CIDH

Comunicado de Prensa

CIDH condena la muerte de al menos 21 personas en cárcel de Brasil

23 de abril de 2018

   Datos de contacto

Oficina de Prensa y Comunicación de la CIDH
Tel: +1 (202) 370-9000
[email protected]

   Más sobre la CIDH
A+ A-

Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena los hechos de violencia ocurridos en el estado de Pará, Brasil, que ocasionaron que al menos 21 personas perdieran la vida, y que otras más, resultaran heridas. La Comisión Interamericana urge al Estado a investigar y esclarecer las circunstancias en que ocurrieron estos hechos, así como a identificar y sancionar a los responsables.

El 10 de abril de 2018 tuvo lugar un intento de fuga masiva en el Centro Penitenciario de Recuperación de Pará III, unidad perteneciente al Complejo de Prisiones de Santa Izabel. De acuerdo con la Secretaría de Seguridad Pública del estado de Pará, un grupo de personas armadas ingresó al recinto penitenciario al derribar uno de sus muros con explosivos, y tomó como rehenes a varios guardias penitenciarios, a fin de que los internos pudieran fugarse. Tras la explosión se produjo un tiroteo entre guardias penitenciarios y de la policía militar, internos armados, y personas integrantes del grupo criminal. Según declaraciones oficiales a la prensa, como resultado de estos hechos, al menos 21 personas perdieran la vida; entre ellas, un guardia penitenciario; cinco internos, y 15 integrantes del grupo organizado. Adicionalmente, se reportan al menos 13 internos heridos, y algunos agentes penitenciarios.

De acuerdo con información de público conocimiento, con posterioridad al intento de fuga, se tomaron diversas medidas para reforzar la seguridad del complejo penitenciario. Asimismo, la División de Homicidios y de Represión al Crimen Organizado de la Policía Civil habría iniciado las investigaciones respectivas. Al respecto, la Comisión llama al Estado a que estas investigaciones sean realizadas con la debida diligencia, y que no estén orientadas únicamente a determinar la responsabilidad de los autores materiales de los hechos, sino también de los posibles autores intelectuales y de aquellas autoridades que pudieran ser responsables por acción u omisión.

La Comisión Interamericana advierte que estas muertes se ocasionan en un contexto de reiterados y elevados niveles de violencia en los centros del sistema penitenciario de Brasil. En particular, y en el transcurso del presente año, ésta constituye la tercera ocasión que la Comisión emite un pronunciamiento público a fin de condenar hechos de violencia en cárceles brasileñas. En esta oportunidad, la CIDH hace un llamado urgente a que el Estado de Brasil, como garante de los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, adopte acciones concretas para garantizar sus derechos, tales como adecuar condiciones de detención a los estándares internaciones en la materia, asegurar la seguridad interna de los centros penales, y controlar el ingreso de armas y de sustancias ilícitas.

"Altos niveles de hacinamiento, deplorables condiciones de detención y falta de control por parte de las autoridades penitenciarias,  generan con frecuencia rebeliones, fugas, y enfrentamientos entre la población carcelaria”, señaló el Relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad, Comisionado Joel Hernández. “Es imperante que el Estado brasileño adopte medidas para evitar acontecimientos como el ocurrido el Centro Penitenciario de Recuperación de Pará III, que ponen de manifiesto la falta de control efectivo por parte de las autoridades estatales”.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 084/18