Acerca de la Comisión

Funciones

De conformidad con el artículo 16 del Reglamento del Consejo Permanente, la Comisión General tiene las siguientes funciones:

a. Asesorar al Consejo Permanente y a su Presidente en asuntos de la competencia del Consejo que, no habiendo sido asignados a otras comisiones, lo hubieran sido a esta comisión;

b. Considerar y formular al Consejo, a su Presidente y a los presidentes de las comisiones, recomendaciones sobre el desarrollo y la coordinación de sus respectivas labores, a cuyo efecto podrá crear una subcomisión de coordinación presidida por el Presidente de la Comisión e integrada por dichos presidentes;

c. Examinar periódicamente, por mandato del Consejo Permanente, la práctica de los procedimientos y métodos de trabajo a fin de lograr el mejor grado de eficiencia posible y el mejor aprovechamiento del tiempo en sus actividades;

d. Considerar los informes que presenten los órganos, organismos y entidades a los que se refiere el artículo 91 (f) de la Carta, exceptuándose aquellos que en este mismo Reglamento se encargan a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos. Asimismo, elevar al Consejo Permanente sus informes con observaciones y recomendaciones y los correspondientes proyectos de resolución;

e. Considerar otros informes presentados por los órganos, organismos y entidades, así como los que presentan las unidades de la Secretaría General;

f. Elaborar proyectos de resolución sobre los temas que le asigne el Consejo Permanente o que no correspondan a otras comisiones permanentes; y

g. Las demás que le asigne el Consejo Permanente.

Secretario de la Comisión General

El Secretario de esta Comisión es Alejandro Aristizábal ([email protected])