Discurso del lanzamiento del informe sobre el impacto del proceso de solución amistosa

Palabras de Tracy Robinson, Presidente de la CIDH

Lanzamiento del Informe sobre el impacto del proceso de solución amistosa

Washington, DC, 29 de octubre de 2014

Damas y caballeros,

Agradezco altamente a todos ustedes por su presencia en este evento para publicar oficialmente el Informe sobre el impacto de las soluciones amistosas emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con el objetivo supremo de mejorar las estrategias para promover un mejor y más rápido acceso a la justicia de las víctimas de violaciones de derechos humanos a través de la utilización de un mecanismo alternativo basado en la negociación y la voluntad de las partes.

El informe contiene un estudio de las prácticas implementadas en 106 informes sobre soluciones amistosas aprobados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, desde su creación en 1985 hasta el año 2012.

El informe es un resumen de más de tres décadas de aplicación progresiva del procedimiento de solución amistosa, y contiene información sobre cómo las diferentes instancias de diálogo pueden ser materializadas en acuerdos creativos, agiles y flexibles que satisfagan la voluntad de las partes y finalizar una disputa por una violación de derechos humanos.

Aunque el sistema de peticiones individuales proporciona un procedimiento con el objetivo de establecer la responsabilidad internacional de los Estados por violaciones de los derechos humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos también ofrece la posibilidad de llegar a un acuerdo amistoso en cualquier etapa de una petición o caso, siempre que esté basado en el respeto de los derechos humanos establecidos en la Convención, la Declaración Americana y otros instrumentos regionales para la protección de los derechos humanos.

En tal circunstancia, la figura de la solución amistosa es un procedimiento que permite a las dos partes resolver el problema de la petición, así como sus consecuencias, con el respeto de sus necesidades, intereses y deseos; y es una oportunidad que los Estados tienen para proteger a sus habitantes al evitar las cargas adicionales de un proceso judicial y proporcionar una solución más expedita. En este sentido, la solución amistosa permite a los Estados recuperar la confianza de sus habitantes que han llevado la situación a instancias internacionales para proteger los derechos que consideren que se han vulnerado.

El procedimiento de solución amistosa [puede alcanzar] acuerdos que establezcan medidas beneficiosas de reparación para las víctimas directas de la violación y para la sociedad en general.

El procedimiento de solución amistosa crea un espacio para el diálogo entre los peticionarios y los Estados, en el que pueden alcanzar acuerdos que establezcan medidas beneficiosas de reparación para las víctimas directas de la violación y para la sociedad en general. A través de la adopción de una gran variedad de medidas de reparación, numerosas víctimas de violaciones de derechos humanos han obtenido la restitución completa del derecho violado o su reparación mediante la ejecución de medidas de satisfacción relacionadas con el reconocimiento público de la responsabilidad del Estado, la investigación de los hechos que produjeron la violación y la sanción de los responsables de las violaciones; así como la adopción de otras medidas simbólicas, como la celebración de actos de desagravio y la difusión de las disculpas públicas a las víctimas por parte del Estado. En el mismo sentido, los acuerdos de solución amistosa han incluido garantías de no repetición que persiguen evitar futuras violaciones de derechos humanos.

La CIDH está dedicada actualmente a la implementación de las reformas a su reglamento interno, a sus políticas y a las prácticas que fueron adoptadas en el marco del proceso de fortalecimiento que tuvo lugar durante el 147° Período Ordinario de Sesiones celebrado el pasado marzo. Con el objetivo de mejorar el procedimiento de solución amistosa como alternativa a la fase contenciosa, la Comisión ha implementado importantes iniciativas, como la creación de una Unidad Especializada en Soluciones Amistosas; la capacitación del personal de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH en la resolución alternativa de conflictos; y la elaboración de protocolos internos para facilitar la tramitación de los acuerdos amistosos.

En este sentido, el informe sobre el impacto del proceso de solución amistosa es otra iniciativa para fortalecer ese mecanismo, tomando en consideración que su eficacia depende de la información que las partes tengan en relación con el procedimiento y las diferentes alternativas disponibles para obtener una reparación justa. La Comisión estableció como prioridad la necesidad de proporcionar, a través de este instrumento, información suficiente, que ya está disponible para todos los usuarios del Sistema Interamericano, con el objetivo último de demostrar el éxito obtenido con los acuerdos de solución amistosa, y para proporcionar un recurso útil para los Estados y los peticionarios, que sirve como guía en las características básicas y las buenas prácticas desarrolladas durante años de aplicación del procedimiento de solución amistosa.

El informe contiene un estudio de las prácticas implementadas en 106 informes sobre soluciones amistosas aprobados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, desde su creación en 1985 hasta el año 2012. Asimismo, la CIDH reunió información adicional al consultar los aspectos relevantes de la aplicación del mecanismo de soluciones amistosas para los Estados, la sociedad civil y expertos en la resolución alternativa de conflictos, a través de un cuestionario que fue publicado en el sitio web de la Comisión, desde 31 de octubre de 2011 al 9 de enero de 2012. En el mismo sentido, la CIDH organizó una Conferencia Interamericana sobre Derechos Humanos e Intercambio de mejores prácticas en Soluciones Amistosas en la ciudad de Antigua, Guatemala y tres seminarios sobre el mismo tema en México, Paraguay y Bolivia. En estos espacios, los participantes de los Estados y la sociedad civil compartieron sus perspectivas sobre el futuro del mecanismo de solución amistosa, sus desafíos, las lecciones aprendidas y recomendaciones para lograr un mayor nivel de eficacia. En este ejercicio, la Comisión también revisó la literatura existente sobre la reparación de violaciones de derechos humanos; así como el marco jurídico internacional, los principios generales, la jurisprudencia y numerosos pronunciamientos de los organismos especializados con respecto a este tema.

El informe se estructura en dos secciones que se refieren a la evolución del mecanismo y al impacto que las implementaciones de los acuerdos de solución amistosa han tenido en varios casos. Así, el informe promueve el mecanismo entre los usuarios del Sistema Interamericano y muestra las diferentes medidas de reparación adoptadas en el marco de una solución amistosa, y refleja lo que se puede lograr cuando hay buena fe y voluntad de ambas partes de un controversia.

Este ejercicio de promoción del mecanismo de solución amistosa es muy importante si tenemos en cuenta que el rango de las medidas de reparación adoptadas en estos acuerdos es bastante grande, muchas víctimas de violaciones de derechos humanos han obtenido la restitución integral del derecho violado o reparación por medio de medidas de satisfacción, relacionadas con el reconocimiento y aceptación pública de responsabilidad por parte del Estado, la investigación de los hechos y el castigo de los responsables de las violaciones; y medidas de reparación simbólica, como la celebración de actos públicos para pedir disculpas y la publicación de disculpas en los medios públicos. Además, los acuerdos de solución amistosa han proporcionado medidas de rehabilitación médica, psicológica y de asistencia social, la compensación monetaria y las medidas de no repetición, que han servido para cambiar las condiciones estructurales que crearon la situación relatada en una queja ante la Comisión y previene la repetición de la misma violación derecho humano en el futuro.

Muchas víctimas de violaciones de derechos humanos han obtenido la restitución integral del derecho violado...

La Comisión valora los esfuerzos de los Estados y los peticionarios durante casi tres décadas de negociación, suscripción y cumplimiento de acuerdos de solución amistosa, que han permitido a cientos de víctimas de violaciones de derechos humanos obtener una reparación adecuada y a los Estados adoptar medidas esenciales para prevenir la repetición de tales violaciones en el futuro. Durante el desarrollo de este tipo de esfuerzos, los usuarios del Sistema Interamericano pueden ciertamente contar siempre con el firme compromiso de la Comisión para promover el mecanismo de solución amistosa y para llevar a cabo activamente su papel para facilitar el diálogo entre las partes y la supervisión del cumplimiento de todos los compromisos adoptados.

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