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Comunicado de Prensa

La CIDH expresa su preocupación por un nuevo proceso de remoción en contra del Procurador de Derechos Humanos de Guatemala

19 de noviembre de 2019

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por una nueva solicitud de destitución presentada en contra del Procurador de Derechos Humanos de Guatemala, Augusto Jordán Rodas Andrade; en el marco de una serie de actos que afectan el normal desenvolvimiento de sus funciones institucionales, que han sido denunciado como actos de hostigamiento.

De acuerdo con la información de público conocimiento recientemente se habría iniciado un proceso de cesación del cargo de Procurador en virtud de una solicitud presentada por varios de Diputados ante la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la República de Guatemala por cuestionamientos al desarrollo de sus actividades. El Procurador fue citado de manera oficial por la referida Comisión para que comparezca a responder sobre los argumentos incluidos en la solicitud de remoción. También, de la información disponible se desprende que se ha iniciado una querella penal en contra del Procurador por los delitos de abuso de autoridad, usurpación de funciones públicas e incumplimiento de deberes públicos con motivo de retirarse de la reunión en el Congreso.

De acuerdo con información pública, esta no sería la primera ocasión en la que se inicia un proceso de remoción en su contra. Es de indicar que un procedimiento similar se habría iniciado contra el Procurador en noviembre de 2018, siendo archivado al poco tiempo de comenzar.
Adicionalmente, esta situación se da en un contexto en el que de conformidad con la información disponible, la Procuraduría de Derechos Humanos estaría sufriendo serias restricciones presupuestarias, las cuales pondrían en riesgo el ejercicio de su mandato y funciones. La Comisión además recuerda que el Procurador Rodas cuenta con medidas cautelares vigentes otorgadas por la CIDH el 27 de octubre de 2017 debido a su desempeño como Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala.

Conforme a los Principios de París, Relativos al Estatuto y Funcionamiento de las Instituciones Nacionales de Protección y Promoción de los Derechos Humanos, los Estados deben asegurar la independencia y autonomía de las defensorías del pueblo encargadas de la defensa y promoción los derechos humanos. Al respecto, las circunstancias que pueden dar lugar a la remoción del cargo de una institución de derechos humanos deben estar detalladamente especificadas y limitadas a errores graves o incapacidad manifiesta, debiendo el órgano encargado de decidir la sustitución, actuar independientemente del poder ejecutivo y en respeto de todas las garantías del debido proceso.
La Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, Presidenta de la CIDH y Relatora para Guatemala, señaló: "reiteramos la importancia de garantizar el actuar independiente de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, de tal manera que realicen sus funciones sin ser objeto de actos en su contra o represalias”. Asimismo agregó: “el Estado de Guatemala debe asegurar la independencia de este organismo y dotarlo inmediatamente de los recursos necesarios para que pueda realizar eficazmente su mandato”.

Por su parte, el Comisionado Francisco Eguiguren, Relator de Personas Defensoras de Derechos Humanos agregó: "reiteramos el reconocimiento del importante rol que ha venido desempeñando el Procurador de Derechos Humanos de Guatemala, Jordán Rodas Andrade en la promoción y defensa de los derechos humanos en el país, para asegurar el pleno respeto de los derechos humanos a nivel nacional".
Finalmente, la CIDH recuerda su recomendación de adoptar las medidas necesarias para que el Sr. Rodas pueda desarrollar sus actividades como Procurador de Derechos Humanos de Guatemala sin ser objeto de actos de intimidación o temor a represalias por el ejercicio de sus labores.

La CIDH recuerda que la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) reafirmó la importancia de establecer, de conformidad con la legislación nacional, instituciones nacionales eficaces para la promoción y protección de los derechos humanos, así como mantener el pluralismo de su representación y su independencia.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 298/19