CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH condena ejecución de Roberto Moreno Ramos en Texas

16 de noviembre de 2018

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Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la ejecución judicial de Roberto Moreno Ramos, que tuvo lugar el 14 de noviembre de 2018 en el Estado de Texas, Estados Unidos, en violación de sus derechos fundamentales y en contradicción con las recomendaciones formuladas por la Comisión en el Informe de Fondo publicado en su caso.

El 8 de noviembre de 2002, la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de Roberto Moreno Ramos, solicitando que Estados Unidos tomara medidas para preservar su vida en espera de que la Comisión investigara las alegaciones contenidas en su petición. La CIDH adoptó el Informe de Admisibilidad No. 61/03 el 10 de octubre de 2003.

El 28 de enero de 2005, la Comisión adoptó el Informe de Fondo No. 1/05, en el cual concluyó que Estados Unidos era responsable de violar los derechos a la igualdad ante la ley, al debido proceso legal y a un juicio justo con respecto a los procesos penales que llevaron a la imposición de la pena de muerte contra Roberto Moreno Ramos. En dicho informe, la CIDH concluyó que si el Estado lo ejecutara de conformidad con el proceso penal en cuestión, cometería una violación grave e irreparable del derecho fundamental a la vida garantizado en el artículo I de la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre. Además, la CIDH recomendó a los Estados Unidos que proporcionara a Roberto Moreno Ramos un recurso efectivo, incluida una nueva audiencia de sentencia de conformidad con las protecciones de igualdad, debido proceso y juicio justo establecidas en la Declaración Americana, incluido el derecho a una representación legal competente. La CIDH celebró una reunión de trabajo sobre el caso de Roberto Moreno Ramos entre Estados Unidos y la parte peticionaria el 2 de octubre de 2018, durante su 169º Período de Sesiones, en la que la Comisión hizo un llamado urgente al Estado para que detenga su ejecución y cumpla con las recomendaciones de la CIDH.

La Comisión Interamericana declara que Estados Unidos, al ejecutar a Roberto Moreno Ramos de conformidad con el procedimiento penal que se siguió, ha cometido una violación grave e irreparable del derecho fundamental a la vida consagrado en el artículo 1 de la Declaración Americana. La CIDH deplora que los Estados Unidos y el Estado de Texas no hayan cumplido con la Recomendación Nº 1 del Informe de Fondo Nº 1/05, acto que constituye una violación de las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos que le incumben en virtud de la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y de los instrumentos conexos en su calidad de Estado miembro de la OEA.

La Comisión insta a Estados Unidos a que cumpla las medidas de no repetición recomendadas en el Informe sobre el fondo de la cuestión. Estados Unidos debe revisar sus leyes, procedimientos y prácticas para asegurar que los extranjeros que son arrestados o encarcelados o que están bajo custodia en espera de juicio, o que son detenidos de cualquier otra manera en los Estados Unidos, sean informados sin demora de su derecho a la información sobre la asistencia consular y que, con el visto bueno de la persona concernida, el consulado apropiado sea informado sin demora de las circunstancias del nacional extranjero. Además, los Estados Unidos deberían velar por que no se deniegue a los acusados en los procedimientos sobre la pena capital el derecho a recurrir efectivamente a un tribunal o corte competente para impugnar la competencia de su representación legal sobre la base de que la cuestión no se planteó en una etapa anterior del proceso en su contra.

La Comisión Interamericana ha tratado la pena de muerte como un desafío crucial para los derechos humanos durante décadas. Aunque la mayoría de los Estados miembros de la OEA han abolido la pena capital, una minoría sustancial la mantiene. La CIDH reitera la recomendación formulada en su informe La pena de muerte en el sistema interamericano de derechos humanos: De restricciones a abolición, que los Estados impongan una moratoria sobre las ejecuciones como un paso hacia la desaparición gradual de la pena de muerte, observando que Estados Unidos es actualmente el único Estado miembro de la OEA que lleva a cabo ejecuciones por pena de muerte.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 244/18