a cualquier organización de crédito en los Estados
Unidos y otras partes,
Departamento de Recursos Humanos de la OEA, el Departamento de Estados de
los Estados Unidos y el Departamento de Servicios de Inmigración Ciudadanos
de los Estados Unidos. El prestatario también autoriza solicitar su informe
crediticio a la agencia de crédito, según sea necesario.
11. ¿Hay otras penalizaciones de las que debo estar enterado?
Por
cualquier cheque devuelto por el banco por insuficiencia de fondos y/o por
cada pago pre-autorizado de tarjeta de crédito que sea rechazado por el
emisor de tarjeta, se le cargará una penalidad a la cuenta del
beneficiario establecida por el comisión y estipulada en el contrato de
préstamo.
12. ¿Hay alguna penalidad por no enviar mis calificaciones, o por no
informar al Fondo acerca de mis avances a tiempo?
En
caso de alguna violación del contrato del préstamo, incluyendo pero no
limitando a, cambiar de carrera sin notificar al Fondo, no someter las
calificaciones, ni la copia del diploma, no culminar los estudios para los
cuales el préstamo es otorgado, o no informar donde se encuentra viviendo a
tiempo, Usted puede incurrir en cualquiera de las penalidades descritas en
el numeral 7 y/o se puede solicitar el repago inmediato del monto adeudado.
13. ¿Cuándo deben regresar al
país de origen los beneficiarios del préstamo del Fondo Rowe?
La
fecha para la cual los beneficiarios del préstamo deben volver a su país de
origen está indicada en el contrato firmado por el estudiante y el Fondo
Rowe. Generalmente esa fecha es doce meses después de la fecha esperada de
culminación de los estudios para los cuales el préstamo ha sido otorgado
(como aparece en el contrato del préstamo). Por lo tanto, los beneficiarios
del préstamo pueden hacer uso de su año de práctica opcional (OPT) en los
Estados Unidos permitido por las autoridades de inmigración de Estados
Unidos, antes de regresar a su país
de origen, si así lo deciden.
14. ¿Qué significa regresar al
país de origen?
Después que la finalización del estudio o programa de capacitación para el
que el préstamo se otorgó, el estudiante debe volver a su país del origen
(el que aparece en el contrato, a menos que el estudiante decida trabajar en
otro país cuyos o en una organización internacional acreditada en la que la
mayoría de los países de OEA sean miembros.
15. ¿Cuáles son las consecuencias de no volver al país de origen en la fecha
estipulada en el contrato?
A
menos que el beneficiario haya solicitado y recibido autorización por parte
de la Comisión para extender la fecha tope para salir de los Estados Unidos,
el saldo adeudado será exigido e inmediatamente cancelado en su totalidad, y
el saldo pendiente acumulará cargos mensuales con un interés calculado a una
tasa establecida en el contrato del préstamo si esta obligación de retornar
a su país de origen no se cumple y el préstamo no ha sido totalmente pagado.
Una vez que este cobro de interés comienza, continúa hasta que el préstamo
se pague en su totalidad.
Si usted tiene una pregunta que
no ha sido respondida en estas páginas, envíenos un e-mail a:
rowefund@oas.org. ¡Con gusto atenderemos sus inquietudes a la brevedad
posible!